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Resolución 396 de 1998 Fondo de Educación y Seguridad Vial - FONDATT

Fecha de Expedición:
--//1998
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 0396 DE 1998

RESOLUCIÓN 396 DE 1998

(diciembre 30)

 

por la cual se determina el valor de las tasas para los servicios que presta la Secretaría de Tránsito y Transporte y el FONDATT.

 

El Director Ejecutivo del Fondo de Educación y Seguridad Vial "FONDATT" , en uso de las facultades legales, y en especial las que le confieren los Decretos 266 y 267 de 1991, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el Artículo 3 del Decreto 266 del 9 de Mayo de 1991, establece en su ordinal 5 que es función de la Junta Directiva del FONDATT fijar las tasas por los servicios que presta el Fondo.

 

Que así mismo y según lo consagrado en el ordinal 2 del Artículo 18 del Decreto 267 del 9 de Mayo de 1991, también hace parte del patrimonio del FONDATT, los recursos provenientes de la prestación de servicios de la Secretaría de Tránsito y Transporte, correspondiendo a la Junta Directiva del Fondo reglamentar el valor de los importes respectivos.

 

Que en sesión de la Honorable Junta Directiva, celebrada el día 22 de diciembre de 1998, sus miembros por unanimidad delegaron en el Director Ejecutivo del Fondatt la facultad para fijar mediante Resolución, las tasas para los servicios que prestan el Fondatt y la Secretaría de Tránsito y Transporte, para 1999, de acuerdo con el Índice de Precios al Consumidor "IPC" dado por el Departamento Nacional de Estadística "DANE" acumulado a 31 de Diciembre de 1998, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 242 de 1995, y ajustando por exceso o por defecto a la centena más próxima, el valor resultante de la liquidación de la nueva tasa.

 

Que en virtud de los considerandos anteriores el Director Ejecutivo del Fondo de Educación y Seguridad Vial Fondatt.

 

RESUELVE:

 

Artículo 1º.- Las tasas para los derechos y servicios que presta la Secretaría de Tránsito y Transporte y/o el FONDATT directamente o través de terceros para la vigencia de 1999, se incrementaran en el valor del IPC acumulado a 31 de diciembre para 1998, partiendo de las tasas fijadas para el año de 1998.

 

Artículo 2º.- El valor resultante de la liquidación de la nueva será ajustada por exceso o por defecto a la centena más próxima.

 

Artículo 3º.- Los concesionarios enviarán a la Secretaría de Tránsito y Transporte las nuevas tablas donde aparezcan las tarifas para 1999, con el fin de que se verifique la liquidación, a más tardar el 15 de enero del mismo año.

 

Artículo 4º.- Esta Resolución rige a partir del primero (1º) de enero de 1999 y deroga las normas que le sean contrarias.

 

Publíquese y cúmplase.

 

El Director Ejecutivo FONDATT, GUILLERMO SALCEDO HERNÁNDEZ.

 

NOTA: La presente Resolución aparece publicada en el Registro Distrital No. 1814 de enero 6 de 1999.