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Resolución 75 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
20/01/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
20/01/2016
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 075 DE 2016

 

(Enero 20)

 

"Por la cual se efectúa una delegación."

 

LA SECRETARIA GENERAL (E) DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 9° de la Ley 489 de 1998, el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006 y el parágrafo del artículo 3° del Decreto Distrital 546 de 2007; en concordancia con eI artículo 34 del Decreto Distrital 546 de 2007, modificado por el artículo 5° del Decreto Distrital 227 de 2015, y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Decreto DistritaI 546 de 2007 se reglamentaron las Comisiones Intersectoriales del Distrito CapitaI, las cuales estarán integradas por los/as Secretarios/as de Despacho y por los/as Jefes de las entidades que ejercen funciones complementarias o subsidiarias de las funciones de los organismos o entidades de otros sectores, que tengan relación directa con el objeto y asuntos propios de la respectiva Comisión lntersectorial.

 

Que él parágrafo del artículo 3° ídem, señala que los miembros integrantes de las Comisiones Intersectoriales podrán delegar su participación únicamente en servidores/as públicos/as deI nivel directivo.

 

Que el artículo 34 ibídem, modificado por el artículo 5° deI Decreto Distrital 227 de 2005, creó la Comisión Intersectorial para la Gestión Habitacional y el Mejoramiento IntegraI de Ios Asentamientos Humanos del Distrito Capital, conformada entre otros/as servidores/as, por el/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Que el parágrafo 2° del mismo artículo 5° del Decreto Distrital 227 de 2015, creó la Subcomisión Intersectorial para la Mitigación del Impacto Social derivado de acciones de recuperación de Bienes Fiscales, Uso Públicos, Espacio Público u Objeto de Recuperación Ecológica o Preservación Ambiental, como la instancia encargada de articular y orientar la gestión de la Administración distrital para garantizar la atención integral de la población objeto del Programa de que trata dicho Decreto, instancia que también estará integrada por el/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., o su delegado/a.

 

Que según lo previsto en el artículo de la Ley 489 de 1998, las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la citada Ley podrán mediante acto de delegación, transferir eI ejercicio de funcione a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que por disposición del inciso 2° del artículo 9° ídem, los "representantes legales de organismos y entidades que posean una estructura independiente y autonomía administrativa podrán delegar la atención y decisión de los asuntos a ellos confiados por la ley y los actos orgánicos respectivos, en los empleados públicos de los niveles directivo y asesor vinculados al organismo correspondiente, con el propósito de dar desarrollo a los principios de la función administrativa enunciados en el artículo 209 de la Constitución Política y en la presente Ley".

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, determina que: Las autoridades administrativas del Distrito Capital padrón delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores o a otras autoridades con funciones afines o complementarias, de conformidad con la Constitución Política y la ley, especialmente con la Ley 489 de 1998."

 

Que por lo anterior, se hace necesario delegar la participación del/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la Comisión lntersectorial para la Gestión Habitacional y el Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos deI Distrito Capital, así como en la Subcomisión Intersectorial para la Mitigación deI Impacto Social derivado de acciones de recuperación de Bienes Fiscales, Uso Público, Espacio Público u Objeto de Recuperación Ecológica o Preservación Ambiental, en el/la Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico, teniendo en cuenta que corresponde a dicha dependencia, de conformidad con el artículo 28 del Decreto Distrital 267 de 2007, subrogado por el artículo del Decreto Distrital 502 de 2009, la función de: "3. Asesorar la defensa judicial y la prevención del daño antijurídico del Distrito Capital y proponer la implementación de políticas en la materia, en coordinación con la Dirección Jurídica Distrital”, e igualmente, apoyar y asesorar en lo atinente a los aspectos jurídicos, con el fin de prevenir un daño antijurídico, derivado de la implementación del plan de acción aprobado para cada grupo poblacional beneficiario del Programa adoptado por el Decreto Distrital 227 de 2015.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Delegar en el/la Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico, la participación del/la Secretario/a General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en la Comisión Intersectorial para la Gestión Habitacional y el Mejoramiento Integral de los Asentamientos Humanos del Distrito Capital, así como en la Subcomisión Intersectorial para la Mitigación del Impacto Social derivado de acciones de recuperación de Bienes Fiscales, Uso Público, Espacio Público u Objeto de Recuperación Ecológica o Preservación Ambiental.

 

Artículo 2°-: Comunicar la presente Resolución al/la Subdirector/a Distrital de Defensa Judicial y Prevención del Daño Antijurídico, de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá. D.C., así como a la Secretaría Distrital del Hábitat y a la Secretaría Distrital de Gobierno.

 

Artículo 3°-: La presente resolución rige a partir de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D. C., a los 20 días del mes de enero del año 2016

 

GISELE MANRIQUE VACA

 

Secretaria General (E)