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Circular 025 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
12/03/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

 CIRCULAR 025 DE 2020

 

(Marzo 12)


Para: SECRETARIOS(AS) DE DESPACHO, DIRECTORES(AS) DE DEPARTAMENTO ADMNISTRATIVO, DIRECTORES, GERENTES O PRESIDENTES DE ENTIDADES Y ORGANISMOS DISTRITALES, ENTES DE CONTROL DISTRITAL, ENTE UNIVERSITARIO AUTÓNOMO, JEFES DE PLANEACIÓN Y JEFES Y ASESORES DE CONTROL INTERNO.


De: SECRETARÍA GENERAL ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ

 

Asunto: DIRECTRICES PARA EL REPORTE DE LA META PRODUCTO “GESTIONAR EL 100 % DEL PLAN DE ADECUACIÓN Y SOSTENIBILIDAD SIGD-MIPG”, VIGENCIA 2020.

 

En cumplimiento de las directrices impartidas mediante Circulares 001 y 002 de 2019 de la Secretaría General para el reporte de la meta "Gestionar el 100% del plan de adecuación y sostenibilidad SIGD-MIPG" se continuará utilizando como mecanismo para el reporte de la misma el "plan de adecuación y sostenibilidad del Sistema de Gestión bajo el referente MIPG".

 

Para lo anterior, las entidades deben tener en cuenta las siguientes consideraciones para la formulación del plan y el reporte de la meta:

 

- Los resultados de la medición del avance a la implementación del Modelo Integrado de Planeación y Gestión - MIPG reportado a través del Formulario Único de Reporte y Avance de Gestión - FURAG, los cuales pueden ser consultados en el siguiente link del Departamento Administrativo de la Función Pública: http://www.funcionpublica.gov.co/web/mipg/visualizacionresultados-consolidados.

 

- Los informes personalizados de los resultados del FURAG elaborados por la Secretaría General, remitidos a las entidades distritales, donde se reflejan los resultados discriminados por cada pregunta y de acuerdo con la respuesta se identifican los temas que se deberán priorizar en el plan de acción institucional, así como en el plan de adecuación y sostenibilidad del SIG — MIPG de cada entidad distrital.

 

- Los resultados de la aplicación de las herramientas de autodiagnóstico de las políticas de gestión y desempeño emitidas por el Departamento Administrativo de la Función Pública y las cuales permiten evaluar el estado de cada una de las políticas que hacen parte del http://www.funcionpublica.gov.co/web/mipg/autodiagn%C3%B3stico

 

- Los requerimientos mínimos, herramientas metodológicas, lineamientos técnicos de cada una de las políticas de gestión y desempeño que hacen parte del MIPG. Así como las directrices impartidas por los líderes de política tanto a nivel nacional como distrital en sus diferentes actos administrativos.

 

Este plan debe ser aprobado y monitoreado por el Comité Institucional de Gestión y Desempeño, y debe ser publicado en las páginas web de las respectivas entidades y organismos distritales, a más tardar el día 31 de marzo de 2020.

 

El seguimiento y reporte para la vigencia 2020 se realizará con el Plan mencionado, mientras se realiza la armonización con el nuevo Plan Distrital de Desarrollo y con una periodicidad trimestral a través del sistema de seguimiento a los Programas, Proyectos y Metas al plan de desarrollo "SEGPLAN", de acuerdo con las directrices y programación emitida por la Secretaría Distrital de Planeación — SDP.

 

Cordialmente,

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General — Alcaldía Mayor de Bogotá

 

Proyectó: Johana Patricia Murillo Castro — Contratista - Subdirección Técnica de Desarrollo Institucional.

Revisó: Alexandra Arévalo Cuervo — Subdirectora Técnica de Desarrollo Institucional.

Revisó: Oscar Guillermo Niño del Rio — Director Distrital de Desarrollo Institucional.

Revisó: Luz Karime Fernández Castillo — Jefe Oficina Asesora Jurídica.

Aprobó: Gloria Patricia Rincón Mazo — Subsecretaria Técnica. Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá.