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Circular 004 de 2016 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/10/2016
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/10/2016
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 004 DE 2016

 

(Octubre 27)

 

Para:

TODAS LAS DEPENDENCIAS DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C

 

De:

DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN

 

Asunto

 

 

TÉRMINOS DE PUBLICACIÓN EL SISTEMA ELECTRÓNICO DE CONTRATACIÓN PÚBLICA -SECOP

Respetados doctores:

 

Tal como ha sido ampliamente señalado, las Entidades estatales tiene el deber de publicar en el SECOP los documentos precontractuales y contractuales del proceso de contratación. bajo cualquier modalidad de selección, así como todos documentos y los actos administrativos que se suscriban en el curso de la ejecución del contrato o con posterioridad a éste, como lo son las actas de inicio, actas de suspensión , actas de terminación, de liquidación, entre otros.

 

Esta obligación de publicación en los portales de contratación y específicamente en el SECOP, en cumplimiento de la normatividad vigente, debe ser atendida en un plazo MAXIMO de tres (3) días siguientes a la expedición ylo suscripción del acto administrativo.

 

En consecuencia de lo anterior, la Dirección de Contratación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., en el marco de lo descrito en el artículo 30° numeral 7° del Decreto 425 del 3 de octubre de 2016 tiene entre otras, la función de "publicar en el portal único de contratación y en los demás medios electrónicos que corresponda la información relativa a los procesos de contratación que adelante la entidad de conformidad con la normatividad vigente". Lo anterior en cumplimiento del artículo 3° de la Ley 1150 de 2007, el artículo 80 del Decreto 2474 de 2008, el artículo 7° del Decreto 103 de 2015 y el Manual de Contratación de la Entidad.

 

En tal sentido se recuerda a todos los Supervisores de las diferentes dependencias que integran la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., que es su deber allegar obligatoriamente mediante radicado a esta Dirección a más tardar el PRIMER día hábil siguiente a la expedición ylo suscripción, los documentos propios de la ejecución contractual y los actos administrativos para efectos de realizar la publicación oportuna en el citado portal.

 

Es importante anotar que la desatención a los deberes antes mencionados, se configura como una actuación de aquellas objeto de investigación por las Autoridades competentes, por lo cual recomendamos a los ordenadores del gasto y a los supervisores de los contratos y/o convenios, el cumplimiento de la remisión de los documentos objeto de publicación en el tiempo señalado.

 

Cordialmente,

 

DIANA KARINA ANGARITA CASTRO

 

Directora de Contratación

 

Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C