RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 310 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/07/2018
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 310 DE 2018

 

(Julio 27)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2018

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 694 de 2017 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 816 del 28 de diciembre de 2017, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que de acuerdo al principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones".

 

Que el artículo del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital"

 

Que mediante comunicación con radicado No. 1-2018-4650 del 2 de marzo de 2018, el Subdirector de control ambiental al sector público de la Secretaría Distrital de Ambiente, comunicó a la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., los aspectos evidenciados en la visita realizada por la primera Entidad mencionada, cuyo objetivo fue realizar la evaluación, control y seguimiento al Plan Institucional de Gestión Ambiental (PIGA) para la vigencia 2016 - 2017.

 

Que entre los aspectos resultado de la visita recién mencionada, se registró en el aparte "1.3 Emisiones atmosféricas y publicidad exterior visual - 1.3.1 Registro de publicidad exterior visual - PEV", el siguiente requerimiento reiterativo: "Conforme a la Resolución 931 de 2008, artículo 2 y el concepto jurídico 107 de 2012, la entidad debe tramitar los registros de su Publicidad Exterior Visual para las instalaciones que cuentan con aviso en fachada o áreas de intervención que les aplique y que deben encontrarse en los términos de vigencia de manera inmediata”.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2018-17205 del 21 de junio de 2018, el Director Administrativo y Financiero de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-1-203-02 "Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas", con la finalidad de respaldar presupuestalmente el pago del registro de la publicidad exterior visual - PEV para las instalaciones de las sedes de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., que cuentan con aviso en fachada o en áreas de intervención.

 

Que mediante comunicación No. 2018EE136445 del 19 de julio de 2018, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018, por valor de siete millones ochocientos doce mil cuatrocientos veinte pesos m/cte ($7.812.420), así:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACREDITO

CREDITO

Valor

Valor

3

GASTOS

7.812.420

7.812.420

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

7.812.420

7.812.420

3.1.2

GASTOS GENERALES

7.812.420

7.812.420

3.1.2.02

ADQUISICIÓN DE SERVICIOS

7.812.420

 

3.1.2.02.01

Arrendamientos

7.812.420

 

3.1.2.03

OTROS GASTOS GENERALES

 

7.812.420

3.1.2.03.02

Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas

 

7.812.420

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

7.812.420

7.812.420

 

Artículo 2°. Comunicar el contenido de la presente Resolución a la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, a la Dirección Administrativa y Financiera y Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta misma Secretaría para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo.

 

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de julio del año 2018.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General