RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 355 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
27/06/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
27/06/2019
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 355 DE 2019

 

(Junio 27)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2019

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 728 de 2018 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 826 del 27 de diciembre de 2018, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”.

 

Que el artículo del Decreto Distrital No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”.

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2019-13050 del 29 de abril de 2019 la Directora Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., doctora Luz Ángela Gómez Gómez, remitió a la Oficina Asesora de Planeación requerimiento sustentado de adición de recursos en el rubro presupuestal 3-3-1-15-07-43-1127-190 "Modernización Física".

 

Que mediante comunicación con radicado No.: 3-2019-14506 del 10 de mayo de 2019, la Subsecretaria Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., doctora Cristina Aristizábal Caballero, remitió a la Oficina Asesora de Planeación justificación de disponibilidad permanente de recursos en el rubro presupuestal 3-3-1-1 5-07-42-1125 "Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente".

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-16162 del 29 de mayo de 2019, la Jefe de la Oficina Asesora de Planeación de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-3-1-15-07-43-1127-190 "Modernización Física", con el propósito de conservar la infraestructura de las diferentes sedes donde funciona la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Que mediante dicha comunicación, solicita la reducción de recursos en los rubros 3-3-1-15-07-42-1125-185 "Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente", teniendo en cuenta que en los componentes de Gerencia Estratégica y Agenda Gubernamental y Eficiencia Administrativa han venido cumpliendo las actividades propuestas con el personal contratado, los responsables de este proyecto de inversión, informaron sobre la disponibilidad de recursos susceptibles de ser trasladados para cubrir necesidades presupuestales de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Que mediante comunicación con radicado de la Secretaría Distrital de Planeación No.: 2-2019-33847 del 29 de mayo de 2019, la Subsecretaria de Planeación de la Inversión, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que mediante comunicación No.2019EE123974 del 20 de junio de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Inversión de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2019, por valor de ochocientos ochenta millones de pesos ($880.000.000) m/cte así:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

CRÉDITO

Valor

Valor

3

GASTOS

880.000.000

880.000.000

3-3

INVERSIÓN

880.000.000

880.000.000

3-3-1

DIRECTA

880.000.000

880.000.000

3-3-1-15

Bogotá Mejor para Todos

880.000.000

 

3-3-1-15-07

Eje transversal Gobierno legítimo, fortalecimiento local y eficiencia

880.000.000

 

3-3-1-15-07-42

Transparencia, gestión pública y servicio a la ciudadanía

880.000.000

 

3-3-1-15-07-42-1125

Fortalecimiento y modernización de la gestión pública distrital

880.000.000

 

3-3-1-15-07-42-1125-185

Fortalecimiento a la gestión pública efectiva y eficiente

880.000.000

 

3-3-1-15-07-43

Modernización institucional

 

880.000.000

3-3-1-15-07-43-1127

Infraestructura adecuada para todos en la Secretaría General

 

880.000.000

3-3-1-15-07-43-1127-190

Modernización física

 

880.000.000

TOTAL MODIFICACIÓN PRESUPUESTAL

880.000.000

880.000.000

 

Artículo 2: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección Administrativa y Financiera y a la Subsecretaría Técnica de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.

 

Artículo 4: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 27 días del mes de junio del año 2019.

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General