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RESOLUCIÓN 437 DE
2018 (Octubre 10) Por la
cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de
la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia
fiscal de 2018 EL SECRETARIO GENERAL
DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. En ejercicio de sus
atribuciones legales, en especial las conferidas por el artículo 87 del Decreto
Distrital 714 de 1996 y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001, y CONSIDERANDO: Que mediante el Acuerdo Distrital No. 694 de
2017 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e
Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida
entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron otras
disposiciones. Que mediante el Decreto Distrital No. 816 del
28 de diciembre de 2017, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y
de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal
comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2018 y se dictaron
otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 694 del 28 de diciembre de
2017, expedido por el Concejo de Bogotá. Que de acuerdo con el principio de
especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto
Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y
Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto
Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la
administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme
al fin para el cual fueron programadas. Que el artículo 63 del mencionado Decreto
Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o
disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer
otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto
mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de
apropiaciones". Que el artículo 10 del Decreto Distrital No.
396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995 Estatuto
Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital",
establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de
los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los
organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto
agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, seivicio
de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante
Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de
los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del
Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o
Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su
validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director
Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá
además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación
Distrital". Que mediante comunicación con radicado No.
3-2018-26498 del 25 de septiembre de 2018, la Directora de Talento Humano de la
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., remitió requerimiento
sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-1-1-01-21
"Vacaciones en Dinero", con la finalidad de respaldar presupuestalmente
el pago de la prestación social relativa a vacaciones causadas más no
disfrutadas de ocho (8) exfuncionarios que
recientemente se ha desvinculado de la Entidad. Que mediante comunicación No. 201 8EE201487
del 5 de octubre de 2018, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió
concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención. Que en mérito de lo expuesto, RESUELVE: Artículo
1.
Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento
de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia
2018, por valor de Veintiocho millones setecientos cincuenta y dos mil ciento
veintitrés pesos m/cte ($28.752.123), así:
Artículo
2.
Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el
presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución,
a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría
General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de
Hacienda, y a la Subdirección Financiera y Dirección de Talento Humano de
Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. Artículo
3.
La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición. COMUNÍQUESE Y
CÚMPLASE. Dada en Bogotá, D.C.,
a los 10 días del mes de octubre del año 2018. RAUL JOSÉ BUITRAGO
ARIAS Secretario General |