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Circular 1 de 2003 Fondo de Ahorro y Vivienda Distrital FAVIDI

Fecha de Expedición:
11/11/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/11/2003
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

EL JEFE DE LA SECCION DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS

CIRCULAR EXTERNA No. 1

(Noviembre 11 de 2003)

DE:

FONDO DE AHORRO Y VIVIENDA DISTRITAL. FAVIDI

PARA:

ENTIDADES AFILIADAS

ASUNTO:

INSTRUCTIVO TRÁMITE CESANTIAS PERÍODO DE TRANSICIÓN

FECHA:

11 de Noviembre de 2003

Como es de su conocimiento de todos ustedes, el señor Alcalde Mayor expidió el Decreto Distrital 376 del 22 de octubre de 2003, el cual dispuso que a partir del 30 de noviembre de 2003 las entidades afiliadas a FAVIDI deberán dirigir, coordinar y ejecutar las actividades de reconocimiento, liquidación, sustanciación, validación y custodia de los expedientes de cesantías.

Para los efectos anteriores, FAVIDI realizó una reunión el 30 de octubre de 2003 con los funcionarios designados por las entidades, a quienes se les comunicó los efectos del Decreto y se les informó que FAVIDI efectuaría la entrega de los expedientes físicos de cesantías de los funcionarios de las entidades afiliadas.

Sin perjuicio de lo anterior, se ha considerado necesario, con el fin de precisar algunos puntos del proceso de transición de funciones y garantizar la atención permanente a los beneficiarios del auxilio, señalar ciertos aspectos que deberán tenerse en cuenta por su entidad y sobre los cuales requeriremos toda su atención y colaboración.

1. FAVIDI efectuará la entrega de los expedientes de cesantías durante el mes de noviembre de 2003, para lo cual la Jefe de Servicios Administrativos y la Jefe de la Sección de Cesantías, contactará al Jefe de Recursos Humanos de su Entidad y le señalará fecha y hora para el recibo de los expedientes en las instalaciones de FAVIDI.

2. Los funcionarios de las entidades afiliadas podrán seguir radicando sus cesantías en FAVIDI, hasta el día viernes 28 de noviembre de 2003, con el formulario vigente hasta esa fecha, pero deberá tenerse en cuenta por parte de las Oficinas de Recursos Humanos de las entidades afiliadas, las siguientes circunstancias, que de presentarse necesariamente implicarán un trámite adicional, el cual queremos comunicar y hacer lo más sencillo posible.

a) Radicaciones de cesantías hasta el 11 de noviembre de 2003: FAVIDI realizará el proceso de sustanciación, validación y visitas de las solicitudes de cesantías radicadas hasta dicha fecha y procederá a la entrega del expediente a las entidades nominadoras, dejando sólo pendiente de tramité el pago. En estos casos, FAVIDI eventualmente solicitará a las entidades la colaboración en el suministro de la información que requiera para responder los derechos de petición y tutelas que se presenten.

b) Radicaciones de cesantías entre el 12 y el 28 de noviembre de 2003: FAVIDI continuará radicando cesantías, con el formato vigente y con los correspondientes anexos, pero, teniendo en cuenta que durante éste período ha efectuado la entrega de los expedientes a las entidades, FAVIDI solicitará por escrito la colaboración de las oficinas de recursos humanos, para que ésta firme y diligencie los espacios que se requieran del nuevo formulario, en un termino no mayor a 8 días.

Con base en la documentación aportada por el beneficiario de las cesantías y la información remitida por la Entidad en el nuevo formato, FAVIDI efectuará el estudio y sustanciación de las solicitudes radicadas hasta la fecha antes señalada.

De otra parte FAVIDI podrá solicitar en algunos casos especiales, la información que obre en los expedientes, con el fin de realizar la sustanciación y validación de las radicaciones de cesantías que se efectúen hasta el 28 de noviembre de 2003, para lo cual amablemente solicitamos su colaboración.

d) Solicitudes de cesantías radicadas y con inconsistencias a 30 de noviembre de 2003: En los casos de solicitudes de cesantías que presentan inconsistencias previamente reportadas por FAVIDI, bien sea por información que debe subsanar el nominador o el funcionario y cuyos expedientes de cesantías fueron entregados a las entidades, es necesario que éstas últimas, verifiquen y/o corrijan dichas inconsistencias, debiendo firmar y diligenciar los espacios que se requieran del nuevo formulario, para así continuar con el trámite de pago de cesantías.

A partir el 01 de diciembre de 2003, los funcionarios radicarán las solicitudes de cesantías en la entidad nominadora, para lo cual se deberá diligenciar el nuevo formato de "tramite de cesantías", que se entregará a las entidades, adjuntando al mismo la certificación de la entidad bancaria, en la cual conste que el beneficiario es titular de una cuenta de ahorro o corriente a la que se abonarán las cesantías.

La certificación antes citada también debe ser remitida para las solicitudes que a la fecha se encuentren en tramité.

Adjunto se anexa un proyecto de circular, el cual se sugiere publicar en las carteleras de las entidades y en las oficinas de recursos humanos.

Cordial saludo,

ROSA MARIA NAVARRO ORDÓÑEZ

Gerente

CIRCULAR NO.

DE:

OFICINAS DE RECURSOS HUMANOS

PARA:

FUNCIONARIOS AFILIADOS A FAVIDI

ASUNTO:

TRAMITE DE CESANTIAS A PARTIR DEL 30 DE NOVIEMBRE DE 2003

FECHA:

 

Con el propósito de ofrecerle un mejor servicio, el Distrito Capital ha dispuesto que a partir del 30 de noviembre de 2003, todos los tramites de cesantías previos al pago se deben surtir ante la oficina de recursos humanos de __________(entidad), quien verificará el cumplimiento de los requisitos para que FAVIDI efectúe el pago del auxilio de cesantías.

Por lo tanto, a partir de la citada fecha, FAVIDI no aceptará trámites que no sean radicados por la entidad.