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Circular 003 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
19/01/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 003 DE 2018

(Enero 19)

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES (AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SUB REDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, ALCALDES (AS) LOCALES, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, VEEDOR (A) DE BOGOTÁ D.C, PERSONERO (A) DE BOGOTÁ D.C, Y CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.

De: SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C. SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD

Asunto: Por la que se aclara la Circular 047 de 2017

El Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Secretario Distrital de Movilidad, emitieron la Circular 047 de 2017 “CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO - PARQUE AUTOMOTOR VEHÍCULOS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL”, en la cual se establecieron lineamientos para la prevención de conductas irregulares relacionadas con el incumplimiento de las normas de tránsito y transporte.

En la mencionada Circular se citó como número único de identificación de las entidades públicas que integran la Administración Distrital el Nit. 899.999.206-1, cuando en realidad el correcto es el Nit. 899.999.061-9.

En razón a lo anterior y de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 que señala “Corrección de errores formales. En cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. (...)”, se aclara que el número de identificación NIT empleado por todas aquellas entidades que integran la Administración Distrital es 899.999.061-9.

Lo demás estipulado en la Circular 047 de 2017 continúa sin modificación alguna.

Cordialmente,

RAÚL BUITRAGO ARIAS


JUAN PABLO BOCAREJO SUESCÚN

Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá

Secretario Distrital de Movilidad

 

Proyectó: Claudia M. Flórez Valiente


Revisó: Vanessa Barreneche Samur


Revisó: Margarita Hernández Valderrama


Revisó: Juan Carlos Sánchez Mera