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CIRCULAR 012 DE 2019
Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECTOR UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL CUERPO OFICIAL DE BOMBEROS DE BOGOTÁ, GERENTES Y PRESIDENTES DE EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS.
De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Asunto: DERECHO DE PETICIÓN "BOGOTÁ CÓMO VAMOS" EVALUACIÓN DE LOS CAMBIOS DE LA CALIDAD DE VIDA EN LA CIUDAD, CON CORTE A 31 DE DICIEMBRE DE 2018.
Radicado: 2-2019-10009
El Programa Bogotá cómo vamos monitorea de manera permanente la calidad de vida en la Ciudad. Por lo anterior recolecta, analiza, sistematiza indicadores de resultado, informes de gestión y estudios que les permita determinar cómo avanza la Ciudad y los resultados obtenidos.
En este contexto, este despacho recibió derecho de petición en el cual se solicita información relacionada con las entidades que Ustedes dirigen.
Por tanto, teniendo en cuenta la autonomía presupuestal, administrativa y contractual con la que cuentan las entidades distritales, conforme lo establece el artículo 59 del Decreto Ley 1421 de 1993 y el artículo 87 del Decreto .714 de 1996 "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico de¡ Presupuesto Distrital" así como el Acuerdo 257 de 2006, de manera atenta se traslada la comunicación en los términos del artículo 21 de la Ley 1755 de 2015 "Por medio de la cual se regula el derecho fundamental de petición y se sustituye un título del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo", a efectos que se analice y se dé respuesta directa al peticionario, de acuerdo con la competencia de cada entidad, con copia a este despacho para el seguimiento correspondiente.
A continuación, relacionamos la entidad, dependencia y pregunta que debe ser respondida de acuerdo con la información solicitada.
Cordialmente,
RAUL JOSÉ BUITRAGO ARIAS
Secretario General
Anexo: Derecho de petición en dos (2) folios
Proyectó: Nubia Elsy Gómez Mesa
Revisó: Diana Alejandra Ospina Moreno / Nora Alejandra Muñoz Barrios
Aprobó: Fernando Estupiñan Vargas NOTA: Ver Anexos: Anexo 1.1 |