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Decreto 997 de 1968 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/10/1968
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 997 DE 1968

 

(Octubre 30)


Modificado por el Decreto Distrital 419 de 2018.

 

Por el cual se reglamenta “El Centro Administrativo Distrital”

 

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, D.E.

 

En uso de sus atribuciones legales y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo No. 17 del 11 de febrero de 1967, se autorizó al Alcalde Mayor de Bogotá para señalar los usos y especificaciones de la zona de terreno destinado a la construcción del Centro Administrativo Distrital.

 

Que mediante el Acuerdo No. 85 del 22 de septiembre de 1957 se autoriza al Distrito Especial de Bogotá para cambiar total o parcialmente el uso a que se destinen determinadas áreas de la ciudad.

 

Que el Departamento Administrativo de Planificación Distrital, aceptó el proyecto presentado y estudió las normas a que deben ceñirse las edificaciones en dicho Centro y que son las mismas que en este Decreto se contemplan.

 

Que la Junta de Planificación en su sesión del 12 de julio de 1967, acta No. 5, aprobó el proyecto de reglamentación del Centro Administrativo Distrital y recomendó que se expida el Decreto correspondiente.

 

DECRETA:

 

ARTÍCULO 1. El presente Decreto reglamenta el desarrollo del Centro Administrativo Distrital, cuya localización se describe en el Artículo segundo de este Decreto.

 

ARTÍCULO 2. a) Modificado por el art. 1, Decreto Distrital 419 de 2018. LOCALIZACIÓN: El terreno cuya área bruta es de 40.478.00 M2 está localizado en el Sector E-1 según la sectorización del Distrito Especial de Bogotá, y sus linderos generales son los siguientes:

 

Por el Norte: Calle 26 (Av. Jorge Eliécer Gaitán).

Por el Suroriente: Avenida de las Américas.

Por el Occidente: Avenida Ciudad de Quito.

 

b) ZONIFICACIÓN: Institucional.

 

c) NOMBRE: Centro Administrativo Distrital. Código - 06101.

 

Parágrafo 1. Para definir la ubicación de los edificios y de las zonas verdes y extensión de los terrenos se hará referencia al plano de loteo distinguido con el No. 121/4-8, aceptado por el Departamento Administrativo de Planificación Distrital, según comunicación No. 05606 de octubre 24 de 1968, el cual se considera parte integrante de esta reglamentación.

 

Parágrafo 2. Para efectos de este Decreto se tendrá en cuenta las definiciones dadas por el Departamento Administrativo de Planificación Distrital, señalada en los Acuerdos y demás disposiciones sobre la materia.

 

ARTÍCULO 3. USOS:

 

1- Principales:

 

a) Institucional.

 

ARTÍCULO 4. NORMAS GENERALES:

 

1- Alturas:

 

La necesaria para desarrollar el proyecto.

 

2- Índice Máximo de Ocupación: 0.80

 

3- Índice Máximo de Construcción: 5

 

4- Aislamientos:

 

a) Antejardines: Serán de 5.00 metros sobre las vías arterias del Plan Vial.

 

ARTÍCULO 5. La presente reglamentación sólo se podrá modificar mediante recomendación aprobada por la Junta de Planificación, y por medio de decreto de la Alcaldía Mayor de Bogotá, a término de lo dispuesto en el Decreto No. 463 de 1962 y en el Acuerdo No. 51 de 1963.

 

Parágrafo. Toda modificación de los planos del proyecto general indicados en el parágrafo 1 del Artículo 2° de este Decreto implica una modificación de la reglamentación del Centro Administrativo Distrital, en consecuencia, ésta sólo podrá aceptarse siguiendo el procedimiento establecido en el presente Artículo.

 

ARTÍCULO 6. Este Decreto rige a partir de la fecha de expedición de la Licencia de construcción de obras de urbanismo. Perderá su validez si caduca la vigencia de los planos del proyecto general que hacen parte de la presente reglamentación.

 

COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.

 

Dado en Bogotá, D.E., a los 30 días del mes de octubre del año 1968.

 

VIRGILIO BARCO VÁRGAS

 

Alcalde Mayor

 

TULIO JIMÉNEZ BARRIGA

 

Secretario de Gobierno

 

HEBERTO JIMÉNEZ MUÑOZ

 

Secretario de Obras Públicas

 

LUIS RAÚL RODRÍGUEZ LAMUS

 

Director Departamento de Planificación Distrital