RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

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Jurídica Distrital

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Circular 057 de 2015 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/04/2015
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 057 DE 2015

 

(Abril 27)


Dejada sin efectos por la Resolución 104 de 2018. Secretaría Jurídica Distrital.


PARA: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, ALCALDES (AS) LOCALES, CONTRALOR (A), VEEDOR (A) Y PERSONERO (A) DISTRITAL.

 

DE: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.

 

ASUNTO: ALCANCE A LAS CIRCULARES 120 DE 2012 Y 108 DE 2014.


Ver la Circular Secretaría Jurídica Distrital 5 de 2017.

 

A través del artículo de la Ley 962 de 2005, se dispuso la publicación de las leyes, decretos y actos administrativos de carácter general o de interés público  en medios electrónicos sin perjuicio de su publicación en el Diario Oficial.

 

En virtud de ello, se expidió el Decreto Distrital 619 de 2007 por medio del cual se implementó la estrategia de gobierno electrónico en el Distrito, realzando la importancia del Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá D.C., como medio de publicación y unificación de la normativa nacional y distrital, doctrinaria y jurisprudencial con impacto en el Distrito Capital.

 

Asimismo, en el marco de los Decretos Distritales 595 de 2007, 502 de 2009 y 654 de 2011, la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, como líder de la gerencia jurídica pública en el distrito y administradora general e interinstitucional de los sistemas de información jurídicos distritales, ha venido desarrollando el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá D.C., encargando para ello a la Dirección Jurídica Distrital por intermedio de la Subdirección Distrital de Estudios e Informática Jurídica, de la administración, actualización y operación del mismo, permitiendo así el acceso y consulta de la normatividad incorporada a los servidores/as públicos/as y a la ciudadanía en general a través de la página Web de la Alcaldía Mayor.

 

La Secretaría General en aras de garantizar la veracidad, fidelidad, confiabilidad y publicidad de los datos incorporados emitió la Circular 120 de 2012, reiterada por la Circular 108 de 2014, en las que fijó los criterios que deben cumplir las entidades distritales y demás organismos que remitan documentos para su incorporación en el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá D.C.

 

Ahora bien, es indispensable reiterar el compromiso que tienen las entidades u organismos de enviar los documentos conforme lo establecido en las circulares anteriormente citadas e incluir los anexos, imágenes, tablas y/o formulas que se mencionen dentro del cuerpo del texto normativo, debido a que se ha presentado que la información enviada se encuentra incompleta y/o carece especialmente de sus anexos, lo que implica indefectiblemente que la introducción en el sistema antes citado, sea compleja y dispendiosa para el equipo de Régimen Legal.

 

Con lo anterior, la Secretaría General busca ingresar de manera oportuna y confiable la información, con el fin de facilitar la consulta de toda la normatividad distrital, nacional, doctrinaria y jurisprudencial existente en el Sistema de Información Régimen Legal de Bogotá D.C., por parte de los servidores/as públicos/as y  de la ciudadanía en general.

 

Los documentos deberán ser enviados dentro de los cinco (05) primeros días hábiles de cada mes conforme las previsiones y exigencias antes mencionadas.

 

Cordialmente,

 

MARTHA LUCÍA ZAMORA ÁVILA

 

Secretaria General

 

Proyectó: Anyi Sharlyn Marín Camargo.

 

Revisó: Carlos Alberto Melo López.

 

Sandra Lozano Useche.

 

Aprobó: Orlando Corredor Torres