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Resolución 762 de 2007 Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá -ESP

Fecha de Expedición:
05/09/2007
Fecha de Entrada en Vigencia:
06/09/2007
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3830 de septiembre 06 de 2007
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0762 DE 2007

(Septiembre 05)

Derogada por el art. 3, Resolución E.A.A.B. 158 de 2008

Por la cual se adiciona la Resolución 576 del 4 de julio de 2007.

EL GERENTE GENERAL DE LA EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ E.S.P.,

en ejercicio de sus facultades legales y estatutarias, en especial las conferidas por los literales a) y k) del artículo 15 del Acuerdo No. 001 de 2002 y

CONSIDERANDO:

Que el principio de delegación es de rango constitucional y está consagrado en el artículo 209 de la Carta, en los siguientes términos: "La función administrativa esta al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, la delegación y la desconcentración de funciones".

Que el artículo 9º de la Ley 489 de 1998, desarrolla en el anterior principio constitucional al preceptuar que: "Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política y de conformidad con la presente ley, podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines o complementarias".

Que el Acuerdo No 11 del 25 de Junio de 2007, modificó la estructura organizacional de la Empresa de Acueducto y Alcantarillado de Bogotá - E.S.P., derogando todas las normas vigentes hasta ese momento sobre delegación de funciones.

Que el 4 de julio de 2007, se expidió la Resolución 576 por medio de la cual se delegan las funciones de gasto y pago para el eficiente cumplimiento de la misión de la Empresa de acuerdo con la estructura organizacional vigente.

Que el 11 de julio de 2007, se expidió la resolución 589 por medio de la cual se delegan unas funciones relacionadas con la representación legal del Acueducto de Bogotá.

Que las actividades de la Unidad Ejecutora de las Localidades (UEL) están bajo la supervisión directa del Director de la Unidad de Apoyo Técnico y es necesario garantizar la oportunidad en la toma de decisiones sobre los recursos financieros que administran.

Que actualmente la ordenación de Gasto y Pago de la UEL se encuentra delegada en la Gerencia de Servicio al Cliente.

Que es necesario reasignar la delegación de las funciones relacionadas con la ordenación del gasto y del pago de la Unidad Ejecutora de Localidades (UEL).

Que en mérito de lo anterior,

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°. Reasumir por parte del Gerente General, la representación legal, incluidas las funciones de ordenación de gasto y pago relacionadas con la Unidad Ejecutora de las Localidades (UEL).

ARTÍCULO 2°. Delegar en el Director de la Unidad de Apoyo Técnico la representación legal del Acueducto de Bogotá incluidas las funciones de ordenación de Gasto y Pago del Presupuesto asignado a la Unidad Ejecutora de las Localidades (UEL).

ARTÍCULO 3°. Vigencia: La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación y modifica las Resoluciones 576 del 4 de julio de 2007 y 589 del 11 de julio de 2007.

Dada en Bogotá, D.C. a los cinco (5) días del mes de Septiembre de 2007

COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

EDGAR ANTONIO RUÍZ RUÍZ

Gerente General

NOTA: Publicada en el Registro Distrital 3830 de septiembre 06 de 2007.