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Decreto 481 de 2002 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
29/11/2002
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/11/2002
Medio de Publicación:
Registro Distrital 2767 de Noviembre 29 de 2002
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DAM04812002

DECRETO 481DE 2002

(Noviembre 29)

«Por el cual se modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el artículo 64 del Decreto 714 de 1996, y

CONSIDERANDO:

Que el Concejo de Bogotá expidió mediante el Acuerdo 47 de 2001, el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la Vigencia Fiscal comprendida entre el 1o. de enero y el 31 de diciembre del año 2002, el cual fue liquidado según Decreto 954 de 2001.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 64, inciso 2o. del Estatuto Orgánico de Presupuesto Distrital, el Gobierno Distrital expidió el Decreto 955 de 2001, mediante el cual se suspendieron unas apropiaciones del Presupuesto de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal 2002.

Que el Departamento Administrativo de Bienestar Social mediante oficio 12132 de noviembre 7 de 2002, solicita el levantamiento parcial de algunos recursos por $1.620.000.000 que se requieren para continuar con la prestación de los servicios a la población en condiciones de mayor vulnerabilidad de la ciudad, este valor será compensado con la suspensión en el proyecto 6158 «Servicios Personales y Aportes Patronales» del Departamento, en el cual se han generado ahorros en cumplimiento del Decreto 1919 de agosto 27 de 2002.

Que es necesario levantar la suspensión a algunos rubros y proyectos prioritarios de las Secretarías de Hacienda y Educación, el Fondo Financiero Distrital de Salud, el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte, el Jardín Botánico «José Celestino Mutis» y la Fundación Gilberto Alzate Avendaño.

Que la suspensión levantada en las anteriores entidades será compensada parcialmente con la suspensión de algunos gastos en la Secretaría de Obras Públicas y el Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte.

Que la diferencia de $1.752.647.189 respecto del monto levantado respalda apropiaciones en la Secretaría de Educación, las cuales están financiadas y no requieren flujo de fondos en la presente vigencia.

En virtud de lo anterior,

Ver el Decreto Distrital 955 de 2001

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Levantar la suspensión en las siguientes apropiaciones del Presupuesto Anual de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, correspondiente a la vigencia fiscal del año 2002, así:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

3

GASTOS

13,096,678,781

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

221,500,000

3 1 3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

221,500,000

3 1 3 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

21,500,000

3 1 3 01 15

Fundación Gíiberto Alzate Avendaño

5,000,000

3 1 3 01 18

Jardín Botánico José Celestino Mutis

16,500,000

3 1 3 02

OTRAS TRANSFERENCIAS

200,000,000

3 1 3 02 01

Fondo de Compensación Distrital

200,000,000

3 3

INVERSIÓN

12,875,178,781

3 3 2

TRANSFERENCIA PARA INVERSIÓN

12,875,178,781

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

12,875,178,781

3 3 2 01 04

Fondo Financiero Distrital de Salud

12,875,178,781

3 3 2 01 11

Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

402,000,000

3 3 2 01 18

Jardín Botánico José Celestino Mutis

100,000,000

 

 

 

112

SECRETARÍA DE EDUCACIÓN

3

GASTOS

11,428,981,854

3 3

INVERSIÓN

11,428,981,854

3 3 1

DIRECTA

11,428,981,854

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

11,428,981,854

3 3 1 11 04

EDUCACIÓN

11,428,981,854

3 3 1 11 04 20

Educación para la era del conocimiento

10,718,981,854

3 3 1 11 04 20 7069

Construcción y dotación de centros educativos en zonas marginales

2,508,000,000

3 3 1 11 04 20 7073

Mejoramiento de la infraestructura de los centros educativos oficiales

1,000,000,000

3 3 1 11 04 20 7195

Operación de centros educativos

7,210,981,854

3 3 1 11 04 21

Competencias para toda la vida

710,000,000

3 3 1 11 04 21 7074

Nivelación para la excelencia

270,000,000

3 3 1 11 04 21 7075

Evaluación de competencias básicas y valores

80,000,000

3 3 1 11 04 21 7076

Formación de recurso humano de los centros educativos

360,000,000

122 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL

3

GASTOS

3,320,000,000

3 3

INVERSIÓN

3,320,000,000

3 3 1

DIRECTA

3,320,000,000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

3,320,000,000

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

2,185,000,000

3 3 1 11 03 15

Bogotá ciudad fraterna

2,185,000,000

3 3 1 11 03 15 7217

Atención para el bienestar del adulto mayor en pobreza en Bogotá, D.C.

1,500,000,000

3 3 1 11 03 15 7307

Talentos y oportunidades para la generación de ingresos

194,000,000

3 3 1 11 03 15 7311

Atención integral para adultos/as con limitación física y/o mental

211,000,000

3 3 1 11 03 15 7312

Atención al ciudadano y ciudadana habitante de la calle

280,000,000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

1,095,000,000

3 3 1 11 06 29

Educación para el amor y familias gestantes

495,000,000

3 3 1 11 06 29 7317

Familias gestantes: bebés sano/as y deseado/as

495,000,000

3 3 1 11 06 30

Mundos para la niñez y la familia

600,000,000

3 3 1 11 06 30 4027

Construcción, remodelación y mantenimiento de plantas físicas

300,000,000

3 3 1 11 06 30 7187

Servicios de operación y apoyo de las unidades de servicios DABS

300,000,000

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE

40,000,000

3 3 1 11 07 37

Localidades fuertes

40,000,000

3 3 1 11 07 37 7323

Fortalecimiento de la gestión democrática en las localidades

40,000,000

TOTAL SUSPENSIÓN LEVANTADA

27,845,660,635

PARÁGRAFO: El monto correspondiente a la suspensión levantada en las Transferencias de la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere el presente artículo, se reflejará en el Presupuesto de Gastos e Inversiones de las siguientes entidades, así:

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

138

FONDO FINANCIERO DISTRITAL DE SALUD

 

3

GASTOS

12,373,178,781

3 3

INVERSIÓN

12,373,178,781

3 3 1

DIRECTA

12,373,178,781

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

12,373,178,781

3 3 1 11 03

JUSTICIA SOCIAL

12,373,178,781

3 3 1 11 03 17

Salud con calidad

12,373,178,781

3 3 1 11 03 17 6201

Mejoramiento de la infraestrctura física y de la dotación de las ESE

7,070,000,000

3 3 1 11 03 17 7250

Aseguramiento y prestación de servicios de salud a la población pobre y vulnerable

5,303,178,781

211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

3

GASTOS

402,000,000

3 3

INVERSIÓN

402,000,000

3 3 1

DIRECTA

402,000,000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

402,000,000

3 3 1 11 01

CULTURA CIUDADANA

402,000,000

3 3 1 11 01 06

Comunicar vida y jugar limpio

402,000,000

3 3 1 11 01 06 3076

Administración y sostenibilidad del sistema distrital de parques

100,000,000

3 3 1 11 01 06 7346

Re-creando a Bogotá

302,000,000

215 FUNDACIÓN GILBERTO ALZATE AVENDAÑO

3

GASTOS

5,000,000

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

5,000,000

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

5,000,000

3 1 1 01

SERVICIOS PERSONALES

5,000,000

3 1 1 01 01

Sueldos Personal de Nómina

5,000,000

218 JARDÍN BOTÁNICO «JOSÉ CELESTINO MUTIS»

3

GASTOS

116,500,000

3 1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

16,500,000

3 1 1

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

16,500,000

3 1 1 01

SERVICIOS PERSONALES

16,500,000

3 1 1 01 01

Sueldos Personal de Nómina

16,500,000

3 3

INVERSIÓN

100,000,000

3 3 1

DIRECTA

100,000,000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

100,000,000

3 3 1 11 05

AMBIENTE

100,000,000

3 3 1 11 0524

Bogotá, goce sostenible

100,000,000

3 3 1 11 05 24 2006

Conservación y propagación de la flora

100,000,000

ARTÍCULO 2o.- El monto correspondiente a la suspensión levantada establecida en el artículo 1o., se compensará con la suspensión de $26.093.013.446 según el siguiente detalle:

ADMINISTRACIÓN CENTRAL

104 SECRETARÍA GENERAL

3

GASTOS

1,138,678,781

3 3

INVERSIÓN

1,138,678,781

3 3 1

DIRECTA

1,138,678,781

3 3 1 11

BOGOTÁ, para VIVIR todos del mismo lado

1,138,678,781

3 3 1 11 07

GESTIÓN PÚBLICA ADMIRABLE

1,138,678,781

3 3 1 11 07 33

Administración a la medida

1,138,678,781

3 3 1 11 07 33 3002

Restauración y mantenimiento Edificio Liévano

1,138,678,781

111 SECRETARÍA DE HACIENDA

02 DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

3

GASTOS

10,331,000,000

3 3

INVERSIÓN

10,331,000,000

3 3 2

TRANSFERENCIA PARA INVERSIÓN

10,331,000,000

3 3 2 01

ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS

10,331,000,000

3 3 2 01 11

Instituto Distrital para la Recreación y el Deporte - IDRD

10,331,000,000

115

SECRETARÍA DE OBRAS PÚBLICAS

 

3

GASTOS

13,003,334,665

3 3

INVERSIÓN

13,003,334,665

3 3 4

PASIVOS EXIGIBLES

13,003,334,665

122 DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO DE BIENESTAR SOCIAL

3

GASTOS

1,620,00,000

3 3

INVERSIÓN

1,620,00,000

3 3 1

DIRECTA

1,620,00,000

3 3 1 11

BOGOTÁ para VIVIR todos del mismo lado

1,620,00,000

3 3 1 11 06

FAMILIA Y NIÑEZ

1,620,00,000

3 3 1 11 06 30

Mundos para la niñez y la familia

1,620,00,000

3 3 1 11 06 30 6158

Servicios personales y aportes patronales

1,620,00,000

TOTAL SUSPENSIÓN

 

26,093,013,446

PARÁGRAFO 1: El monto correspondiente a la suspensión en las Transferencias para Inversión en la Secretaría de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto a que se refiere el presente artículo se reflejará en el Presupuesto de Gastos e Inversiones del Instituto Distrital de Recreación y Deporte, así:

211 INSTITUTO DISTRITAL PARA LA RECREACIÓN Y EL DEPORTE

3

GASTOS

10,331,000,000

3 3

INVERSIÓN

10,331,000,000

3 3 4

PASIVOS EXIGIBLES

10,331,000,000

ARTÍCULO 3o.- El presente Decreto modifica el Decreto 955 de 2001 y sus decretos modificatorios, en lo pertinente.

ARTÍCULO 4o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de noviembre de dos mil dos (2002).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor de Bogotá, D.C.

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

Nota: Publicado en el Registro Distrital 2767 de Noviembre 29 de 2002.