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CIRCULAR 003 DE 2018 (Enero 19) Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE
DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, GERENTES (AS), PRESIDENTES (AS) Y DIRECTORES
(AS) DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES,
EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA,
SOCIEDADES ENTRE ENTIDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, SUB REDES
INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD, ALCALDES (AS) LOCALES, RECTOR DEL ENTE
UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, VEEDOR (A) DE BOGOTÁ D.C, PERSONERO (A) DE BOGOTÁ D.C,
Y CONCEJO DE BOGOTÁ D.C. De: SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
SECRETARIO DISTRITAL DE MOVILIDAD Asunto: Por la que se aclara la Circular 047 de 2017 El Secretario General
de la Alcaldía Mayor de Bogotá y el Secretario Distrital de Movilidad,
emitieron la Circular 047 de 2017 “CONTRAVENCIONES DE TRÁNSITO - PARQUE
AUTOMOTOR VEHÍCULOS OFICIALES DEL DISTRITO CAPITAL”, en la cual se
establecieron lineamientos para la prevención de conductas irregulares relacionadas
con el incumplimiento de las normas de tránsito y transporte. En la mencionada
Circular se citó como número único de identificación de las entidades públicas
que integran la Administración Distrital el Nit.
899.999.206-1, cuando en realidad el correcto es el Nit.
899.999.061-9. En razón a lo anterior
y de acuerdo con el artículo 45 de la Ley 1437 de 2011 que señala “Corrección de errores formales. En
cualquier tiempo, de oficio o a petición de parte, se podrán corregir los
errores simplemente formales contenidos en los actos administrativos, ya sean
aritméticos, de digitación, de transcripción o de omisión de palabras. En
ningún caso la corrección dará lugar a cambios en el sentido material de la
decisión, ni revivirá los términos legales para demandar el acto. (...)”,
se aclara que el número de identificación NIT empleado por todas aquellas
entidades que integran la Administración Distrital es 899.999.061-9. Lo demás estipulado en la Circular 047 de 2017 continúa sin modificación alguna. Cordialmente,
Proyectó: Claudia M. Flórez
Valiente Revisó: Vanessa Barreneche Samur Revisó: Margarita
Hernández Valderrama Revisó: Juan Carlos
Sánchez Mera |