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Resolución 695 de 2019 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/11/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
16/11/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6675 del 15 de noviembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 695 DE 2019

 

(Noviembre 15)

 

Por la cual se adopta el Registro de Activos de Información y el índice de Información Clasificada y Reservada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

EL SECRETARIO GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C. (E)

 

En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por el artículo 2.1.1.5.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, el literal b) del artículo 6 del Acuerdo Distrital 638 de 2016, el numeral 2 del artículo 2 del Decreto Distrital 425 de 2016 y los Decretos Distritales 670 y 679 de 2019, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el inciso primero del artículo 20 de la Constitución Política de Colombia garantiza a todas las personas el derecho a recibir información veraz e imparcial.

 

Que el inciso primero del artículo 74 de la Constitución Política de Colombia señaló que "todas las personas tienen derecho a acceder a los documentos públicos salvo los casos que establezca la ley."

 

Que los artículos 13 y 20 de la Ley 1712 de 2014 establecieron como deberes de todo sujeto obligado crear y mantener actualizado el Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada.

 

Que el artículo 2.1.1.5.1.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, definieron el Registro de Activos de Información como "el inventario de la información pública que el sujeto obligado genere, obtenga, adquiera, transforme o controle en su calidad de tal", y señalaron los componentes mínimos del mismo, respectivamente.

 

Que el artículo 2.1.1.5.2.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, estableció que "el índice de Información Clasificada y Reservada es el inventario de la información pública generada, obtenida, adquirida o controlada por el sujeto obligado, en calidad de tal, que ha sido calificada como clasificada o reservada."

 

Que los artículos 2.1.1.5.1.1. y 2.1.1.5.2.2 del Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, establecieron el contenido del Registro de Activos de información y del Índice de Información Clasificada y Reservada, los cuales deben elaborarse en formato de hoja de cálculo y publicarse en el sitio web oficial del sujeto obligado, así como en el Portal de Datos Abiertos del Estado colombiano o en la herramienta que lo modifique o lo sustituya.

 

Que el numeral 2 del artículo 2.1.1.5.1 del Decreto Único Reglamentario del Sector Presidencia de la República 1081 de 2015, señaló que el Registro de Activos de Información y el Indice de Información Clasificada y Reservada son instrumentos de gestión de la información pública, que conforme a lo dispuesto en el artículo 2.1.1.5.2. ibídem, deben adoptarse y actualizarse por medio de Un acto administrativo o documento equivalente de acuerdo con el régimen legal al sujeto obligado.

 

Que, en la sesión del 12 de diciembre de 2018, el Comité Directivo de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., aprobó el inventario de activos de información presentado por la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de esta entidad.

 

Que acorde con lo anterior, es necesario adoptar mediante acto administrativo el Registro de Activos de Información y el índice de Información Clasificada y Reservada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

 

En mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1°-: Adoptar el Registro de Activos de Información y el índice de Información Clasificada y Reservada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., los cuales se encuentran anexos a la presente resolución y forman parte integral de la misma, como instrumentos de gestión de la información.

 

Artículo 2°-: Publicar el Registro de Activos de Información y el Índice de Información Clasificada y Reservada de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., en el botón de transparencia de la página web de la entidad y en el Portal de Datos Abiertos del Estado colombiano o en la herramienta que lo modifique o lo sustituya, a través de la Oficina de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones de la misma entidad.

 

Artículo 3°-: Comunicar el contenido del presente acto administrativo a todas las dependencias de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Subdirección de Servicios Administrativos de esta entidad.

 

Artículo 4°-: Publicar la presente resolución en la página web de la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C., a través de la Oficina Asesora de Jurídica de esta entidad.

 

Artículo 5-: La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación.

 

PUBLIQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 15 días del mes de noviembre del año 2019

 

JUAN CARLOS MALAGÓN BASTO

 

Secretario General (E)