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Resolución 308 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
26/07/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/07/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 308 DE 2018

 

(Julio 26)

 

Por medio de la cual se reconoce el gasto y se ordena el pago por concepto de compensación por tala de árboles en la Manzana Liévano, sede de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 y,

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996 - Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital-otorga a los jefes de cada entidad que conforman el Presupuesto Anual del Distrito Capital, la facultad de comprometer y ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones incorporadas en su presupuesto.

 

Que el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001 indica que las Secretarías de Despacho se encuentran dentro de las entidades que conforman el presupuesto anual del Distrito Capital, razón por la cual, la normatividad vigente sobre la materia, las faculta para ordenar el gasto en desarrollo de las apropiaciones que han sido incluidas en su presupuesto.

 

Que de conformidad con el artículo 3 del Decreto 425 de 2016 el Secretario General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C, es quien ostenta para este caso, la competencia para la ordenación del gasto de esta entidad, en la medida en que actualmente no existe delegación expresa para que alguna de las dependencias cumpla con la obligación de pagar la compensación por tala de árboles en la manzana Liévano de la Alcaldía Mayor.

 

Que la Secretaría Distrital de Ambiente expidió la Resolución 01924 del 11 de octubre de 2015, la cual resuelve ARTÍCULO PRIMERO. Exigir a la SECRETARÍA GENERAL de la ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C identificada con Nit 899.999.061-9, Representada Legalmente por el señor ALCALDE MAYOR del Doctor GUSTAVO FRANCISCO PETRO URREGO. identificado con cédula de ciudadanía No. 208.079 de Cogua, o por quien haga su s veces, deberá garantizar la persistencia del recurso forestal autorizado para la tala, consignando la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CIENTO CUATRO PESOS M/CTE ($ 4.912.104) equivalentes a 32.05 IVP'S y a 9.8855 (Aprox.) SMMLV a 2009, por concepto de COMPENSACIÓN POR TALA DE ÁRBOLES (…)”.

 

Que la Secretaria Distrital de Ambiente mediante radicado 1-2016-4312 del 04 de febrero de 2016 indica que: “Una vez verificado el estado de cartera de su entidad con corte 31 de diciembre de 2015, no se identifica el pago por el siguiente Acto Administrativo: Resolución No. 1924 del 10/11/2015, por medio de la cual se “Exige cumplimiento de pago – conforme CT No. 2009GTS545 de 11 de marzo de 2009 y CTS DCA No. 01871 de 16 de febrero de 2012” correspondiente a el (los) siguiente(s) concepto (s): compensación tala de árboles $4.912.104, evaluación $0 (cifras expresadas en pesos moneda corriente)”.

 

Que la Subdirección Financiera de la Secretaria General mediante radicado 3-2017-20538 del 08 de septiembre de 2017 indicó que no se encuentra soporte alguno de la ordenación del gasto y del pago de la obligación de que trata la Resolución 01924 del 11 de octubre de 2015 proferida por la Secretaría Distrital de Ambiente y que dicha obligación persiste en los registros contables de la Entidad.

 

Que mediante Resolución No. DCO-02425 del 05 de junio de 2018, notificada personalmente el 5 de julio de esta anualidad, la Jefe de la Oficina de Gestión de Cobro de la Secretaría de Hacienda Distrital libró mandamiento de pago contra la Secretaría General por valor de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CIENTO CUATRO PESOS ($4.912.104), a favor de la Secretaría Distrital de Ambiente.

 

Que de conformidad con lo antes expuesto, se hace necesario reconocer el gasto y ordenar el pago por concepto de compensación por la tala de árboles, conforme lo dispuesto por la Secretaría Distrital de Ambiente mediante la Resolución 01924 del 11 de octubre de 2015 y por la Secretaría de Hacienda Distrital mediante Resolución No. DCO-02425 del 5 de junio de 2018.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

Artículo 1°. Reconocer el gasto y ordenar el pago de la suma de CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL CIENTO CUATRO PESOS M/CTE ($4.912.104), equivalentes a 32.05 IVP’S y a 9.8855 (Aprox.) SMMLV a 2009, por concepto de compensación por tala de árboles, conforme lo ordenado por la Secretaría Distrital de Ambiente mediante Resolución 01924 del 11 de octubre de 2015 y por la Secretaría de Hacienda Distrital mediante Resolución No. DCO-02425 del 5 de junio de 2018.

 

Parágrafo 1. El pago se efectuará mediante el procedimiento previsto, a favor de la Dirección Distrital de Tesorería, utilizando el formato destinado para el efecto, suministrado por la Secretaría Distrital de Medio Ambiente.

 

Parágrafo 2. La Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. deberá remitir a la Secretaría Distrital de Ambiente copia del respectivo pago con destino al expediente SDA-03-2009-879 y copia a la Secretaría de Hacienda Distrital con destino al expediente administrativo de cobro coactivo No. OGC-2018-1009.

 

Artículo 2°. El gasto que ocasional la presente Resolución se encuentra amparado bajo el rubro 3-1-2-03-02-00-0000-00 del concepto Impuestos, Tasas, Contribuciones, Derechos y Multas, según certificado de Disponibilidad Presupuestal No. 773 del 06 de abril de 2018.

 

Artículo 3°. Ordenar la expedición del Registro Presupuestal con cargo al Certificado de Disponibilidad Presupuestal 773 del 6 de abril de 2018, expedida por el responsable del presupuesto de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 4°. Comunicar a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., a la Oficina de Gestión de Cobro de la Secretaría de Hacienda Distrital y a la Secretaría Distrital de Ambiente el contenido de la presente Resolución.

 

Artículo 5°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y contra ella no procede recurso alguno, de conformidad con lo señalado en artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dado en Bogotá D.C., a los 26 días del mes de julio del año 2018

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General