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RESOLUCIÓN 145 DE 2018 (Abril 04) Por la cual se efectúa
un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia fiscal de 2018 EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo
Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo
Distrital No. 694 de 2017 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos
y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron
otras disposiciones. Que mediante el Decreto
Distrital No. 816 del 28 de diciembre de 2017, se liquidó el presupuesto anual
de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital,
para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de
2018 y se dictaron otras disposiciones. Que de acuerdo al
principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del
Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de
1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto
Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la
administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme
al fin para el cual fueron programadas. Que el artículo 63 del
mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las
apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse
las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos
adicionales y la cancelación de apropiaciones”. Que el artículo 1° del
Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de
1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital”,
establece que: “Las modificaciones al
anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del
presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en
cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de
funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo
Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o
entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito,
estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por
Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez
previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de
Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del
concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”. Que de conformidad con
el artículo 27 del Decreto Nacional 2591 de 1991, las órdenes que profiere el
juez de tutela son de estricto e inmediato cumplimiento. Que mediante
comunicación con radicado No. 1-2018-5522 del 8 de marzo de 2018, la Secretaría
Jurídica de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, remitió a la Secretaría General
de la de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, la Resolución N. 028 de 2018 “por la
cual se ordena el cumplimiento del fallo de tutela de segunda instancia
proferido por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Función de Conocimiento
de Bogotá D.C, Expediente N. 017-2018-00001-01”. Que en el artículo N. 1
de la Resolución N. 028 de 2018, la Secretaría Jurídica Distrital, resuelve
ordenar a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, dar
cumplimiento al fallo de tutela de segunda instancia proferido por el Juzgado
Primero Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Bogotá, D.C,
expediente N. 017-2018-00001-01, respecto al pago de los valores ordenados en
el artículo segundo del fallo en mención. Que el fallo de tutela
emitido por el Juzgado Primero Penal del Circuito con Funciones de
Conocimiento, relativo al radicado N. 017-2018-00001-01,resuelve en su artículo
segundo: “ORDENAR que la Alcaldía Mayor
de Bogotá, a través de su titular, Dr. Enrique Peñalosa Londoño, o quien haga
sus veces, dentro de los CINCO (05) DÍAS siguientes a la notificación de la
presente decisión, REINTEGRE a la señora GLORIA ESPERANZA ACEVEDO al cargo que
venía desempeñando, o a uno en condiciones equivalentes o superiores. De igual
manera deberá cancelar los salarios y prestaciones sociales a que tenga
derecho, sin solución de continuidad desde el momento en que fue desvinculado
de sus labores, hasta cuando se haga efectivo el reintegro, así como garantizar
su vinculación al sistema de seguridad social”. Que mediante el Decreto
Distrital 126 del 06 de marzo de 2018, el Alcalde Mayor de Bogotá D.C, hace
nombramiento de la señora GLORIA ESPERANZA ACEVEDO, identificada con la cédula
de ciudadanía N. 40.015.040, en el cargo de Jefe de Oficina, código 006 Grado
05 de la Oficina de Control Interno de la Subred Integrada de Servicios de
Salud Sur E.S.E. Que mediante el acta de
posesión N. 197 del 07 de marzo de 2018 de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C, la señora GLORIA ESPERANZA ACEVEDO, se posesionó en el
cargo mencionado en el considerando inmediatamente anterior. Que mediante memorando
con radicado No. 3-2018-8306 del 21 de marzo de 2018, la Directora de Talento
Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, remitió a
la Subdirección Financiera de la misma Entidad, la liquidación de los valores
que se deben desembolsar en cuanto a salarios y prestaciones sociales dejados
de percibir por la señora GLORIA ESPERANZA ACEVEDO. Que mediante memorando
con radicado No. 3-2018-8420 del 22 de marzo de 2018, la Directora de Talento
Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, remitió a
la Subdirección Financiera de la misma Entidad, solicitud de traslado
presupuestal para dar cumplimiento integral al fallo de tutela a favor de la
señora GLORIA ESPERANZA ACEVEDO, el en el cual se anexó copia de la sentencia
en mención, decreto de nombramiento y acta de posesión en el cargo. Que mediante
comunicación No. 2018EE49015 del 28 de marzo de 2018, la Directora Distrital de
Presupuesto (e), remitió concepto favorable para el trámite de la modificación
presupuestal en mención. Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en
el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor
de Bogotá, D.C, para la vigencia 2018, por valor de Treinta y un millones
setecientos treinta y dos mil trescientos noventa y tres pesos m/cte
($31.732.393), así:
Artículo 2°. Mediante la Subdirección de Servicios
Administrativos, remítase copia de la presente Resolución a la Secretaría
Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto. Así como a la
Dirección de Talento Humano, Dirección Administrativa y Financiera y
Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C. Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la
fecha de su expedición. COMUNIQÚESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a los 04 días del mes de
abril de 2018. RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General |