RESOLUCIÓN 349 DE 2018
(Agosto 21)
Derogada por el art. 7, Resolución 160 de 2019.
Por la cual se modifica el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales para un empleo de la Planta de Personal
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.
EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE
BOGOTÁ,
DISTRITO CAPITAL
En ejercicio de sus facultades legales, en
especial las previstas en el artículo 32 del Decreto 785 de 2005, y el numeral
9 del artículo 10 del Decreto Distrital 101 de 2004, y
CONSIDERANDO:
Que
la Constitución Política de Colombia, en su artículo 122 establece que:
"No habrá empleo público que no tenga
funciones detalladas en Ley o reglamento, y para proveer los de carácter
remunerado se requiere que estén contemplados en la respectiva planta y
previstos los emolumentos en el presupuesto correspondiente.
Que
mediante Decreto Distrital No. 425 del 3 de octubre de 2016, se modificó la
Estructura Organizacional de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá D.C.
Que
mediante Decreto Distrital No. 426 del 3 de octubre de 2016, se modificó la
planta de empleos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que
el Decreto 1083 del 26 de mayo de 2015, por el cual se expide el Decreto Único
Reglamentario del Sector de Función Pública establece en el artículo 2.2.4.9
que los Manuales Específicos de Funciones y Requisitos deben incluir: el
contenido funcional de los empleos; las competencias comunes a los empleados
públicos y las comportamentales, de acuerdo con lo previsto en los artículos
2.2.4.7 y 2.2.4.8 del mismo; las competencias funcionales; y los requisitos de
estudio y experiencia de acuerdo con lo establecido en el Decreto que para el
efecto expida el Gobierno Nacional.
Que
mediante Resolución 097 de 2018, fue modificado el Manual Específico de
Funciones y de Competencias Laborales para los empleos de la planta" de personal
de la Secretaria General — Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., donde se determinan
las funciones y requisitos para cada uno de los cargos.
Que
en razón a la modificación realizada al Manual Específico de Funciones y de
Competencias Laborales de la Entidad y a la revisión del mismo, se encontró que
es necesario incluir una ficha técnica en el empleo de nivel asesor para el
Despacho de la Secretaria Privada, por ello se hace necesario modificar el
Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para los empleos de la
Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que
mediante oficio No. 2018EE1590 del 31 de julio de 2018, la Directora del
Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital, expidió concepto
técnico favorable a la propuesta de adición del Manual Específico de Funciones
y de Competencias Laborales para los Empleos de la Planta de Personal de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.
Que
de conformidad con lo anterior, se hace necesario modificar e] Manual
Específico de Funciones y Competencias Laborales para un (1) Empleo de la
Planta de Personal de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá,
D.C.
Que
las funciones que se establecen en la presente Resolución deberán ser cumplidas
por los funcionarios con criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro
de la misión, objetivos y funciones que la Ley y los Reglamentos señalan.
En mérito
de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo
10-:
Modificar el Manual Específico de Funciones y Competencias Laborales para un (1)
empleo de la planta de cargos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de
Bogotá, cuyas funciones deberán ser cumplidas por los funcionarios con
criterios de eficiencia y eficacia en orden al logro de la misión, objetivos y
funciones, que la ley y los reglamentes le señalan a la Secretaría General de
la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, así:
I. IDENTIFICÂCIÓN DEL EMPLEO
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Nivel:
|
Asesor
|
Denominación
del Empleo:
|
Asesor
|
Código:
|
105
|
Grado:
|
05
|
No. de
cargos:
|
05
|
Dependencia:
|
Despacho
del Alcalde Mayor
|
Cargo
del Jefe Inmediato:
|
Alcalde
Mayor
|
II. 105-05 DESPACHO SECRETARIA PRIVADA
|
III. PROPOSITO PRINCIPAL
|
Asesorar
al Secretario Privado en la toma de decisiones y en la formulación, ejecución
y evaluación de políticas, planes, programas, proyectos y temas relacionados
con su competencia, para dar cumplimiento a las metas, objetivos y la misión
Institucional.
|
IV. DESCRIPCION DE
FUNCIONES ESENCIALES
|
1.
Asesorar a la Secretaría Privada en la
formulación, ejecución y evaluación de planes, programas y proyectos para el
cumplimiento de la misión de la administración distrital.
2.
Verificar
los estudios, diagnósticos, proyectos, informes, documentos y actos
administrativos que deba proferir el Secretario, con el fin de fortalecer la
gestión distrital.
3.
Conceptuar
en los asuntos que le sean encomendados por el Secretario Privado. de manera
oportuna. con unidad de criterio y conforme a la normatividad vigente.
4.
Asesorar
y participar en las investigaciones y estudios confiados por la Secretaria
Privada en los diferentes temas, de acuerdo con los lineamientos y parámetros
establecidos.
5.
Revisar los documentos institucionales elaborados por la Secretaria Privada, de
acuerdo a las directrices impartidas de acuerdo a la normatividad vigente.
6. Recomendar
acciones y procedimientos que deban adoptarse para la formulación de los
planes, programas y proyectos institucionales, de acuerdo con los
lineamientos establecidos.
7. Aportar
elementos de juicio que contribuyan a la toma de decisiones y que permitan
garantizar el cumplimiento de las metas. objetivos y el cumplimiento de la
Administración Distrital.
8. Realizar
labores de control necesarias para garantizar las actividades relacionadas
con la cooperación nacional e internacional, de acuerdo con los lineamientos
y parámetros establecidos.
9. Desempeñar
las demás funciones que le sean asignadas por el jefe inmediato, relacionadas
con la naturaleza del cargo y el área de desempeño.
|
V. CONOCIMIENTOS BASICOS O ESENCIALES
|
1.
Plan de
desarrollo Distrital
2.
Plan de
desarrollo Nacional
3.
Normatividad
Distrital vigente.
4.
Organización
y funcionamiento de la Administración Pública.
5.
Procesos
administrativos y gerenciales.
6.
Derecho
constitucional, disciplinario, administrativo y contractual.
7.
Constitución
Política de Colombia.
8.
Estatuto
Anticorrupción.
9.
Normas
técnicas de calidad IO. Herramienta ofimáticas.
|
VI. COMPETENCIAS COMPORTAMENTALES
|
COMUNES
|
POR NIVEL JERARQUICO
|
·
Aprendizaje
continuo
·
Orientación
a resultados
·
Orientación
al usuario y al ciudadano
·
Compromiso
con la organización
·
Trabajo
en equipo
·
Adaptación
a] cambio
|
·
Confiabilidad
técnica
·
Creatividad
e innovación
·
Iniciativa
·
Construcción
de relaciones
·
Conocimiento
de entorno
|
VII. REQUISITOS DE ESTUDIOY EXPERIENCIA
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ESTUDIOS
|
EXPERIENCIA
|
Título profesional en:
Administración Pública.
Administración
de Empresas, Administración Financiera, Administración Financiera de
Sistemas. Finanzas y Relaciones Internacionales, Finanzas Internacionales,
Administración de Negocios, Administración en Servicios de Salud,
Administración en Salud. Administración Industrial; del núcleo básico de
conocimiento en Administración.
Título
profesional en: Economía. Comercio Exterior. Finanzas y Comercio Exterior:
del núcleo básico de conocimiento en Economía.
Título
profesional en Contaduría Pública: del núcleo básico de conocimiento en
Contaduría Pública.
Título
profesional en: Derecho; de] núcleo básico de conocimiento en Derecho y
afines.
Título
profesional en: Ingeniería Industrial, Ingeniería de Producción: del núcleo
básico de conocimiento en Ingeniería Industrial.
Título
profesional en: Ingeniería Administrativa, Ingeniería Financiera: del núcleo
básico de conocimiento en Ingeniería Financiera y afines.
Título
profesional en: Ingeniería de Sistemas; del núcleo básico de conocimiento en
Ingeniería de Sistemas, Telemática y afines.
Título
profesional en: Ingeniería Civil; del núcleo básico de conocimiento en
Ingeniería Civil y afines.
Título
profesional en: Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales,
Relaciones Internacionales y Estudios Políticos, Relaciones Internacionales,
Ciencia Política, Gobierno y Relaciones Internacionales, Finanzas y
Relaciones Internacionales, Política y Relaciones Internacionales, Relaciones
Económicas Internacionales; del núcleo básico de conocimiento en Ciencia
Política, Relaciones Internacionales.
Título
'profesional en: Ingeniería Electrónica; del núcleo básico de conocimiento en
Ingeniería Electrónica, Telecomunicaciones y afines.
Título
profesional en: Sociología, Trabajo Social; del núcleo básico de conocimiento
en Sociología trabajo Social y afines.
Título
profesional en: Antropología; del núcleo básico de conocimiento en
Antropología, artes liberales.
Título
profesional en: Psicología; del núcleo básico de conocimiento en Psicología,
artes liberales.
Título
profesional en: Comunicación Social, Comunicación Social y Periodismo; del
núcleo básico de conocimiento en Comunicación Social, Periodismo y afines.
Título
profesional en: Psicología; del núcleo básico de conocimiento en
Psicología.
Título
profesional en: Ciencias de la Información y la Documentación Bibliotecología
y Archivística, Ciencia de la Información Bibliotecología, Bibliotecología y
Archivística, Archivística, Bibliotecología; del núcleo básico de
conocimiento en Bibliotecología, otros de ciencias sociales y humanas.
Título
profesional en Conservación y Restauración de Bienes Muebles; del núcleo
básico de conocimiento en Artes Plásticas, Visuales y afines.
Título
de posgrado en áreas relacionadas con las funciones del cargo.
Tarjeta
o matricula profesional en los casos reglamentados por la Ley.
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Tres
(3) años de experiencia profesional o docente.
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Parágrafo: Para los requisitos de
estudio y experiencia previstos en este manual, se aplicarán las equivalencias previstas
en el Decreto Ley 785 de 2005 y el Decreto Distrital 367 de 2014, y las demás
normas que los modifiquen, complementen o adicionen.
Artículo 2°-:
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su refrendación por parte
de la Directora del Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital y
modifica parcialmente la Resolución 097 de 2018.
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dada en Bogotá D.C., a los 21 días del mes de
agosto del año 2018.
RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Refrendado,
NIDIA ROCÍO VARGAS
Directora del Departamento Administrativo del
servicio Civil Distrital