RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 459 de 2017 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
05/10/2017
Fecha de Entrada en Vigencia:
05/10/2017
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 459 DE 2017

 

(Octubre 05)

 

"Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2017"

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto

Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No.  657 de 2016 del 20 de diciembre de 2016, se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1   de enero y el 31   de diciembre de 2017 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 627 del 26 de diciembre de 2016, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2017 y se dictan otras disposiciones.

 

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la   administración a su   objeto   y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el Artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones".

 

Que el Artículo del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24  de  1995,   Estatuto  Orgánico de  Presupuesto de  Santa  Fe  de  Bogotá,  Distrito  Capital", establece  que: "Las modificaciones   al  anexo  del  Decreto   de  Liquidación  de  los  órganos  y entidades  que hacen parte  del presupuesto anual,  incluidos los  organismos  de control,  que no modifiquen  en   cada   sección   presupuesta/   el   monto   agregado   de   sus   apropiaciones  de funcionamiento,  servicio de la  deuda  e inversión  aprobados  por  el  Concejo  Distrital, se harán mediante  Resolución  expedida  por el Jefe  del órgano  o entidad  respectivo.  En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto.  Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital".

 

Que mediante comunicación con radicado N.:  3-2017-18912    del 18 de agosto de 2017, la responsable del proyecto de inversión N.  1143, doctora Luz Helena Villamil Medina, remitió a la Oficina Asesora de Planeación requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3.3.1. 15.07. 42.1143 “Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de Bogotá".

 

Que mediante comunicación con radicado No.:    3-2017-19138 del 24 de agosto de 2017, ¡el Subsecretario de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.,   doctor   Fernando José Estupiñán Vargas, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3. 3. 1.15.07.42.1126 “Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía".

 

Que, mediante comunicación con radicado de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., No.:  1-2017-23012   del 08 de septiembre de 2017, la Subsecretaria de Planeación de la Inversión, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que mediante comunicación No. 2017EE168305 del 03 de octubre de 2017, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C.,   para la vigencia 2017, por valor de Setecientos millones pesos m/cte. ($700.000.000) así:

 

CÓDIGO

PRESUPUESTAL

CONCEPTO

Contracrédito

Crédito

Valor

Valor

3

GASTOS

700.000.000

700.000.000

3.3

INVERSIÓN

700.000.000

700.000.000

3.3.1

DIRECTA

700.000.000

700.000.000

3.3.1.15

Bogotá Mejor Para Todos

700.000.000

700.000.000

3.3.1 15.07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

700.000.000

700.000.000

3.3.1.15.07.42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

700.000.000

700.000.000

3.3.1 15.07.42.1126

Implementación de un nuevo enfoque de servicio a la ciudadanía

700.000.000

 

3.3.1 15.07.42.1126.185

Fortalecimiento de le gestión pública efectiva y eficiente

700.000.000

 

3.3.1 15.07.42.1143

Comunicación para fortalecer las instituciones y acercar a la ciudadanía a la Alcaldía Mayor de

Bo otá

 

700.000.000

3.3.1 15.07.42.1143.185

Fortalecimiento de le gestión ública efectiva eficiente

 

700.000.000

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

700.000.000

700.000.000

 

Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto.  Así como a la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía, Oficina Consejería de Comunicaciones, Oficina Asesora de Planeación y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°.   La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 5 días del mes de octubre de 2017

 

RAUL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General