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Circular 127 de 2014 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/10/2014
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 127 DE 2014

 

(Octubre 14)

 

Para:

SECRETARIOS/AS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO Y DE UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES CON Y SIN PERSONERÍA JURÍDICA; PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS Y GERENTES DE ENTIDADES DESCENTRALIZADAS, INCLUIDAS LAS EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS, OFICIALES Y MIXTAS, DE EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, DE SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, DE EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, ALCALDES/AS LOCALES Y RECTOR/A DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO.

 

De:

SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C Y ALTO CONSEJERO DISTRITAL DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y COMUNICACIONES.

 

Asunto:

INFORMACIÓN A PUBLICAR EN SITIOS WEB.

 

De conformidad con lo previsto por el numeral 4 del artículo 1° de la Ley 962 de 2005 y el Decreto Nacional 2693 de 2012, el Gobierno Nacional expidió el “Manual para /a implementación de la Estrategia de Gobierno en Línea de la República de Colombia version 3.1”, el cual estableció lineamientos para que las entidades del orden nacional implementaran la estrategia de Gobierno en Línea.

 

A su vez, el artículo 230 de la Ley 1450 de 2011, estableció que todas las entidades de la administración pública deberán adelantar las acciones que determine el Gobierno Nacional a través del Ministerio de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones para la estrategia de Gobierno en Línea.

 

Por su parte, el literal b) del artículo 6B del Decreto Distrital 267 de 2007, adicionado por el artículo del Decreto Distrital 77 de 2012, estableció que la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de Información y Comunicaciones, tendrá la función de dirigir y liderar la formulación, articulación y seguimiento de las políticas y estrategias del Distrito Capital en materia de gobierno en línea, participación ciudadana a través de medios virtuales, transparencia en la gestión y contratación pública, democratización de la información y apropiación social de las Tecnologías de Información y Comunicaciones.

 

En este sentido, la Oficina de Alta Consejería Distrital de Tecnologías de la Información y Comunicaciones - ACDTIC, mediante la Circular 006 de 2014, implementó la Guía para el diseño y desarrollo de sitios Web de las entidades y organismos del Distrito Capital (Guía Sitios Web 3.0).

 

Así las cosas, y efectuado un seguimiento sobre las disposiciones normativas enunciadas, se evidenció que algunos organismos y entidades a la fecha no han publicado la información de los servidores principales, respecto a sus nombres, apellidos y dependencias a cargo.

 

Por lo anterior, y con el propósito de dar alcance a la normatividad descrita, de manera atenta, se reitera el cumplimiento de la información mínima a publicar, y asimismo, el deber de suministrar en la página Web la información de los servidores principales de cada una de los organismos o entidades a su cargo, de acuerdo con el componente de Información en Línea contemplado en el Manual de Gobierno en Línea 3.1.

 

Cordialmente,

 

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

 

Secretaria General

MAURICIO TRUJILLO URIBE

 

Alto Consejero Distrital de TIC

 

C.C: N.A.

 

Anexos: N.A.

 

Proyectó: Julio Enrique Lozano Reyes

 

Revisó: Lucy Divanelly Muñoz / Ximena Aguillón Mayorga

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres