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Circular 052 de 2020 Secretaría Distrital de Salud

Fecha de Expedición:
03/08/2020
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR 052 DE 2020

 

(Agosto 03)

 

PARA: GERENTES SUBREDES INTEGRADAS DE SERVICIOS DE SALUD SUBSECRETARIO DE PLANEACION SECTORIAL, SUBSECRETARIO DE GESTIÓN TERRITORIAL, PARTICIPACIÓN Y SERVICIO A LA CIUDADANIA-DIRECTORA DE PARTICIPACION SOCIAL, GESTIÓN TERRITORIAL Y TRANSECTORIALIDAD.

 

DE:  SECRETARIO DE DESPACHO DE LA SECRETARÍA DISTRITAL DE SALUD DE BOGOTÁ

 

ASUNTO: CONVOCAR LA ELECCIÓN DE LA TERNA PARA LA DESIGNACION DEL REPRESENTANTE DE LAS ASOCIACIONES DE USUARIOS ANTE EL CONSEJO DISTRITAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD - CDSSS

 

Se expide la presente Circular convocando a las Asociaciones de Usuarios que funcionan en el Distrito Capital, para que adelanten el proceso de elección de la terna de candidatos que será presentada a la Alcaldesa Mayor de Bogotá con el fin de designar el representante de estas asociaciones ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud, en los términos establecidos en el Numeral 6 del Artículo 1° del Decreto 112 de 2002.

 

El proceso de elección de la terna, derivado de esta convocatoria se realizará por medios digitales, en reuniones virtuales, con el acompañamiento técnico de la Jefatura de Participación y Servicio a la Ciudadanía de cada una de las Subredes Integradas de Servicios de Salud y su referente de participación en las Unidades de Servicios de Salud USS, así como de las EAPB, en coordinación con los profesionales de Gestión Institucional de Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad de la SDS, considerando que la Alcaldía Mayor mantiene las medidas tendientes a la preservación de la vida y la mitigación de riesgos en el desarrollo de las aglomeraciones en el Distrito Capital con ocasión de la situación epidemiológica de Coronavirus (SARS-Cov-2) causante de la enfermedad Covid -19.

 

En este sentido, ante la propagación en la ciudad de casos positivos por Covid- 19, como factor de protección de la salud individual y colectiva, conforme a las instrucciones impartidas por el gobierno Nacional y Distrital, se tendrán en cuenta las siguientes directrices para llevar a cabo la elección de la terna de candidatos para la designación del representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud, objeto de la presente convocatoria.

 

PARTE GENERAL

 

El Decreto 112 de 2002, establece la conformación del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud de Bogotá, incluyendo dentro de sus miembros un (1) representante de las Asociaciones de Usuarios:

 

“ARTICULO 1o.- CONFORMACIÓN. El Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud de Bogotá, estará conformado por los siguientes miembros:

 

 

6. Un representante por las asociaciones o alianzas de usuarios que funcionen en Bogotá, el cual será designado por el Alcalde Mayor de terna presentada por las asociaciones o alianzas respectivas.

 

…”

 

El Decreto 212 de 2007, adiciona el Parágrafo 1 del Artículo 1º del Decreto 112 de 2002, señalando el procedimiento para la realización del proceso de selección de los miembros no gubernamentales que hayan cumplido el período para el cual fueron designados, asignando dicha función a la Autoridad Distrital competente.

 

A su turno el Acuerdo 641 de 2016 del Concejo de Bogotá, faculta a la Administración Distrital para reordenar el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud, en lo concerniente a su conformación y funciones, ampliando la participación actual e incorporando las funciones relacionadas en la Ley 1438 de 2011.

 

De acuerdo con las competencias establecidas en el Decreto 507 de 2013: “Por el cual se modifica la Estructura Organizacional de la Secretaría Distrital de Salud de Bogotá, D.C.”, según el Artículo 28, esta Secretaría, a través de la Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad, llevará a cabo la asistencia técnica a las Entidades Públicas del Sector Salud del Distrito Capital, como  parte  de  la función  rectora  en  la  conducción  de  los  procesos de participación social, exigibilidad y garantía efectiva del derecho a la salud, concretando elementos de seguimiento y verificación a su gestión en el ámbito local y distrital.


Por tanto, para desarrollar el proceso de convocatoria y elección de la terna de candidatos de la cual se designará el representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS, la Secretaría Distrital de Salud emite las siguientes orientaciones:

 

FASE I

 

CONVOCATORIA Y ELECCION DE CANDIDATOS POR SUBRED

 

1. La Secretaría Distrital de Salud - SDS, convocará a las Asociaciones de Usuarios de las Unidades de Servicios de Salud, a través de la respectiva Subred Integrada de Servicios de Salud ESE, con el propósito de realizar una reunión virtual por Subred, en la que se elijan dos (2) candidatos por parte de las asociaciones de usuarios, de la correspondiente Subred, para ser parte de la terna.

 

2. La Secretaría Distrital de Salud - SDS, convocará a las Asociaciones de Usuarios de las EAPB, a través del equipo de Gestión Institucional de Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad, con el propósito de realizar una reunión virtual en la que se elijan dos (2) candidatos por parte de las asociaciones de usuarios de las EAPB en el Distrito Capital, para ser parte de la terna.


3. Las reuniones virtuales por Subred y la de las EAPB en el Distrito Capital, se realizarán entre el 1 y el 30 de agosto de 2020. Como resultado de estas reuniones, se contará con un grupo a nivel distrital de diez (10) candidatos que participarán en la siguiente fase.

 

4. Como parte de la agenda de las reuniones se socializará a los miembros de las asociaciones los aspectos generales del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS.

 

5. Igualmente, se informarán los siguientes requisitos y perfil que deben ostentar quienes aspiren a ser candidatos de las Asociaciones de Usuarios para ser parte de la terna de la cual se designará el representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud – CDSS.

 

5.1. Requisitos de los candidatos

 

    Hacer parte de la Asociación de Usuarios, y estar inscrito en el libro o mecanismo de registro respectivo en las Unidades de Servicios de Salud y en las EAPB,


  Cumplir funciones específicas en la Asociación de Usuarios.


 Acreditar una experiencia de trabajo no inferior a un año en la Asociación de Usuarios. Esta experiencia debe corresponder al año inmediatamente anterior.


  No encontrarse inmerso en conflictos de interés, ni incurso en ninguna de las inhabilidades e incompatibilidades contempladas en la Ley:


 No existir parentesco hasta el cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad, primero civil o con quien estén ligados/as por matrimonio o unión permanente con funcionarios/as del nivel directivo de la Subred Integrada de Servicios de Salud- ESE de cualquiera de las USS que conforman la Subred.


 Quien se encuentre vinculado/a como servidor/a público/a o contratista de la Subred Integrada de Servicios de Salud- ESE o de las USS que la conforman.


 No haber sido sancionado/a penal, administrativa, fiscal ni disciplinariamente en los últimos cinco años anteriores a la elección.


6. Perfil de los candidatos


Teniendo en cuenta la trascendencia de la participación del representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS, se recomienda cumplir un perfil mínimo que garantice una participación, activa, propositiva y coherente en este espacio de toma de decisiones.


Características personales:


 Persona comprometida y coherente con lo que dice y hace en pro de la   comunidad.


 Manejo asertivo de relaciones interpersonales.


 Con capacidad de concertación.


 Con disposición para adquirir y compartir conocimientos.


  Imparcial.


 Propositivo.


 Respetuoso.


 Reflexivo y crítico.


 Ético.


 Honesto.


  Con vocación de servicio.


  Amable.


 Disposición para el trabajo con la comunidad.


 Con disponibilidad de tiempo para cumplir sus compromisos.


Características como líder:


 Con capacidad de fomentar la comunicación clara, directa, concreta y respetuosa.


  Con sentido de pertenencia e identidad con quienes representa y con capacidad de anteponer los intereses colectivos a los particulares.


 Leal con su comunidad.


  Consultivo y constructivo.


 Capacidad de trabajar en equipo.


  Con capacidad de planeación.


  Con capacidad de recibir y multiplicar con la organización que lo eligió la información de interés.


  Tener conocimientos en legislación en materia de salud.

 

FASE II

 

ELECCION DE LA TERNA DE CANDIDATOS

 

1. La Secretaría Distrital de Salud— SDS, a través de la respectiva Subred Integrada de Servicios de Salud ESE y del equipo de Gestión Institucional de Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad, convocará y realizará la reunión virtual de orden distrital, el día 31 de agosto de 2020 a partir de las 09:00 a.m., en la cual se elegirá la terna de candidatos por parte de las asociaciones de usuarios que será presentada a la Alcaldesa Mayor de Bogotá para la designación del representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud.

 

2. En esta reunión participaran los presidentes de las Asociaciones de Usuarios de las USS y las EAPB y/o quienes hagan sus veces o los delegados, designados para tal fin, con voz y voto. En todo caso, se contará con un (1) voto por asociación. La votación se realizará con el número de participantes con voto, presentes en la reunión, al momento de la elección.

 

3. Los diez (10) candidatos elegidos en las reuniones virtuales, previas, de las Asociaciones de Usuarios por Subred y de las EAPB, participarán con voz en la reunión con el propósito de hacer su presentación y/o propuesta de trabajo, para lo cual cada candidato tendrá disponible máximo cinco (5) minutos.

 

4. La reunión será presidida por el líder del equipo de Gestión Institucional de Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad de la SDS.

 

5. Al inició de la reunión se verificará, de acuerdo con el listado de delegados y candidatos, los participantes en la sesión virtual, para efectos del registro en el acta.

 

6. Una vez realizadas las presentaciones y/o propuestas de los candidatos se pondrá a disposición de los participantes con capacidad de voto el formulario virtual de votación.

 

7. Realizada la votación se informarán los resultados. Los tres candidatos con mayor votación conformarán la terna al Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS.

 

8. En caso de presentarse empate en los resultados de la votación para el tercer candidato a integrar la terna se dirimirá de la siguiente manera:


 Se realizará un nuevo proceso de votación entre el tercero y cuarto o subsiguientes de la lista que se encuentren empatados, mediante un nuevo formulario virtual. Quien obtenga la mayor votación será el tercer candidato de la terna.


 En caso mantenerse dicho empate, se dirimirá al azar.

 

FASE III 


POST-ELECCIÓN

 

DOCUMENTACIÓN

 

Una vez elegida la terna de candidatos de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS, las personas que la conformen deberán radicar ante Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad de Ia Secretaria Distrital de Salud o quien haga sus veces, los siguientes documentos:


 Certificado de existencia de la respectiva Asociación de Usuarios o acta de conformación de la Asociación de Usuarios.


 Listado en medio magnético, con el número y nombre de los asociados que integran la Asociación de Usuarios.


 Carta donde conste su aceptación expresa, en caso de ser designado integrante del Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud en representación de las Asociaciones de Usuarios.

 

DESIGNACIÓN

 

Revisados los documentos aportados por los integrantes de la terna, la Alcaldesa Mayor de Bogotá, designará el representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud – CDSS.

 

POSESIÓN

 

Realizada la designación por parte de la Alcaldesa Mayor de Bogotá, se comunicará al representante el lugar, fecha y hora programada para la posesión ante el Secretario Distrital de Salud. Surtido el proceso se enviará copia del acta de posesión a la Subsecretaría de Gestión Territorial, Participación y Servicio a la Ciudadanía, la Subsecretaria de Planeación Sectorial y la Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad de la Secretaria Distrital de Salud, para lo de su competencia.

 

OTRAS CONSIDERACIONES

 

COMPROMISOS DEL REPRESENTANTE

 

El representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS deberá:


  Cumplir cabalmente las funciones establecidas en los Decretos 112 de 2002 y 812 de 2016.


 Mantener canales de comunicación permanentes con las Juntas Directivas de las Asociaciones de Usuarios que representa a fin de conocer sus inquietudes.


 Promover, asumir y defender proyectos y propuestas para el mejoramiento continuo de los servicios de salud en el Distrito Capital, adoptando una posición que corresponda a los intereses de los usuarios.


 Presentar de manera semestral un informe de la gestión realizada como representante ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud – CDSSS a los órganos de dirección y administración de las Asociaciones de Usuarios que representa.

 

PERIODO DEL REPRESENTANTE

 

El periodo durante el cual ejercerá las funciones el representante de las Asociaciones de Usuarios ante el Consejo Distrital de Seguridad Social en Salud - CDSS, será de dos (2) años. Mientras se cumple el proceso de selección, quien se encuentre designado continuará desarrollando sus funciones hasta cuando se produzca la nueva designación, en los términos establecidos en el Decreto 212 de 2007.

 

Finalmente, solicito su colaboración para que las Jefaturas de Participación y Servicio a la Ciudadanía de cada una de las Subredes y quien haga sus veces en las EAPB, en coordinación con los profesionales de Gestión Institucional de Ia Dirección de Participación Social, Gestión Territorial y Transectorialidad de la SDS, asistan técnicamente a los espacios e Instancias de Participación Social en Salud para que se dé a buen término este proceso.

 

ALEJANDRO GÓMEZ LÓPEZ