RÉGIMEN LEGAL DE BOGOTÁ D.C.

© Propiedad de la Secretaría Jurídica Distrital de la Alcaldía Mayor de Bogotá D.C.

Secretaría
Jurídica Distrital

Cargando el Contenido del Documento
Por favor espere...

Circular 044 de 2020 Secretaría General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
06/05/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 044 DE 2020

 

(Mayo 06)


Ver Circular Externa 17 de 2020. Departamento Administrativo del Servicio Civil Distrital.

 

Para: SECRETARIOS DE DESPACHO, DIRECTORES/AS DE DEPARTAMENTOS ADMINISTRATIVOS, PRESIDENTES/AS, DIRECTORES/AS DE ESTABLECIMIENTOS PÚBLICOS, UNIDADES ADMINISTRATIVAS ESPECIALES, EMPRESAS INDUSTRIALES Y COMERCIALES DEL DISTRITO, SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA, SOCIEDADES PÚBLICAS, EMPRESAS DE SERVICIOS PÚBLICOS, EMPRESAS SOCIALES DEL ESTADO.

 

De: SECRETARÍA GENERAL DE LA ALCALDÍA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

Asunto: Aclaración a la circular 043 de la Secretaria General (Sic) que Directrices para retornar al desempeño presencial de las funciones y obligaciones de los organismos públicos distritales.

 

Reciban un cordial saludo,

 

Por instrucciones de la Alcaldesa Mayor se precisa que el alcance de la circular 043 en ningún caso implica el retorno inmediato, a partir del 11 de Mayo, de todos los funcionarios del Distrito. El alcance de la circular 043 solo da instrucciones al equipo directivo de cada entidad de iniciar la implementación de los protocolos de bioseguridad establecidos en las normas nacionales y distritales, la permanencia de teletrabajo y trabajo en casa como medio preferencial, y el establecimiento de turnos de trabajo en diferentes horarios para la reincorporación gradual y segura de funciones presenciales.

 

Esto con el fin de dar cumplimiento a las obligaciones dadas a los entes territoriales de asistencia a la población pobre y vulnerable, las actividades de los servidores públicos y contratistas del Estado que sean estrictamente necesarias para prevenir, mitigar y atender la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19, para garantizar el funcionamiento de los servicios indispensables del Estado, de verificación de protocolos, establecer los lineamientos de gradualidad y reinicio de las más de 46 actividades económicas autorizadas por el Gobierno Nacional.

 

Cordialmente,

 

MARGARITA BARRAQUER SOURDIS

 

Secretaria General Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.