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RESOLUCIÓN DDI-001816 DE 2015 (Diciembre 23) “Por medio de la cual se reajustan los valores establecidos como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio, para el año 2016”. LA DIRECTORA DISTRITAL DE IMPUESTOS DE BOGOTA En uso de las facultades que le confieren el último inciso del artículo 116-2 del Decreto Distrital 807 de 1993 y de conformidad con la Ley 242 de 1995 y, CONSIDERANDO: Que los artículos 51 y 116-3 de los decretos distritales 352 de 2002 y 807 de 1993, respectivamente señalan dentro del régimen de presunciones del impuesto de industria y comercio que el Director Distrital de Impuestos de Bogotá, ajustará anualmente el valor establecido como promedio diario por unidad de actividades del impuesto de industria y comercio para aplicarlo en el año siguiente. Que de acuerdo con la certificación suscrita por el Coordinador del Banco de Datos de la Dirección de Difusión Mercadeo y Cultura Estadística del Departamento Administrativo Nacional de Estadística - DANE, la variación acumulada del índice de precios al consumidor para ingresos medios, entre el mes de septiembre de 2014 y el mes de septiembre de 2015, fue de 5.36%. En mérito de lo expuesto, este Despacho, RESUELVE: ARTÍCULO 1°.- Los promedios diarios de las unidades de actividad para la presunción de ciertas actividades del impuesto de industria y comercio para el año 2016, serán los siguientes: Artículo 116-2.- Presunciones para ciertas actividades del impuesto de industria y comercio. En el caso de las actividades desarrolladas por los moteles, residencias y hostales, así como parqueaderos, bares y establecimientos que se dediquen a la explotación de juegos o máquinas electrónicas, los ingresos netos mínimos a declarar en el impuesto de industria y comercio, se determinarán como mínimo con base en el promedio diario de las unidades de actividad, de acuerdo con las siguientes tablas:
ARTÍCULO 2°.- La presente Resolución rige a partir del primero (1º) de enero de 2016. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 23 días del mes de diciembre del año 2015. SONIA ESTHER OSORIO VESGA Directora Distrital de Impuestos de Bogotá NOTA: Publicada en el Registro Distrital 5744 de diciembre 30 de 2015. |