RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Resolución 508 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
13/09/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
13/09/2019
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 508 DE 2019

 

(Septiembre 13)

 

Por la cual se efectúa un Traslado Presupuestal Interno en el Presupuesto de Gastos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D. C., para la vigencia fiscal de 2019

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En ejercicio de las atribuciones conferidas en el artículo 87 del Decreto Distrital 714 de 1996, y el artículo 60 del Decreto Distrital 854 de 2001

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante el Acuerdo Distrital No. 728 de 2018 se expidió el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos -e Inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones.

 

Que mediante el Decreto Distrital No. 826 del 27 de diciembre de 2018, se liquidó el presupuesto anual de rentas e ingresos y de gastos e inversiones de Bogotá, Distrito Capital, para la vigencia fiscal comprendida entre el I de enero y el 31 de diciembre de 2019 y se dictaron otras disposiciones, en cumplimiento del Acuerdo 728 del 26 de diciembre de 2018, expedido por el Concejo de Bogotá.

 

Que de acuerdo con el principio de especialización consagrado en el literal g) del artículo 13 del Decreto Distrital 714 de 1996, "Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital", las apropiaciones deben referirse en cada entidad de la administración a su objeto y funciones y se ejecutarán estrictamente conforme al fin para el cual fueron programadas.

 

Que el artículo 63 del mencionado Decreto Distrital 714 de 1996, dispone que "Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales y la cancelación de apropiaciones.

 

Que el artículo 1 0 del Decreto Distrita] No. 396 de 1996 "Por el cual se reglamenta el Acuerdo 24 de 1995, Estatuto Orgánico de Presupuesto de Santa Fe de Bogotá, Distrito Capital", establece que: "Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo Distrital, se harán mediante Resolución expedida por el Jefe del órgano o entidad respectivo. En el caso de los Establecimientos Públicos del Distrito, estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por Resolución o Acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos. Estos actos administrativos requieren para su validez previo concepto favorable de la Secretaría de Hacienda - Director Distrital de Presupuesto. Si se trata de gastos de inversión se requerirá además del concepto favorable del Departamento Administrativo de Planeación Distrital.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-22833 del I de agosto de 2019, la Subsecretaria de Servicio a la Ciudadanía de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., remitió requerimiento sustentado de adición de recursos para el rubro presupuestal 3-1-2-02-02-03-0004-001 "Servicios de telefonía fija", con el propósito de dar continuidad al servicio de información que se presta a la ciudadanía a través de] canal telefónico Línea 195 contrato que se encuentra amparado presupuestalmente por este rubro.

 

Que mediante comunicación con radicado No. 3-2019-25871 del 30 de agosto de 2019, la Dirección de Talento Humano, solicita la reducción de recursos en los rubros 3-1-1-01-01 -0l0001 "Sueldo básico" y 3-1-1-0.1 -01-02-0003 "Prima Semestral", teniendo en cuenta que el saldo inicial en el rubro 3-1-1-01-01-01-0001 "Sueldo básico" fue proyectado para los 623 cargos de la Planta Global de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., tanto para el cubrimiento de los pagos mensuales de asignación básica como de un periodo de vacaciones y que, a 15 de agosto, el número de servidores activos corresponde a 586 en la planta permanente de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., por lo que según la proyección establecida se contaría con un saldo libre de afectación por valor de ciento sesenta millones de pesos ($160.000.000) m/cte.

 

Que mediante dicha comunicación el rubro 3-1-1-01-01 -02-0003 "Prima Semestral", e] presupuesto para la vigencia 2019 fue calculado con corte a 30 de junio de 2019, cuyo pago fue realizado en el periodo de nómina correspondiente al mes de junio de 20] 9, por lo que según la proyección efectuada el cierre de la vigencia cuenta con un saldo libre de afectación de ciento cuarenta millones de pesos ($ 140.000.000) m/cte.

                       

Que mediante comunicación No. 20.19EE168816 del 12 de septiembre de 2019, la Directora Distrital de Presupuesto, remitió concepto favorable para el trámite de la modificación presupuestal en mención.

 

Que en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

 

 

Artículo 1°-: Efectuar el siguiente traslado presupuestal en el Presupuesto de Gastos Funcionamiento de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., para la vigencia 2019, por valor de trescientos millones de pesos ($300.000.000) m/cte así:

 

CÓDIGO PRESUPUESTAL

CONCEPTO

CONTRACRÉDITO

CRÉDITO

Valor

Valor

3

GASTOS

300.000.000

300.000.000

3-1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

300.000.000

300.000.000

3-1-1

Gastos de Personal

300.000.000

 

 

Planta de personal permanente

300.000.000

300.000.000

 

 

Factores constitutivos de salario

Factores salariales comunes

160.000.000

 

3-1-1-01-01-01-0001

Sueldo básico

Factores

160.000.000

140.000.000

 

3-1-1-01 -o -02-0003

salariales especiales

Prima Semestral

140.000.000

 

3-1-2

Adquisición de bienes y servicios

 

300.000.000

 

Adquisiciones diferentes de activos no financieros

 

300.000.000

3-1-2-02-02

Adquisición de servicios

 

300.000.000

3-1-2-02-02-03

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

 

300.000.000

3-1-2-02-02-03-0004

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

 

300.000.000

3- I -2-02-02-03 -0004001

Servicios de telefonía fija

 

300.000.000

TOTAL MODIFICACION PRESUPUESTAL

300.000.000

300.000.000

                        

Artículo 2°-: Para efectos de dar trámite a los movimientos presupuestales señalados en el presente acto administrativo, comunicar el contenido de la presente Resolución, a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a la Dirección Distrital de Presupuesto de la Secretaría Distrital de Hacienda, a la Dirección de Talento Humano, a la Subsecretaría de Servicio a la Ciudadanía y a la Subdirección Financiera de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

 

Artículo 3°-: Contra la presente resolución no procede recurso alguno de reposición o de apelación.

 

Artículo 4°-: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición.

 

COMUNÍQUESE Y CÚMPLA

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 13 días del mes de septiembre del año 2019

 

RAÚL JOSÉ BUITRAGO ARIAS

 

Secretario General