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Decreto 090 de 2021 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
24/03/2021
Fecha de Entrada en Vigencia:
26/03/2021
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7087 del 25 de marzo de 2021.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 090 DE 2021

 

(Marzo 24)


Derogada por el art. 2, Decreto Distrital 531 de 2021.

 

Por medio del cual se designan los miembros del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital.

 

LA ALCALDESA MAYOR DE BOGOTÁ, D.C.

 

En uso de sus facultades legales, en especial, la conferida por el inciso segundo del artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993 y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 56 del Decreto Ley 1421 de 1993, “Por el cual se dicta el régimen especial para el Distrito Capital de Santafé de Bogotá”, establece que los miembros “de las juntas directivas de las demás entidades descentralizadas del Distrito serán designados libremente por el alcalde mayor” y que “En todo caso también hará parte de las juntas el alcalde mayor, quien la presidirá o su delegado.”

 

Que el artículo 72 de la Ley 489 de 1998, “Por la cual se dictan normas sobre la organización y funcionamiento de las entidades del orden nacional, se expiden las disposiciones, principios y reglas generales para el ejercicio de las atribuciones previstas en los numerales 15 y 16 del artículo 189 de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones”, establece que la dirección y administración de los establecimientos públicos y por ende de las unidades administrativas especiales con personería jurídica, estará a cargo de un Consejo Directivo y de un director, gerente o presidente.

 

Que de acuerdo con artículo 82 ibídem, las unidades administrativas especiales con personería jurídica “se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos”.

 

Que a través de los artículos 59 y 63 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, “Por el cual se dictan normas básicas sobre la estructura, organización y funcionamiento de los organismos y de las entidades de Bogotá, Distrito Capital, y se expiden otras disposiciones”, se transformó al Departamento Administrativo de Catastro Distrital en la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital (UAECD), como organismo del sector descentralizado por servicios, de carácter eminentemente técnico y especializado, con personería jurídica, autonomía administrativa y presupuestal y con patrimonio propio, adscrito a la Secretaría Distrital de Hacienda.

 

Que el artículo 10 del Acuerdo 005 de 2020, “Por el cual se determinan las reglas de organización, funcionamiento y estatutos de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, y se dictan otras disposiciones”, determina que el Consejo Directivo de la UAECD está conformado por cinco miembros, incluido el Alcalde Mayor o su delegado, quien lo presidirá.

 

Que el Alcalde Mayor de Bogotá expidió el Decreto Distrital 290 de 2013, “Por medio del cual se designan los miembros del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital”

 

Que el artículo 57 del Acuerdo Distrital 761 de 2020, “Por medio del cual se adopta el Plan de desarrollo económico, social, ambiental y de obras públicas del Distrito Capital 2020-2024 “Un nuevo contrato social y ambiental para la Bogotá del siglo XXI”, transformó la Comisión Distrital de Sistemas en la Comisión Distrital de Transformación Digital como instancia de coordinación y articulación de las iniciativas de transformación digital en la ciudad.

 

Que de acuerdo con la normatividad que rige a la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, se hace necesario ajustar el cargo del miembro que participa en el Consejo Directivo y se designa al Coordinador del Proyecto Curricular de Ingeniería Catastral y Geodesia de la Facultad de Ingeniería de dicha universidad, el cual de acuerdo con lo previsto en el parágrafo del artículo del Acuerdo 004 de 1996 “Por el cual se expide el Estatuto Académico de la Universidad Distrital Francisco José de Caldas, en ejercicio de sus atribuciones legales y estatutarias”, hace parte de la dirección académica.

 

Que adicionalmente, con la finalidad de facilitar la participación y la toma de decisiones del Consejo Directivo de la Unidad, es necesario permitir a algunos de los miembros en los casos que se requiera, hacer uso de la delegación, prevista en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política de Colombia, los artículos y siguientes de la Ley 489 de 1998 y el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006.

 

En mérito de lo expuesto,


DECRETA:

 

Artículo 1º.- Designar a los integrantes del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital, el cual estará conformado por:

 

a) El (la) Alcalde (sa) Mayor de Bogotá o su delegado, que será el (la) Secretario (a) Distrital de Hacienda.

 

b) El (la) Secretario (a) Distrital de Planeación o su delegado.

 

c) El (la) Secretario (a) Distrital del Hábitat o su delegado.

 

d) El (la) Coordinador(a) del Proyecto Curricular de Ingeniería Catastral y Geodesia de la Facultad de Ingeniería de la Universidad Distrital “Francisco José de Caldas”.

 

e) El (la) Presidente de la Comisión Distrital de Transformación Digital o su delegado.

 

Parágrafo. El (la) Director (a) de la Unidad Administrativa Especial de Catastro Distrital formará parte del Consejo, con voz pero sin voto.

 

Artículo 2º.- El presente Decreto rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y deroga el Decreto Distrital 290 de 2013 y las demás disposiciones que le sean contrarias.

 

PUBLÍQUESE, Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 24 días del mes de marzo del año 2021.

 

CLAUDIA NAYIBE LÓPEZ HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Mayor

 

JUAN MAURICIO RAMÍREZ CORTÉS

 

Secretario Distrital de Hacienda