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ACUERDO 762 DE 2020
(Junio 30)
Por el cual se adiciona un lineamiento de Política Pública al Acuerdo 672 de 2017, con el fin de promover, fortalecer y consolidar la asociatividad, la articulación y la participación entre organizaciones juveniles del Distrito Capital
EL CONCEJO DE BOGOTÁ D.C.
En uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, artículo 12 numeral 1, Ver Proyecto de Acuerdo 031 de 2020 Concejo de Bogotá, D.C.
ACUERDA:
ARTÍCULO 1.- Objetivo General. Adicionar al Acuerdo 672 de 2017, el siguiente lineamiento de política pública:
“Promover, fortalecer y consolidar la asociatividad, la articulación y la participación entre organizaciones juveniles del Distrito, que contribuyan a la transformación positiva de la comunidad dirigido al cuidado de lo público, el ambiente y la prevalencia del interés general”
ARTÍCULO 2.- Adicionar al artículo 4 del Acuerdo 672 de 2017, sobre finalidades de la política pública de juventud, los siguientes numerales:
“8. Fortalecer las organizaciones sociales juveniles del Distrito Capital, a través de la formación de sus líderes y lideresas, fomentando la cultura de la participación ciudadana, para consolidarlos como agentes de cambio, dentro y fuera de sus comunidades.
9. Fomentar la acción colectiva, la construcción de diferentes esquemas asociativos, organizativos y alianzas, entre organizaciones e iniciativas juveniles, tanto nacionales como internacionales, para lograr mayor incidencia en la mejora de su comunidad y de la ciudad.
10. Incentivar el reconocimiento a las organizaciones sociales de Bogotá D.C. visibilizando sus proyectos relacionados con procesos de construcción colectiva de ciudad”
ARTÍCULO 3.- Alcance. Actualizar el CONPES Distrital No. 08 de 2019, para hacer efectivas las medidas de este Acuerdo.
ARTICULO 4.- Adicionar al artículo 11 del Acuerdo 672 de 2017, el numeral 13, con el siguiente tenor.
“El Distrito Capital, a través del Instituto Distrital de la Participación y Acción Comunal -IDPAC- o quien haga sus veces, en coordinación con las instituciones que tengan competencia en la Política Pública de Juventud del Distrito Capital, desarrollará acciones para promover la sostenibilidad de todas las expresiones de Asociatividad y de Participación de las Organizaciones Sociales Juveniles del Distrito Capital”
ARTÍCULO 5.- El presente Acuerdo rige a partir de la fecha de su publicación y deroga todas aquellas que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 30 días del mes de junio del año 2020.
CARLOS FERNANDO GALÁN PACHÓN
Presidente
ILBA YOHANNA CÁRDENAS PEÑA
Secretaria General de Organismo de Control
CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ
Alcaldesa Mayor de Bogotá, D.C. |