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CIRCULAR 000028 DE
2017 (agosto 15)
Este Ministerio en su calidad de órgano rector del sector
salud y en el marco de las competencias previstas en el Decreto-ley 4107 de
2011, se permite instruir a las destinatarias de la presente circular lo
relacionado con la identificación y reporte del uso de recursos, en aplicación
a lo dispuesto en el artículo 36 de la Ley 1837 de 2017, considerando lo
siguiente: Con la expedición de la Ley 1837 de 2017 se efectuaron modificaciones
al presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal 2017, disponiendo
al tenor del artículo 36 la reasignación de recursos para garantizar y
financiar los servicios de seguridad social en aseguramiento en salud, así: “Las
Cajas de Compensación Familiar que administren programas de Salud o participen
en el aseguramiento en salud, podrán usar los recursos destinados al Fondo de
Solidaridad de Fomento al Empleo y Protección al Cesante (FOSFEC) que a
diciembre 31 de 2016 no hayan sido ejecutados, para el saneamiento de pasivos
con prestadores de servicios de salud y/o cumplimiento de condiciones
financieras aplicables a las EPS. Así mismo, podrán destinar estos recursos en
nuevos proyectos de aseguramiento en salud”. Conforme con lo anterior, las Cajas de Compensación
Familiar (CCF) que administran, participen o hayan operado el aseguramiento de
salud, que tengan recursos del FOSFEC no ejecutados a 31 de diciembre de 2016 y
decidan utilizarlos en los términos del artículo 36 de la Ley 1837 de 2017, los
deberán identificar y reportar a la Dirección de Financiamiento Sectorial de
este Ministerio, en el formato “Recursos a utilizar en el marco del artículo
36 de la Ley 1837 de 2017” que hace parte integral de la presente circular,
especificando si se destinarán al: i) saneamiento de pasivos con prestadores de
servicios de salud, ii) cumplimiento de condiciones financieras aplicables a
las EPS, y/o iii) nuevos proyectos de aseguramiento en salud. El formulario deberá ser remitido en medio físico y
magnético (Formato Excel), debidamente diligenciado y firmado por el
representante legal, por el contador y el revisor fiscal de la CCF, a la
Dirección de Financiamiento Sectorial del Ministerio de Salud y Protección
Social con copia a la Superintendencia Nacional de Salud, a más tardar el
quince (15) de septiembre de 2017. PUBLÍQUESE
CÚMPLASE. Agosto 15 de 2017. El Ministro de
Salud y Protección Social, Alejandro
Gaviria Uribe. Nota: Ver anexo |