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Resolución 561 de 2019 Secretaría Distrital de Hacienda

Fecha de Expedición:
18/12/2019
Fecha de Entrada en Vigencia:
18/12/2019
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 6700 del 20 de diciembre de 2019.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN SDH-000561DE 2019

 

(Diciembre 18)


Derogada por el art. 79, Resolución 357 de 2022.

 

Por la cual se hacen unas delegaciones en la Secretaría Distrital de Hacienda

 

LA SECRETARIA DISTRITAL DE HACIENDA

 

En uso de las facultades conferidas en el artículo 11 del Decreto Distrital 101 de 2004, en concordancia con los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, artículos 9, 10 y 11 de la Ley 489 de 1998, el artículo 4º del Decreto 601 de 2014, modificado por el artículo 1º del Decreto 364 de 2015, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que de conformidad con el artículo 209 de la Constitución Política, “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones”.

 

Que de conformidad con el artículo 211 de la Constitución Política, corresponde a la Ley fijar las condiciones para que las autoridades administrativas puedan delegar funciones en sus subalternos o en otras autoridades.

 

Que de acuerdo con lo ordenado en el artículo de la Ley 489 de 1998 las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con lo previsto en dicha Ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias.

 

Que el Parágrafo del artículo 2 ibídem dispone que las reglas relativas a los principios propios de la función administrativa sobre delegación se aplicarán a las entidades territoriales en lo pertinente.

 

Que los artículos 10 y 11 de la Ley 489 de 1998 señalan los requisitos de la delegación y las funciones de las autoridades administrativas que son indelegables.

 

Que en desarrollo de los principios constitucionales de eficiencia, economía y celeridad con que se debe ejercer la función administrativa, se considera pertinente delegar algunas facultades relacionadas con la administración de Personal en la Dirección de Gestión Corporativa, en la Subdirección del Talento Humano y la gestión de cobro persuasivo en la Dirección Distrital de Cobro de la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que mediante el Decreto Distrital 101 de 2004 le fueron asignados a los Secretarios de Despacho los asuntos relacionados con la administración de personal de los servidores públicos del respectivo organismo.

 

Que la Resolución SDH-362 de 2016 delegó en el(la) Director(a) de Gestión Corporativa una función relacionada con el Fondo para la Administración de recursos de capacitación Institucional “Fondo SDH-ICETEX”.


Que el Manual de Procedimientos administrativos y contables para el manejo y control de los bienes en las entidades de Gobierno Distrital, adoptado mediante la Resolución 1 de 2019, señala que: “el retiro de los bienes en los entes y entidades es el proceso mediante el cual se decide retirar definitivamente algunos bienes de los Entes y Entidades, de manera física, de las bases de datos administrativas y de los registros contables”, cuya autorización de retiro y destino final de los bienes se realizará mediante resolución expedida por el representante legal o quien haga sus veces, conforme lo aprobado o decidido por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño.

 

Que el literal b) del artículo 2° del Decreto Distrital 397 de 2011 establece respecto de las entidades de la Administración Central la competencia funcional para adelantar el cobro persuasivo, entre otros, en cabeza de los (as) Secretarios (as) de Despacho.

 

Que se hace necesario delegar en la Oficina de Gestión de Cobro de la Subdirección de Cobro No Tributario de la Dirección Distrital de Cobro, las gestiones del cobro por vía persuasiva, previo a iniciarlo por la vía coactiva, de las providencias judiciales ejecutoriadas favorables a Bogotá Distrito Capital - Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

ARTÍCULO 1º. Delegar en el Director de Gestión Corporativa las siguientes atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda:

 

1. Posesionar a los servidores públicos de la Secretaría Distrital de Hacienda excepto los cargos de Subsecretarios y Directores.

 

2. Aceptar renuncias y declarar vacancias, excepto para los funcionarios de libre nombramiento y remoción.

 

3. Conceder licencias no remuneradas, previo visto del jefe inmediato, teniendo en cuenta los parámetros contemplados en el artículo 2.2.5.5.5. del Decreto Nacional 648 de 2017 o la norma que la modifique adicione o sustituya.

 

4. Autorizar permisos entre dos (2) y tres (3) días hábiles, previo visto bueno del respectivo director, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2.2.5.10.16 del Decreto 1083 de 2015. Los permisos de un (1) día serán otorgados por el jefe inmediato con comunicación a la Subdirección del Talento Humano.

 

5. Conceder permisos sindicales.

 

6. Conferir comisiones de servicio y estudio en el país, y para desempeñar empleos de libre nombramiento y remoción, o de periodo en la entidad.

 

7. Realizar encargos.

 

8. Conceder, interrumpir y aplazar vacaciones.

 

9. Reconocer y liquidar cesantías y ordenar su trámite.

 

10. Reconocer salarios, prestaciones sociales y suscribir la nómina.

 

11. Reconocer y ordenar el pago de los dineros que por cualquier concepto tengan derecho los servidores públicos o ex servidores.

 

12. Ordenar los descuentos de nómina en caso de ausencias laborales no justificadas.

 

13. Decidir sobre las solicitudes y reclamaciones de los servidores públicos y ex servidores de carácter laboral.

 

14. Autorizar traslados, permutas o reubicación de servidores públicos, excepto cuando se trate entre entidades u organismos.

 

15. Adelantar las obligaciones que correspondan al empleador dentro del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo - SG-SST, de acuerdo con el Decreto Nacional 1072 de 2015 y las normas que lo modifiquen, sustituyan o adicionen.

 

16. Autorizar la condonación de los créditos educativos otorgados a través del Fondo para la Administración de Recursos de Capacitación Institucional “Fondo SDH-ICETEX”, con base en la recomendación realizada por la Junta Administradora del Fondo y de acuerdo con lo señalado en el reglamento operativo.

 

17. Autorizar la modalidad de teletrabajo a los servidores públicos de la entidad, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en los procedimientos internos.

 

18. Designar a los gestores de ética.

 

ARTÍCULO 2º. Delegar en el Director de Gestión Corporativa la facultad para ordenar el retiro y baja en cuentas mediante acto administrativo, los bienes de propiedad de la Entidad tipificados como servibles no utilizables e inservibles, autorizar su destino final, ordenar realizar los registros contables correspondientes, así como informar las decisiones tomadas en el acto administrativo a las instancias administrativas y financieras y a las áreas de control cuando haya lugar; de acuerdo con la Resolución DDC-1 del 30 de septiembre de 2019, “Por medio de la cual se expidió el Manual de Procedimientos Administrativos y Contables para el manejo y control de los bienes en las Entidades de Gobierno Distritales”, o las normas que lo modifiquen, adicionen o sustituyan sobre la materia.

 

ARTÍCULO 3º. Delegar en el Subdirector del Talento Humano de la Dirección de Gestión Corporativa las siguientes atribuciones relacionadas con el manejo de personal de la Secretaría Distrital de Hacienda:

 

1. Autorizar permisos académicos.

 

2. Autorizar permisos de docencia previo visto bueno del jefe inmediato.

 

3. Autorizar el descanso compensado de acuerdo con la programación establecida por el Despacho del (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda.

 

4. Conceder a los servidores públicos las licencias remuneradas de luto, maternidad, paternidad, para actividades deportivas y por enfermedad.

 

5. Autorizar los horarios flexibles.

 

ARTÍCULO 4º. Delegar en el Jefe de la Oficina de Gestión de Cobro de la Subdirección de Cobro No Tributario de la Dirección Distrital de Cobro la facultad para adelantar las gestiones del cobro por vía persuasiva de las providencias judiciales ejecutoriadas favorables a Bogotá Distrito Capital – Secretaría Distrital de Hacienda, previo a iniciar su cobro por vía coactiva, de conformidad con el procedimiento establecido para el efecto.

 

ARTÍCULO 5º. Los servidores públicos delegatarios deberán asumir las funciones delegadas a partir de la fecha de publicación del presente acto administrativo en el Registro Distrital. Sin perjuicio de lo anterior, los servidores públicos delegatarios promoverán el ajuste de los procedimientos internos respectivos a lo ordenado en esta Resolución.

 

ARTÍCULO 6º. La presente Resolución rige a partir de su expedición y deroga las Resoluciones 563 del 29 diciembre de 2006 y 362 del 6 de septiembre de 2016.

 

PÚBLIQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 18 días del mes de diciembre del año 2019.

 

BEATRIZ ELENA ARBELÁEZ MARTÍNEZ

 

Secretaria Distrital de Hacienda