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Resolución 079 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/02/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/02/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 079 DE 2019

 

(Febrero 13)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2019

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 728 de 2018 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 826 del 27 de diciembre de 2018, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”.

 

Que el artículo 1° del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-3778 del 29 de enero de 2019, la Directora Administrativa y Financiera y el Subsecretario de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de veinticuatro (24) rubros de "adquisición de bienes y servicios, para cubrir las necesidades de funcionamiento dando cumplimiento al Nuevo Catálogo de Clasificación Presupuestal, con propósito de efectuar la distribución de los recursos asignados de forma coherente con el Nuevo Catálogo de Clasificación Presupuestal elaborado por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, y de esta forma asegurar el cumplimiento y correcto funcionamiento de la Entidad.

 

Que mediante comunicación No. 2019EE14817 del 11 de febrero de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°. Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2019, por valor de mil quinientos cincuenta y dos millones quinientos veintitrés mil quinientos noventa y un pesos ($1 .552.523.591) m/cte así:

CODIGO

PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

CRÉDITO

3

GASTOS

1.552.523.591,00

1.552.523.591,00

3-1

GASTOS DE

FUNCIONAMIENTO

1.552.523.591,00

1.552.523.591,00

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

1.552.523.591,00

1.543.523.591,00

 

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

1.552.523.591,00

1.543.523.591,00

34-2-02-01

Materiales y suministros

47.306.120,00

592.237.438,00

3-1-2-02-01-02

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

38.900.120,00

80.948.162,00

3-1-2-02-01-02-0001-000

Productos de madera, corcho, cestería es artería

 

999.750,00

3-1-2-02-01-02-0002-000

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados

 

68.345.412,00

3-1-2-02-01-02-0003-000

Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible

 

3.850.000,00

3-1-2-02-01-02- 0006-000

Productos de caucho y plástico

38.900.120,00

 

3-1-2-02-01-02-0008-000

Muebles; otros bienes transportables n.c.p.

 

7.753.000,00

3-1-2-02-01-03

Productos metálicos

8.406.000,00

511.289.276,00

3-1-2-02-01-03-0002-000

Productos metálicos elaborados excepto maquinaria y equipo)

 

1 339.800,00

3-1-2-02-01-03-0003-000

Maquinaria para uso general

 

79.575.228,00

3-1-2-02-01-03-0004-000

Maquinaria para usos especiales

 

341 .319.331,00

3-1-2-02-01-03-0005-000

Maquinaria de oficina, contabilidad e informática

8.406.000,00

 

3-1-2-02-01-03-0006-000

Maquinaria y aparatos eléctricos

 

23.264.851,00

3-1-2-02-01-03-0009-000

Equipo de transporte (partes, piezas accesorios)

 

65.790.066,00

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

1.505.217.471,00

951.286.153,00

3-1-2-02-02-01

Servicios de venta y de distribución; alojamiento; servicios de suministro de comidas y bebidas; servicios de transporte; y servicios de distribución de electricidad, gas y agua

-

4.179.762,00

3-1-2-02-02-01-0005-000

Servicio de parqueaderos

 

1.650.000,00

3-1-2-02-02-01-0006

Servicios postales y de mensajería

-

2.529.762,00

3-1-2-02-02-01-0006-001

Servicios de mensajería

 

2.529.762,00

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

488.000.000,00

545.925.000,00

3-1-2-02-02-02-0001

Servicios financieros y servicios conexos

488.000.000,00

545.925.000,00

3-1-2-02-02-02-0001-007

Servicios de seguros de vehículos automotores

 

5 1000.000,00

3-1-2-02-02-02-0001-008

Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción

 

469.925.000,00

3-1-2-02-02-02-0001-009

Servicios de seguros generales de responsabilidad civil

50.000.000,00

 

3-1-2-02-02-02-0001-010

Servicios de seguro obligatorio de accidentes de tránsito

SOAT

 

25.000.000,00

3-1-2-02-02-02-0001-012

Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida

n.c.p.

438.000.000,00

 

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

1.017.217.471,00

401.181.391,00

3-1-2-02-02-03-0002

Servicios jurídicos y contables

-

880.000,00

3-1-2-02-02-03-0002-001

Servicios de documentación y certificación jurídica

 

880.000,00

3-1-2-02-02-03-0003

Otros servicios profesionales, científicos técnicos

51.844.000,00

21.520.000,00

3-1-2-02-02-030003-007

Servicios de ingeniería

 

21.520.000,00

3-1-2-02-02-030003-010

Servicios de publicidad y el suministro de espacio o tiempo publicitarios

5 1844.000,00

 

3-1-2-02-02-03-0004

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

49.952.000,00

201.000.000,00

3-1-2-02-02-03-0004-001

Servicios de telefonía fija

 

200.000.000,00

3-1-2-02-02-03-0004-002

Servicios de telecomunicaciones móviles

 

1.000.000,00

3-1-2-02-02-03-0004-004

Servicios de telecomunicaciones a través de internet

49.952.000,00

 

3-1-2-02-02-03-0005

Servicios de soporte

896.359.471,00

549.998,00

3-1-2-02-02-03-0005-002

Servicios de limpieza general

746.359.471,00

 

3-1-2-02-02-03-0005-003

Servicios de copia y reproducción

 

549.998,00

3-1-2-02-02-03-0005-004

Servicios de correo

150.000.000,00

 

3-1-2-02-02-03-0006

Servicios de mantenimiento, reparación e instalación (excepto servicios de construcción

19.062.000,00

177.231.393,00

3-1-2-02-02-03-0006-001

Servicios de mantenimiento y reparación de productos metálicos elaborados, excepto maquinaria y equipo

 

1.100.000,00

3-1-2-02-02-03-0006-004

Servicios de mantenimiento y reparación de maquinaria y equipo de transporte

 

55.703.264,00

3-1-2-02-02-03-0006-005

Servicios de mantenimiento y reparación de otra maquinaria y otro equipo

 

120.428.129,00

3-1-2-02-02-03-0006-012

Servicios de reparación de otros bienes

19.062.000,00

 

3-1-3

Gastos diversos

-

9.000.000,00

3-1-3-01

Impuestos

-

2.500.000,00

3-1-3-01-03

Impuesto de vehículos

 

2.500.000,00

3-1-3-02

Tasas y derechos administrativos

-

6.500.000,00

3-1-3-02-01

Licencias de construcción

 

6.500.000,00

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

1.552.523.591,00

1.552.523.591,00

 

Artículo 2°. Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección Administrativa y Financiera, a la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3°. Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.

 

Artículo 4°. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de febrero del año 2019.

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

Secretario General