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RESOLUCIÓN 379 de 2017 (Agosto 15) Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal
Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017 EL
SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En
ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y
el Decreto Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que
mediante el Acuerdo Distrital No. 657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se
expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de
Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de
enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones. Que
mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó
el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá,
Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el
31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones. Que
de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del
artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el
Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del
Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la
administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme
al fin para el cual fueron programadas. Que
el Artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que
"Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones". Que
el Artículo 1° del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se
reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe
de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al
anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del
presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en
cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento,
servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante
Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de
los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del
Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o
Consejos Directivos. Estos
actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la
Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de
gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento
Administrativo de Planeación Distrital". Que
mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-17627 del 1 de agosto de 2017,
el Alto Consejero Distrital de Tecnologías de la Información y las
Comunicaciones de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.,
remitió a la Oficina Asesora de Planeación requerimiento sustentado de adición
de recursos para el rubro presupuestal 3.3.1.15.05.36.1111 "Fortalecimiento
de la economía, el gobierno y la ciudad digital de Bogotá D.C." Que
mediante comunicación con radicado No.: 3-2017-18328 del 9 de agosto de 2017,
la Subsecretaria Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C., remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de
disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal
3.3.1.15.07.43.7516 "Implementación de asociaciones público privadas para
una Bogotá Mejor para Todos". Que
mediante comunicación con radicado de la Secretaría Distrital de Planeación
No.: 2-201740883, la Subsecretaria de Planeación de la Inversión, remitió
concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención. Que
mediante comunicación No. 2017EE142328 del 15 de agosto de 2017, la Directora
Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la
modificación presupuestal en mención. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente
traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2017, por valor de Once
mil seiscientos millones de pesos m/cte. ($11.600.000.000) así:
Artículo 2°. Mediante la
Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente
Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de
Presupuesto. Así como a la Oficina Alta Consejería Distrital para las
Tecnologías de la Información y las Comunicaciones - TIC, Subsecretaría
Técnica, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente Resolución
rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en
Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de agosto del año 2017. JOSÉ RAÚL
BUITRAGO ARIAS Secretario
General Elaboró: Diego Alejandro Molano Puerto —
Profesional Especializado Revisó' Luis Eugenio Herrera Páez —
Subdirector Financiero Revisó: Juan Carlos Sánchez Mera —
Director Administrativo y Financiero Aprobó' Juan Carlos Malagón Basto —
Subsecretario Corporativo |