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Circular 011 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
10/02/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
10/02/2020
Medio de Publicación:
N/A
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 011 DE 2020

 

(Febrero 10)

 

PARA: SECRETARIA PRIVADA, ALTA CONSEJERÍA PARA LOS DERECHOS DE LAS VICTIMAS, LA PAZ Y LA RECONCILIACIÓN AL LA CONSEJERÍA TIC, OFICINA CONSEJERÍA DE COMUNICACIONES, SUBSECRETARIA CORPORATIVA, SUBSECRETARIA TÉCNICA, SUBSECRETARIA DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA, OFICINA ASESORA DE PLANEACIÓN, OFICINA ASESORA JURÍDICA, OFICINA CONTROL INTERNO, OFICINA CONTROL INTERNO DISCIPLINARIO, OFICINA TIC, DIRECCIÓN ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA, DIRECCIÓN DE CONTRATACIÓN, DIRECCIÓN DE TALENTO HUMANO, DIRECCIÓN DEL SISTEMA DISTRITAL DE SERVICIO A LA CIUDADANÍA, DIRECCIÓN DISTRITAL DE ARCHIVO DE BOGOTÁ, DIRECCIÓN DISTRITAL DE CALIDAD DEL SERVICIO, DIRECCIÓN DISTRITAL DE DESARROLLO INSTITUCIONAL Y DIRECCIÓN DISTRITAL DE RELACIONES INTERNACIONALES

 

DE: SECRETARIA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ

 

ASUNTO: PROCEDIMIENTO INTERNO IMPLEMENTACIÓN BANCO HOJAS DE VIDA "TALENTO, NO PALANCA".

 

La estrategia "Talento, no palanca", busca que los ciudadanos y ciudadanas interesadas en acceder a contratos de prestación de servicios profesionales y/o de apoyo a Ia gestión con entidades y organismos distritales, registren su perfil profesional o laboral, sin que, en ningún caso, conlleve Ia obligación de vinculación.

 

Fara tal efecto, a continuación, se imparten lineamientos para la consulta e identificación de ciudadanos con quienes se celebrarán contratos de prestación de servicios en la Secretaria General de la Alcaldía Mayor:

 

1. Cada dependencia de la Entidad deberá designar un enlace para gestionar la estrategia Talento, No Palanca, el cual será informado a la Dirección de Talento Humano.

 

La dependencia que requiere la prestación del servicio identificará en el plan anual de adquisiciones el (los) requerimiento (s) de contrato (s) de prestación de servicios y/o de apoyo a la gestión que va a satisfacer con perfiles registrados en el banco, de acuerdo con la cantidad asignada por este Despacho.

 

3. La dependencia deberá solicitar vía correo electrónico a la Dirección de Talento Humano la búsqueda de hojas de vida indicando los distintos criterios de priorización (Ej.: disciplina, entidad de preferencia, área de interés, tiempo de experiencia, acciones afirmativas, etc.).

 

4. La Dirección de Talento Humano remitirá vía correo electrónico la búsqueda efectuada en el banco de hojas de vida a la dependencia que realizó la solicitud.

 

5. A partir del filtro realizado por la Dirección de Talento Humano, la dependencia realizará un nuevo filtro bajo los criterios que defina.

 

6. Con el resultado de la búsqueda realizada por la dependencia, y de acuerdo con el formato "Texto Correo Electrónico para el ciudadano Talento, No palanca", el enlace de la dependencia requerirá al ciudadano vía correo electrónico para que remita por esa misma vía, los documentos de experiencia, escolaridad, certificados de antecedentes penales y requerimientos judiciales, antecedentes disciplinarios, certificado de responsabilidad fiscal, certificado de antecedentes de la Procuraduría y certificado de registro de medidas correctivas, dentro del término que establezca cada dependencia, que en todo caso no podrá ser menor a 24 horas. En dicho correo se deberá indicar al ciudadano las condiciones del contrato a celebrar (objeto, valor total del contrato y plazo).

 

7. Con los documentos recibidos oportunamente, cada dependencia en primera instancia verificara la idoneidad, de acuerdo con lo exigido en la tabla de honorarios de la entidad y en segunda instancia deberá considerar aspectos cualitativos tales como, la experiencia específica a relacionada o las posibles acciones afirmativas que puedan contribuir para acotar la búsqueda de posibles contratistas, a fin de llegar a un número plural y razonable de personas para ser entrevistadas.

 

8. Citar a entrevista individual o colectiva que deberá estar soportada por un registro de asistencia escrito y suscrita por la dependencia. Formato "Registro Entrevista 2020".

 

9. Iniciar proceso de contratación.

 

Cordialmente,

 

NOTA: Ver Anexo.

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General

 

Alcaldía Mayor de Bogotá

 

Proyectó: Lina María Sánchez Romero – Asesora Secretaría General