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Circular 013 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
14/02/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 013 DE 2020

 

(Febrero 14)

 

Para: SECRETARIOS (AS) DE DESPACHO, DIRECTORES (AS) DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS Y ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, DIRECTORES (AS) UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, GERENTES (AS) EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, DE SUBREDES INTEGRADAS DE SALUD, RECTOR ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, PRESIDENTE DEL CONCEJO DE BOGOTÁ, VEEDOR DISTRITAL, CONTRALOR DISTRITAL, PERSONERA DISTRITAL.


De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.


Asunto: Lineamientos para las entidades y los organismos del Distrito Capital para el proceso de negociación con las organizaciones sindicales en la vigencia 2020 e invitación a sesión de capacitación.


Radicado Interno: 2-2020-3919


De conformidad con las normas que rigen la materia[1], las entidades y los organismos distritales deberán adelantar el proceso de negociación colectiva con las organizaciones sindicales que presenten pliegos de solicitudes en la vigencia 2020.

 

Por lo anterior y con el fin de garantizar procesos exitosos de negociación en el Distrito Capital, se destacan los siguientes aspectos normativos:


1. ÁMBITOS DE NEGOCIACIÓN


Los pliegos generales o comunes, con efectos para todos los empleados del Distrito Capital, se negocian en la Mesa Distrital de Negociación Sindical.


Los pliegos singulares o de contenido particular se negocian en cada entidad u organismo distrital.


2. MATERIAS DE NEGOCIACIÓN[2]


1. Las condiciones de empleo.


2. Las relaciones entre las entidades y autoridades públicas competentes y las organizaciones sindicales de empleados públicos para la concertación de las condiciones de empleo.


3. MATERIAS EXCLUIDAS DEL PROCESO DE NEGOCIACIÓN: NO SE PUEDE NEGOCIAR[3]


1. La estructura del Estado y la estructura orgánica y la interna de sus entidades y organismos;


2. Las competencias de dirección, administración y fiscalización del Estado;


3. El mérito como esencia y fundamento de las carreras especiales y de la carrera administrativa general y sistemas específicos;


4. La atribución disciplinaria de las autoridades públicas;


5. La potestad subordinante de la autoridad pública en la relación legal y reglamentaria.


Conforme con las normas vigentes, se precisa que el tema del incremento salarial únicamente se concerta en la Mesa Distrital de Negociación Sindical de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.


Además, en las mesas de negociación que se establezcan en cada entidad u organismo del Distrito Capital, no se podrán adquirir compromisos que impliquen erogaciones del presupuesto distrital, tales como: nivelación y ajuste salarial, primas, entre otros conceptos.


4. DERECHOS Y GARANTÍAS SINDICALES


La Alcaldía Mayor de Bogotá D.C. reconoce los derechos y las garantías sindicales que la Constitución Política y la ley otorgan a las organizaciones sociales y sus afiliados. En consecuencia, la Administración Distrital deberá dar cumplimiento al artículo 2.2.2.4.14 del Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo 1072 de 2015, compilatorio del Decreto 160 de 2014, el cual señala que los empleados públicos que participan durante el término de la negociación gozan de las garantías de fuero sindical y permiso sindical de conformidad con las disposiciones legales vigentes sobre la materia.


Se reitera que el permiso sindical debe ser reconocido a través de acto administrativo por el nominador o el funcionario que éste delegue para tal efecto, previa solicitud de las organizaciones sindicales, y en cumplimiento de las reglas pactadas para los procesos de negociación.


5. COMPETENCIA DE LAS ENTIDADES Y ORGANISMOS DISTRITALES


Dados los ámbitos de negociación establecidos y los requisitos de comparecencia sindical, las solicitudes que alleguen las organizaciones sindicales a las entidades y los organismos distritales, que no sean de su competencia, no podrán ser negociados, ni trasladados.


6. CAPACITACIÓN EN NEGOCIACIÓN SINDICAL


Se convoca a una sesión de capacitación en negociación sindical, el día 20 de febrero de 2020, de 9:00 am a 12:00 m, en el Auditorio del Archivo de Bogotá, ubicado en la Calle 6B No. 5 - 75, la cual se desarrollará en el marco de la Estrategia de negociación, diálogo y concertación sindical en el Distrito Capital, correspondiente a la Política Pública Distrital de Gestión Integral del Talento Humano[4], en la que se dará a conocer el Protocolo de negociación sindical y se podrán aclarar las inquietudes que surjan al respecto.


Esta capacitación estará a cargo del Departamento Administrativo de la Función Pública y contará con la participación de los integrantes del equipo negociador designado por la Alcaldesa Mayor de Bogotá D.C. para la vigencia 2020.


Para este fin, deberán informar al correo electrónico yespitiaf@alcaldiabogota.gov.co, los siguientes datos: nombre de la entidad u organismo distrital, nombres completos de los asistentes, cargos, números de cédula, teléfono y correo electrónico, a más tardar el día 18 de febrero de 2020, a las 4:00 p.m. Por logística y seguridad, quien no se registre oportunamente no podrá ingresar al auditorio.


Finalmente, es de vital importancia para la Administración Distrital contar con su participación en la capacitación programada.


Cordialmente,


MARGARITA BARRAQUER SOURDIS


SECRETARIA GENERAL

 

Proyectó: Luz D. Suárez E - Profesional DDDI Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Revisó: Óscar Guillermo Niño del Río - Director Distrital Desarrollo Institucional Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Diana Carolina Restrepo Vélez - Contratista Subsecretaría Técnica Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Aprobó: Patricia Rincón Mazo - Subsecretaria Técnica Secretaría General de la Alcadía Mayor de Bogotá, D.C.

Luz Karime Fernández Castillo - Jefe de la Oficina Asesora Jurídica Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C


NOTAS DE PIE DE PAGINA:

[1] Decreto Nacional 1072 de 2015, compilatorio del Decreto Nacional 160 de 2014.

[2] Artículo 2.2.2.4.4 Decreto Nacional 1072 de 2015, compilatorio del Decreto Nacional 160 de 2014

[3] Idem

[4] CONPE5 D.C. 07