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Resolución 354 de 2018 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/08/2018
Fecha de Entrada en Vigencia:
24/08/2018
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 354 DE 2018

 

(Agosto 24)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2018

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTA, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el Acuerdo Distrital 638 de 2016 y el Decreto Distrital 714 de 1996, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 694 de 2017 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 816 del 28 de diciembre de 2017, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1° de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaran otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de 2017, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y Ia cancelación de apropiaciones”.

 

Que el artículo del Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995 Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital”, establece que: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de Ia deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de Ia Secretaria de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2018-21068 del 31 de julio de 2018, Ia Directora de Talento Humano de Ia Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para los rubros presupuestales 3-1-1-01-21 “Vacaciones en Dinero” y 3-1-1-01-28 “Reconocimiento por permanencia en el servicio público”, con Ia finalidad de respaldar presupuestalmente Ia liquidación y el pago de prestaciones sociales de retiro de los exfuncionarios que han venido presentando renuncia al cargo.

 

Que mediante comunicación No. 2018EE148837 del 14 de agosto de 2018, Ia Directora Distrital de Presupuesto (e), remitió concepto favorable para el trámite de Ia modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de Ia Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para Ia vigencia 2018, por valor de treinta y cuatro millones cuatrocientos cincuenta y seis mil ochocientos ochenta y cinco pesos m/cte. ($34.456.885), así:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

CRÉDITO

Valor

Valor

3

GASTOS

34.456.885

.4.456.885

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

34.456.885

34.456.885

3-1-1

SERVICIOS PERSONALES

34.456.885

34.456.885

3-1-1-01

Servicios Personales Asociados a la Nómina

34.456.885

34.456.885

3-1-1-01-11

Prima Semestral

34.456.885

 

3-1-1-01-21

Vacaciones en Dinero

 

19.456.885

3-1-1-01-28

Reconocimiento por permanencia en el servicio público

 

15.000.000

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

34.456.885

34.456.885

 

Artículo 2°. Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de Ia presente Resolución, a través de Ia Subdirección de Servicios Administrativos de Ia Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a Ia Dirección Distrital de Presupuesto de Ia Secretaria Distrital de Hacienda, y a Ia Subdirección Financiera y Dirección de Talento Humano de Secretaria General de Ia Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

Artículo 3°. La presente Resolución rige a partir de Ia fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de agosto del año 2018.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General