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Resolución 873 de 2007 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
26/09/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
25/10/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3862 de octubre 25 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0873 DE 2007

(Septiembre 26)

Derogada por el art. 3, Resolución E.A.A.B. 158 de 2008

Por la cual se adiciona la Resolución 589 del 11 de julio de 2007.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.,

en ejercicio de sus facultades legales, y estatutarias, en especial las conferidas por el literal a y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 y

CONSIDERANDO:

Que el Acuerdo No 11 del 25 de Junio de 2007, modificó la estructura organizacional de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., derogando todas las normas vigentes hasta ese momento sobre delegación de funciones.

Que el 25 de junio de 2007, se expidió la Resolución 527 por medio de la cual se ajusto el manual específico de funciones y competencias laborales para los empleados públicos de la Empresa.

Que el 11 de julio de 2007, el Gerente General mediante Resolución 589, delegó unas funciones para garantizar la aplicación de las políticas necesarias para el normal funcionamiento de la EAAB ESP.

Que se debe modificar y adicionar la Resolución 589 de 2007 para incluir unas delegaciones para las Direcciones de Salud y de Servicios Administrativos.

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO PRIMERO.- Adicionar el artículo primero de la Resolución 589 del 11 de julio de 2007, el cual quedará así:

"ARTICULO PRIMERO.- Delegar en los Gerentes Corporativos de Servicio al Cliente, de Sistema Maestro, Financiero, de Gestión Humana y Administrativa, Ambiental y de Planeamiento y Control, de Tecnología y Jurídico, así como en los directores de Servicios Administrativos y Salud, la representación legal de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogota –ESP- en todos los asuntos relacionados con las actividades propias de cada área.

PARÁGRAFO.- La delegación de la representación legal comprende, entre otras, la ordenación del gasto y del pago, la aceptación de ofertas y la suscripción de contratos y convenios, la expedición y firma de actos administrativos, la fijación de las tarifas de los servicios prestados por sus respectivas dependencias, conexos con los servicios públicos domiciliarios, el otorgamiento de poderes y los demás actos en virtud de los cuales se contraigan obligaciones".

ARTÍCULO SEGUNDO.- Vigencia.- La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y adiciona la Resolución 589 del 11 de julio de 2007.

Dada en Bogotá, D.C. a los veintiséis (26) días del mes de Septiembre de 2007.

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

EDGAR ANTONIO RUÍZ RUÍZ

Gerente General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3862 de octubre 25 de 2007.