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CIRCULAR
002 DE 2018 (Enero
17) Para: REPRESENTANTES
LEGALES Y JEFES DE OFICINAS DE PLANEACIÓN DE LAS SECRETARÍAS DE DESPACHO,
DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES
ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO,
SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA Y EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SUBREDES DE
SALUD, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO. De: SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. Asunto: RECOMENDACIONES
PARA LA FORMULACIÓN DEL PLAN ANTICORRUPCIÓN Y DE ATENCIÓN AL CIUDADANO (PAAC)
2018 Como
es de su conocimiento el Plan Anticorrupción de Atención al Ciudadano (PAAC) es
una herramienta de carácter preventivo para el control de la gestión que
integra las estrategias en torno a la lucha contra la corrupción y busca que el
ciudadano conozca de primera mano el desarrollo y las acciones programadas por
las entidades en este frente. La formulación y publicación del PAAC, se realiza
en cumplimiento de las Leyes 1474 de 2011 (Estatuto Anticorrupción), 1712 de
2014 (Ley de Transparencia), y en articulación con el Decreto Nacional 1499 de
2017 (Modelo Integrado de Planeación y Gestión), y Ley 1757 de 2015 (Ley de
Participación Ciudadana), en atención a las disposiciones de la normatividad
citada, se hace necesario tener en cuenta las siguientes recomendaciones para
la formulación y publicación del PAAC 2018: · Tanto el PAAC, como el Mapa de Riesgos de
Corrupción debe publicarse a más tardar el 31 de enero de cada año, en el
enlace "Transparencia y Acceso a
la Información Pública", en la sección Planeación/Políticas,
lineamiento y manuales/ Plan anticorrupción de atención al ciudadano. · El Plan debe estar escrito en un lenguaje claro
y publicado en un formato de fácil acceso como Excel, Word, PDF entre otros,
con el objetivo de incentivar la participación y control frente a las acciones
propuestas por parte del ciudadano y grupo de interés · A lo largo del año se debe mantener publicado
el PAAC de la vigencia con sus modificaciones y sus seguimientos respectivos,
así mismo deberán conservarse publicados los PAAC de vigencias anteriores, con
el fin de garantizar la trazabilidad de la información. · Tal como se establece en la Política de
Planeación Institucional del Modelo Integrado de Planeación y Gestión -MIPG-,
"elPAAC debe ser parte integral del plan de acción institucional",
para garantizar que las estrategias planteadas en sus componentes estén
articuladas a la planeación estratégica. · La divulgación y socialización del PAAC no se
limita a su publicación, es necesario socializarlo y divulgarlo durante su
elaboración, antes y posterior a su publicación. Las observaciones y
sugerencias recibidas deberán ser estudiadas y respondidas, y de considerarlas
pertinentes incorporadas en el documento final. · Dado que los tiempos de formulación del PAAC
coinciden con el periodo de réplica del índice de Transparencia de Bogotá para
las entidades objeto de esta medición, es importante articular ambos ejercicios,
de forma que, a partir de los resultados preliminares del índice se
identifiquen los aspectos en los que la entidad presenta debilidades y pueda
incluir acciones de mejora en el PAAC que impacten positivamente los resultados
del índice de Transparencia. · Para la identificación y valoración de los
Riesgos de Corrupción, se debe tener presente la diferencia con respecto a los
riesgos de gestión, para ello se debe aplicar la Guía de Riesgos de Corrupción
(Presidencia de la República, 2015). · La estrategia de racionalización de trámites
propuesta en el PAAC debe corresponder con la registrada en el Sistema Único de
Información de Trámites (SUIT). De conformidad con los lineamientos del DAFP,
la estrategia debe explicar claramente la situación actual, la mejora a
realizar, el beneficio al ciudadano y/o entidad y el tipo de racionalización,
la cual debe ser coherente con las acciones a realizar y el beneficio esperado. · La estrategia de rendición de cuentas debe
articularse al Plan Institucional de Participación Ciudadana de que trata la
Ley 1757 de 2015. · Como elemento fundamental para la estrategia de
rendición de cuentas, se debe contar con la caracterización de ciudadanos y
partes interesadas, para priorizar los medios, tipo de información, forma de
presentación, periodicidad y demás aspectos metodológicos que permitirán la
entrega de información clara, confiable y oportuna. · Para la construcción de la estrategia de
Rendición de Cuentas en el PAAC se deben tener presentes los requisitos
establecidos en la política de participación ciudadana de la dimensión
"Gestión con valores para resultados" del Manual Operativo del MIPG
(Pág. 54). · Así mismo, en la estrategia de mecanismos para
mejorar la atención al ciudadano se recomienda incluir acciones encaminadas a
construir o actualizar la caracterización de los usuarios o partes interesadas,
toda vez que ella permite desarrollar la política de planeación institucional
del MIPG. · En articulación con lo establecido en la
dimensión "Gestión del Conocimiento y la innovación" del MIPG, se
sugiere incluir acciones relacionadas con la identificación de buenas prácticas
en materia de servicio a la ciudadanía. · Se recomienda que, en coordinación con la
dependencia de Talento Humano, se establezcan acciones de formación y
cualificación de los servidores en temáticas relacionadas con el mejoramiento
del servicio a la ciudadanía, como: cultura de servicio a la ciudadanía,
innovación en la administración pública, ética y valores del servidor público,
gestión del cambio, lenguaje claro, entre otros. · Se recomienda proponer y ejecutar actividades
dirigidas a la revisión y actualización de los procedimientos, guías y
protocolos de servicio a la ciudadanía. · Se recuerda que de conformidad con el artículo
4 del Decreto 103 del 20151,
todas las entidades distritales deberán publicar en su sitio web, en el vínculo
denominado explícitamente "Transparencia y Acceso a la Información
Pública" la información requerida, por la Resolución 3564 de 2015. · Para el componente de transparencia se sugiere
revisar las recomendaciones para mejorar el cumplimiento de la Ley de
Transparencia y Acceso a la Información Pública emitidas por la Alta Consejería
Distrital para las TIC disponibles en: http://ticbogota.gov.co/documentos/recomendaciones-ley-transparencia. · Atendiendo la recomendación de la Secretaría de
la Transparencia de la Presidencia de la República, se requiere incluir como
iniciativa adicional al PAAC la formulación, ejecución y seguimiento del Plan
de Gestión de la Integridad, que permitirá la implementación de la política de
Integridad de la dimensión de Talento Humano del MIPG. Como contribución para
fortalecer los PAAC de las entidades distritales, lograr mayor articulación con
otras herramientas de gestión, implementar algunas de las políticas de que trata
el Modelo de Planeación y Gestión (MIPG) y generar acciones más efectivas
orientadas a apoyar la lucha contra la corrupción para consolidar un gobierno
legítimo y transparente, la Dirección Distrital de Desarrollo Institucional
(DDDI) de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, brindará
acompañamiento y asesoría a través de mesas técnicas que se llevarán a cabo entre
el 19 y el 24 de enero de 2018, en el aula 1 del Archivo de Bogotá de la
Secretaria General (Calle 6 B # 5-75), con cada uno de los sectores de la
Administración Distrital de acuerdo a la programación anexa a continuación: Programación mesas
técnicas acompañamiento PAAC
Adicionalmente,
para atender cualquier inquietud relacionada se disponen los electrónicos mpgomez@alcaldiabogota.gov.co
y nmpineda@alcaldiabogota.gov.co. Cordialmente,
RAUL JOSÉ
BUITRAGO ARIAS Secretario
General – Alcaldía Mayor de Bogotá NOTAS DE PIE DE PÁGINA 1 Decreto 103 de 2015 "Por el cualse reglamentaparcialmente la Ley 1712 de 2014 y se dictan otras disposiciones" establece mediante el artículo 4 que Los sujetos obligados, de conformidad con las condiciones establecidas en el artículo 5 de la Ley 1712 de 2014, deben publicar en la página principal de su sitio web oficial, en una sección particular identificada con el nombre de "Transparencia y acceso a información pública". Proyectó: Magda Gómez – Nancy Pineda – Profesionales Especializados DDDI Revisó: Alesandra Quitián – Subdirectora Técnica (E) - Margarita Hernández Valderrama – Asesora de la Secretaria General Aprobó: Cesar Ocampo Caro – Director Distrital de Desarrollo Institucional. |