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Resolución 436 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
01/08/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
01/08/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 436 DE 2019

 

(Agosto 01)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia fiscal de 2019

 

EL SECRETARIO GENERAL (E) DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 728 de 2018 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 826 del 27 de diciembre de 2018, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo, 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, “Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital”, las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones”.

 

Que el artículo 1º del Decreto Distrital No. 396 de 1996 “Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital”, establece que: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el momo agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital”.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-19006 del 28 de junio de 2019 y su alcance por correo electrónico del 28 de marzo de 2019, la Directora Administrativa y Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para los rubros presupuestales 3-1-2 “Adquisición de bienes y servicios”, con el propósito de contar con los recursos necesarios para amparar la adición y prorroga de los contratos de Aseo y Cafería y Vigilancia, dado que las necesidades contractuales para la vigencia 2019 y, según la nueva clasificación presupuestal, los recursos requeridos para estos contratos se distribuyen en varios rubros que a la fecha no cuentan con recursos suficientes para el desarrollo y ejecución de actividades proyectadas, lo que dificultaría el correcto funcionamiento de la Entidad.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-20234 del 11 de julio de 2019, la Directora de Talento Humano de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de reducción de recursos para los rubros presupuestales 3-1-1-01 “Gastos de Planta de Personal Permanente” de la Secretaria General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, dada la proyección de costos para el segundo semestre del 2019, es viable realizar su reducción por valor total de mil ciento noventa millones de pesos ($1.190.000.000) m/cte, garantizando el pago de las nóminas mensuales de los servidores de la Planta Permanente de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. a 31 de diciembre de 2019.

 

Que mediante comunicación No. 2019EE139984 del 26 de julio de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2019, por valor de mil ciento noventa millones de pesos ($1.190.000.000) m/cte así:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

CRÉDITO

Valor

Valor

3

GASTOS

1.190.000.000

1.190.000.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

1.190.000.000

1.190.000.000

3-1-1

Gastos de Personal

I .190.000.000

 

3-1-1-01

Planta de personal permanente

1.190.000.000

 

3-1-1-01-01

Factores constitutivos de salario

930.000.000

 

3-1-1-01-01-01

Factores salariales comunes

930.000.000

 

3-1-1-01-01-01-0001

Sueldo básico

800.000.000

 

3-1-1-01-01-01-0010

Prima de navidad

30.000.000

 

3-1-1-01-01-01-0011

Prima de vacaciones

 

100.000.000

 

 

3-1-1-01-02

Contribuciones inherentes a la nómina

260.000.000

 

3-1-1-01-02-01

Aportes a la seguridad social en pensiones

10.000.000

 

3-1-1-01-02-01-0002

Aportes a la seguridad social en pensiones privadas

10.000.000

 

3-1-1-01-02-02

Aportes a la seguridad social en salud

100.000.000

 

3-1-1-01-02-02-0002

Aportes a la seguridad social en salud privada

100.000.000

 

3-1-1-01-02-03

Aportes de cesantías

150.000.000

 

3-1-01-02-03-0002

Aportes de cesantías a fondos privados

150.000.000

 

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

 

1 .190.000.000

3-1-2-02

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

 

1 .190.000.000

3-1-2-02-01

Materiales y suministros

 

241.085.064

3-1-2-02-01-01

Productos alimenticios, bebidas y tabaco; textiles, prendas de vestir y productos de cuero

 

88.352.111

3-1-2-02-01-01-0003

Productos de molinería, almidones y productos derivados del almidón; otros productos alimenticios

 

83.127.703

3-1-2-02-01-01-0004

Bebidas

 

244.460

3-1-2-02-01-01-0005

Artículos textiles (excepto prendas de vestir)

 

4.979.948

3-1-2-02-01-02

Otros bienes transportables (excepto productos metálicos, maquinaria y equipo

 

150.358.864

3-1-2-02-01-02-0002

Pasta o pulpa, papel y productos de papel; impresos y artículos relacionados

 

83.035.567

3-1-2-02-01-02-0003

Productos de hornos de coque, de refinación de petróleo y combustible

 

1 .513.741

3-1-2-02-01-02-0004

Químicos básicos

 

6.001.956

3-1-2-02-01-02-0005

Otros productos químicos; fibras artificiales (o fibras industriales hechas por el hombre)

 

44.474.579

3-1-2-02-01-02-0006

Productos de caucho y plástico

 

12.223.337

3-1-2-02-01-02-0007

Vidrio y productos de vidrio y otros productos no metálicos n.c.p.

 

1.522.112

3-1-2-02-01-02-0008

Muebles; otros bienes transportables

n.c.

 

1.587.572

3-1-2-02-01-03

Productos metálicos

 

2.374.089

3- -2-02-01-03-0001

Metales básicos

 

97.421

3-1-2-02-01-03-0002

Productos metálicos elaborados (excepto maquinaria y equipo)

 

2.276.668

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

 

948.914.936

3-1-2-02-02-02

Servicios financieros y servicios conexos, servicios inmobiliarios y servicios de leasing

 

52.962.061

3-1-2-02-02-02-0003

Servicios de arrendamiento o alquiler sin operario

 

52.962.061

3-1-2-02-02-02-0003-002

Servicios de arrendamiento sin opción de compra de maquinaria y equipo sin operarios

 

645.046

3-1-2-02-02-02-0003-004

Servicios de arrendamiento sin opción de compra de otros bienes

 

52.317.015

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

 

895.952.875

3-1-2-02-02-03-0005

Servicios de soporte

 

895.952.875

3-1-2-02-02-03-005-001

Servicios de protección (guardas de seguridad)

 

454.655.025

3-1-2-02-02-03-005-002

Servicios de limpieza general

 

441.297.850

TOTAL MODIFICACION PRESUPUESTAL

1.190.000.000

1.190.000.000

 

Artículo 2º-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección Administrativa y Financiera, a la Dirección de Talento Humano y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3º-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.

 

Artículo 4º-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 01 días del mes de agosto del año 2019.

 

JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO

 

Secretario General (E)