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DIRECTIVA CONJUNTA 002 DE 2019
(Agosto 01)
Para: SECRETARÍAS DE DESPACHO, DIRECCIONES DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, DIRECCIONES DE UNIDADES ADMNISTRATIVAS ESPECIALES, GERENCIAS SUBREDES INTEGRADAS DE SALUD, RECTORÍA ENTE UNIVERSITARIO, JEFATURAS DE PERSONAL O QUIEN HAGA SUS VECES, JEFES DE CONTROL INTERNO DE CADA UNA DE LAS ENTIDADES O QUIENES HAGAN SUS VECES Y GESTORES ESTRATÉGICOS DE CAPACITACIÓN
De: SECRETARIO GENERAL Y SECRETARIA DE LA MUJER
Asunto: AMPLIACIÓN DEL PLAZO PARA EL CURSO VIRTUAL DE CARÁCTER OBLIGATORIO "EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS"
Radicado No. 2-2019-20243
Ver Directiva Conjunta 001 de 2019. Sec. General y Sec. Distrital de la Mujer. El pasado 30 de mayo de 2019, se emitió la Directiva Conjunta No 001 de 2019, suscrita por el Secretario General y la Secretaria de la Mujer, mediante la cual, además de reconocer la importancia de la capacitación para el adecuado desarrollo de los fines misionales de las entidades, responde a una acción estratégica para garantizar que los servidores y las servidoras en cualquiera de los órdenes, que tengan funciones o competencias en la prevención, investigación, judicialización, sanción y reparación de todas las formas de violencia contra las mujeres, reciban capacitación en género y derechos de las mujeres.
A su turno, el Plan Distrital de Desarrollo 2016 - 2020 "Bogotá Mejor Para Todos" en el tercer pilar denominado Construcción de Comunidad y Cultura Ciudadana, previó la capacitación en temáticas de mujer y género, de 5.000 servidores y servidoras públicos (as) profesionales en derecho. Es así como para el año 2018, la Secretaría Distrital de la Mujer y el Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital pusieron en marcha del curso virtual "El derecho de las mujeres a una vida libre de violencias".
Mediante la presente directiva, la Administración Distrital amplía el plazo inicialmente señalado para que todos los servidores y servidoras de las entidades distritales que intervienen en las rutas de atención a mujeres víctimas de violencias en Bogotá, puedan realizar el precitado curso virtual, advirtiendo su carácter de obligatorio dentro del proceso de inducción y reinducción distrital.
Lo anterior por cuanto en la Directiva Conjunta 001 de 30 de mayo de 2019, se definió que las Jefaturas, Dependencias o Áreas de Talento Humano de cada entidad, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 15 de la Ley 904 de 2004, deberían realizar las acciones allí establecidas a fin de poder hacer efectivo el proceso de inscripción, matrícula y finalización del curso a más tardar el 30 de julio del presente año.
En efecto, en aquella oportunidad se impartieron las siguientes directrices:
“1) El curso virtual "EL DERECHO DE LAS MUJERES A UNA VIDA LIBRE DE VIOLENCIAS" hace parte del proceso de inducción y reinducción distrital y por tanto es de carácter obligatorio para todas las servidoras y los servidores públicos de entidades y los organismos distritales vinculados en carrera administrativa, libre nombramiento y remoción, periodo fijo, cargos de elección popular, temporales, provisionales y trabajadores oficiales.
2) Teniendo en cuenta lo anterior, desde las Jefaturas, Dependencias o Áreas de Talento Humano de cada entidad, en cumplimiento de lo señalado en el artículo 15 de la Ley 904 de 2004, se deberá:
a) Incorporar el curso virtual 'El derecho de las mujeres a una vida libre de violencias" dentro de su oferta institucional dirigida a las servidoras y los servidores.
b) Asignar como enlace dentro de cada entidad a una persona, para que a través de su correo institucional se adelante el proceso de inscripción y seguimiento al curso virtual. Esta persona estará en permanente comunicación con el equipo de la SDMujer.
c) Realizar el proceso de inscripción de las servidoras y los servidores al curso virtual durante los meses de mayo y junio de 2019. Para lo anterior la persona designada deberá ponerse en contacto con la SDMujer, para recibir la instrucción sobre las fechas y demás aspectos previos al inicio del curso.
d) Hacer el seguimiento de la participación de las servidoras y los servidores inscritos en el curso, y velar por su cabal cumplimiento. Los servidores y servidoras deberán finalizar el curso a más tardar el 30 de julio del corriente año.
e) Las entidades y los organismos distritales deben abstenerse de contratar o formular durante el año 2019, oferta académica en temáticas cubiertas en el proceso de reinducción de que trata la presente directiva.”
Al verificar el cumplimiento de las directrices impartidas, se pudo evidenciar que las entidades distritales asumieron los compromisos que de allí se derivan y avanzaron en el proceso de inscripción, no obstante lo anterior, un buen número de servidoras y servidores, a la fecha, no han finalizado el curso.
El siguiente cuadro nos muestra el estado de avance por entidad:
Teniendo en cuenta lo anterior, la Secretaría General y la Secretaría Distrital de la Mujer reiteran las pautas emitidas en la Directiva 001 de 2019 y amplían el plazo para inscribir a la totalidad de servidores y servidoras en el curso virtual y garantizar, de esta forma, la finalización de este a más tardar el 31 de octubre de 2019.
Es importante recordar que los datos de la persona asignada como enlace de la entidad deberán hacerse llegar a la Dirección de Eliminación de Violencias y Acceso a la Justicia de la Secretaría de la Mujer.
Para ampliar la información aquí contenida, las dependencias distritales y sus funcionarias y funcionarios se pueden comunicar con la profesional PAULA CAMILA PACHON MENDIETA de la Dirección de Eliminación de Violencias y Acceso a la Justicia de la Secretaría de la Mujer, al correo electrónico ppachon@sdmujer.gov.co o al teléfono 3169001 extensión 1041.
La Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C. y la Secretaría Distrital de la Mujer, agradecemos el cabal cumplimiento de lo dispuesto en la presente Directiva.
Cordialmente,
JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO
Secretario General (E)
ÁNGELA BEATRIZ ANZOLA DE TORO
Secretaria de la Mujer
Proyectó: Mónica Alexandra Barrios - Directora Eliminación de Violencias contra las Mujeres y Acceso a la Justicia.
Revisó: Diana Marcela Rivera Morato - Contratista Oficina Asesora de Jurídica Secretaría General Alcaldía Mayor
Aprobó: Fernanda Gómez H - Jefe Oficina Asesora Jurídica Secretaría Distrital de la Mujer
Juliana Valencia Andrade - Jefe Oficina Asesora de Jurídica Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, DC. |