RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 322 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
30/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
30/07/2018
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 322 DE 2018

 

(Julio 30)

 

Por la cual se adopta el Plan Anual de Vacantes y el Plan de Previsión de Recursos Humanos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2018

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por la Ley 909 de 2004, el artículo del Decreto Distrital 101 de 2004 y el artículo 10° del Decreto Distrital 425 de 2016, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que los literales a) y b) del numeral 2 del artículo 15 y el numeral 1 el artículo 17 de la Ley 909 de 2004 señalan que las entidades deberán formular y adoptar anualmente los planes estratégicos de talento humano, anual de vacantes y de previsión de recursos humanos, sin consagrar fecha para el efecto.

 

Que el artículo 2.2.22.2.1 del Decreto 1083 de 2015, sustituido por el artículo 1o del Decreto 1499 de 2017, establece como una de las políticas de Desarrollo Administrativo de que trata la Ley 489 de 1998, denominadas Políticas de Gestión y Desempeño Institucional, entre otras, la de Talento Humano.

 

Que el artículo 2.2.22.3 ibídem adopta como una de las políticas de desarrollo administrativo la Gestión del Talento Humano, la cual está orientada al desarrollo y cualificación de los servidores públicos buscando la observancia del principio de mérito para la provisión de los empleos, el desarrollo de competencias, vocación del servicio, la aplicación de estímulos y una gerencia pública enfocada a la consecución de resultados; e incluye, entre otros, el Plan Institucional de Capacitación, el Plan de Bienestar e Incentivos, los temas relacionados con Clima Organizacional y el Plan Anual de Vacantes.

 

Que el artículo 2.2.22.3.14 del Decreto 1083 de 2015, adicionado por el artículo 1 del Decreto 612 de 2018, dispone que las entidades del Estado, de acuerdo con el ámbito de aplicación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión, deberán integrar los planes institucionales y estratégicos, entre ellos, el Plan Anual de Vacantes y el Plan de Previsión de Recursos Humanos.

 

Que el artículo 2 del Decreto 612 de 2018 señala que las entidades del Estado de manera progresiva, deberán integrar los planes institucionales y estratégicos, y publicarlos en la página web a más tardar el 31 de julio de 2018.

 

Que el Plan Anual de Vacantes y el Plan de Previsión de Recursos Humanos tienen como objetivo general el contribuir al logro efectivo de las metas y objetivos institucionales, garantizando la existencia de personal suficiente y competente.

 

Que de conformidad con el anterior marco jurídico, se hace necesario adoptar el Plan Anual de Vacantes y el Plan de Previsión de Recursos Humanos para la vigencia 2018, los cuales constituyen instrumentos de planeación fundamentales para adelantar la gestión del talento humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Adoptar el Plan Anual de Vacantes de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 2°-: Adoptar el Plan de Previsión de Recursos Humanos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, para la vigencia 2018, el cual forma parte integrante de la presente Resolución.

 

Artículo 3°-: La implementación y evaluación de los Planes adoptados en los artículos 1o y 2o de la presente Resolución, será responsabilidad de la Dirección de Talento Humano de la Subsecretaría Corporativa de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 2 del artículo 31 del Decreto Distrital 425 de 2016.

 

Artículo 4°-: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C, a los 30 días del mes de julio del año 2018.

 

RAÚL BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General