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RESOLUCIÓN 256 DE 2018 (Junio
20) Por la cual se reconoce el gasto y ordena el pago de las
expensas para una licencia de construcción en la modalidad de modificación y
demolición parcial EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En uso de sus
facultades otorgadas por el artículo 87 del Decreto 714 de 1996 y el artículo
60 del Decreto Distrital 854 de 2001, y CONSIDERANDO: Que, conforme al
numeral 60 del artículo 27 del Decreto Distrital 425 de 2016, la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Dirección del
Sistema Distrital de Servicio a la Ciudadanía, tiene el deber de “Administrar y coordinar el funcionamiento
de los canales de interacción ciudadana (presenciales, virtuales y telefónicos)
adscritos a la Secretaría General y la aplicación en éstos de la política
distrital de servicio a la ciudadanía” Que el 24 de octubre de
2017 la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá radicó ante la
Curaduría No. 2 de Bogotá, D.C., (reparto) una solicitud de licencia de
construcción en modalidad de modificación y demolición parcial, para la
individualización de las zonas de acceso del inmueble ubicado en la Calle 13
número 37 - 35, el cual es ocupado por la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., para el funcionamiento del SuperCADE
Calle 13; habiéndose designado a la Curaduría Urbana No. 3 para dicho trámite,
actuación con número de radicado 173-2596. Que mediante la
Resolución 503 del 31 de octubre de 2017, “Por
la cual se reconoce el gasto y ordena el pago de las expensas para una licencia
de construcción para modificación y demolición parcial”, la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, reconoció el gasto y ordenó el
pago de la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL DOSCIENTOS SIETE PESOS
MCTE ($955.207.00) IVA INCLUIDO a favor de la Curaduría Urbana No. 3, como
cargo fijo de licencia de construcción en la modalidad modificación y demolición
parcial. Que mediante la
Resolución 589 del 14 de diciembre de 2017, la Secretaría General de la
Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., aclaró la Resolución 503 del 31 de octubre de
2017, estableciendo que la licencia de construcción en la modalidad de modificación
y demolición parcial, a tramitar ante la Curaduría Urbana No. 3 para el SuperCADE Calle 13, correspondía a la individualización de
las zonas de acceso al inmueble y a la modificación al interior del SuperCADE Caite 13. Que mediante el Decreto
Distrital 670 del 05 de diciembre de 2017, se designó a la Arquitecta ANA MARÍA
CADENA TOBÓN, identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.657.102, como
"Curadora Urbana No. 3" de Bogotá, D.C., quien tomó posesión del
cargo el 24 de enero de 2018. Que mediante oficio de
fecha 04 de mayo de 2018, la Curaduría Urbana No. 3 solicitó el pago de la
liquidación final de las expensas generadas por la expedición de fa licencia
respectiva, de acuerdo con lo establecido en los artículos 2.2.6.6.8.3 y
2.2.6.6.8.7 del Decreto 1077 de 2015, modificado por el artículo 22 del Decreto
Nacional 1203 de 2017. Que el valor de la
liquidación de expensas, calculado el 04 de mayo de 2018 por la Curaduría
Urbana No. 3, asciende a la suma de NOVECIENTOS
CINCUENTA MIL CUATROCIENTOS SIETE PESOS MICTE ($950.407.00), con el
siguiente detalle:
Que en mérito de lo
expuesto, RESUELVE: Artículo
1.
Reconocer el gasto y ordenar el pago de la suma de NOVECIENTOS CINCUENTA MIL
CUATROCIENTOS SIETE PESOS MCTE ($950.407.00) IVA INCLUIDO a favor de la
Curaduría Urbana No. 3, representada por ANA MARÍA CADENA TOBÓN, identificada
con NIT No. 51.657.102-9, como cargo variable de la licencia de construcción y
publicación del trámite en modalidad de modificación y demolición parcial con
número de radicado 173-2596. Parágrafo. El pago se realizará a
la cuenta corriente de Bancolombia No. 193-880901-75, cuyo titular es ANA MARÍA
CADENA TOBÓN identificada con la cédula de ciudadanía No. 51.657.102, en su
calidad de Curadora Urbana No. 3 de Bogotá. Artículo
2. El
gasto que ocasiona la presente resolución se encuentra amparado bajo el Rubro
Presupuestal 3-3-115-07-42-1126-185 - "Implementación de un nuevo enfoque
de servicio a la ciudadanía", de conformidad con el Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 778 del 16 de abril de 2018, derivado del
presupuesto de la actual vigencia. Artículo
3.
Ordenar la expedición del Registro Presupuestal con cargo al Certificado de
Disponibilidad Presupuestal No. 778 del 16 de abril de 2018, expedido por el
responsable del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, D.C. Artículo
4.
Comuníquese la presente resolución a la Subsecretaría de Servicio a la
Ciudadanía y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía
Mayor de Bogotá, D.C., para lo de su competencia. Artículo
5. La
presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no
procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en el artículo 75 de la
Ley 1437 de 2011. COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C., a
los 20 días del mes de junio de 2018. RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS Secretario General |