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CIRCULAR 14 DE 2020
Para: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, JEFES Y DIRECTORES DE LOS DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS INCLUIDAS LAS OFICIALES Y MIXTAS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO, SOCIEDADES DE ECONOMÍA MIXTA, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES, SOCIEDADES PÚBLICAS, RECTOR DEL ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, CONCEJO DE BOGOTÁ, PERSONERÍA DE BOGOTÁ, VEEDURÍA DISTRITAL.
De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDIA MAYOR DE BOGOTÁ.
Asunto: Inconvenientes técnicos en la plataforma tecnológica del Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas "Bogotá te escucha"
Radicado No. 2-2020-4057 del 14/02/2020
Es importante informar a las entidades y organismos distritales, que desde octubre de 2019 el Sistema Distrital para la Gestión de Peticiones Ciudadanas- "Bogotá te escucha" ha venido presentado demoras e intermitencias en la operación de la plataforma, fallas que han generado afectaciones masivas en los servicios brindados a los usuarios.
Para enfrentar esta situación, y de conformidad con los análisis técnicos realizados por la Secretaría General de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C., se definieron las siguientes medidas de carácter temporal, tendientes a facilitar el ingreso y uso del Sistema:
1. Se ha determinado habilitar el servicio por franjas horarias para los usuarios funcionales en las entidades y organismos distritales, y sin restricción para la ciudadanía; dichos horarios han sido informados a través de los correos electrónicos de tos usuarios activos del Sistema.
2. Se ha dispuesto la mesa de ayuda del Sistema (soportepeticiones@alcaldia.gov.co), con el propósito de brindar asistencia permanente a los usuarios.
Se adjunta Anexo, por medio del cual se orienta el proceso de gestión de peticiones, durante la estabilización del Sistema.
Es preciso mencionar que, durante el proceso de estabilización del Sistema, no se aplicará medición por extemporaneidad respecto de las actividades y transacciones que se realizan en el Sistema, conforme el Manual para la Gestión de Peticiones Ciudadanas, siendo posible registrar o gestionar las peticiones a medida que el Sistema lo permita, o como plazo máximo el definido en comunicación oficial que será emitida por la Secretaría General.
De otra parte, respecto a los seguimientos de peticiones vencidas que realiza esta Secretaría en los primeros días de cada mes, se informa que el mismo, se realizará remitiendo una alerta informativa, enfocada a que las entidades y organismos distritales validen si la petición ya fue atendida y su gestión no ha sido actualizada en el Sistema, o si, por el contrario, es una petición que requiere atención urgente.
No obstante, se reitera la importancia de garantizar la atención de las peticiones ciudadanas en los términos de Ley[1] . Para ello, de ser necesario podrá darse traslado o respuesta escrita a las peticiones ciudadanas, sin perjuicio de su posterior registro y gestión en el Sistema.
De antemano, agradecemos toda la disposición y el apoyo en el trabajo articulado y coordinado, con el fin de brindar un servicio de atención a la ciudadanía con calidad.
Cordialmente,
MARGARITA BARRAQUER SOURDIS
SECRETARIA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ D.C.
Anexos: Dos (2) Folios Proyectó: Jarol Eder Hernández Vargas Oscar Mauricio Velásquez Rodríguez Revisó: Nubia Elsy Gómez Meza Aprobó:Lina María Sánchez Romero Carlos Alberto Sánchez Rave Luz Karime Fernández Castillo
Nota: Ver Anexo.
NOTAS DE PIE DE PÁGINA [1] Artículo 14 de la Ley 1755 de 2015: Términos para resolver las distintas modalidades de peticiones. |