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Decreto 447 de 2003 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
11/12/2003
Fecha de Entrada en Vigencia:
11/12/2003
Medio de Publicación:
Registro Distrital 3005 del 11 de diciembre de 2003
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 447 DE 2003

DECRETO 447 DE 2003

(Diciembre 11)

«Por el cual se efectúa una modificación en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital, para la vigencia fiscal de 2003 con cargo al Fondo de Compensación Distrital».

EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ, DISTRITO CAPITAL,

en uso de sus atribuciones legales y en especial las conferidas por el Decreto Ley 1421 de 1993, el Decreto 714 de 1996 y el Decreto Reglamentario 396 de 1996 y,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 63 del Decreto 714 de 1996, «Por el cual se compilan el Acuerdo 24 de 1995 y el Acuerdo 20 de 1996 que conforman el Estatuto Orgánico del Presupuesto Distrital», establece que podrán efectuarse modificaciones al Presupuesto mediante traslados presupuestales, créditos adicionales y cancelación de apropiaciones.

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 35 del Decreto 714 de 1996, con cargo al Fondo de Compensación Distrital, se podrán atender los faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento de las entidades en la respectiva vigencia fiscal.

Que el Decreto Reglamentario 396 de 1996, en su artículo 2o, dispone que cuando durante la ejecución del Presupuesto Anual del Distrito Capital se hiciere indispensable utilizar los recursos del Fondo de Compensación Distrital para atender faltantes de apropiación en gastos de funcionamiento, la Secretaría de Hacienda -Dirección Distrital de Presupuesto- estudiará, evaluará los requerimientos y preparará el acto administrativo correspondiente.

Que conforme a lo dispuesto en el artículo 2o. del Decreto Reglamentario 396 de 1996, las operaciones presupuestales que afecten los recursos del Fondo de Compensación Distrital se harán mediante Decreto del Alcalde Mayor, previa expedición del certificado de disponibilidad presupuestal por parte de la Dirección Distrital de Presupuesto.

Que la Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos-UESP, requiere acreditar recursos en Gastos de Funcionamiento Servicios Personales, en el rubro «Honorarios Entidad» con el fin de asumir los gastos que demanda la representación judicial del Distrito Capital de Bogotá - Unidad Ejecutiva de Servicios Públicos, en los procesos contenciosos administrativos iniciados por Aseo Especial S.A. E.S.P., el Consorcio Tecnoaseo y Silkapital, oferentes de la Licitación Pública No. 001/02, radicados en la Sección Tercera del Tribunal de lo Contencioso Administrativo de Cundinamarca, con los números 1571,1568 y 1579 respectivamente.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA:

ARTÍCULO 1o.- Trasládese en el Presupuesto Anual de Rentas e Ingresos y de Gastos e Inversiones del Distrito Capital para la vigencia fiscal de 2003, la suma de Doscientos Cuarenta y Nueve Millones de Pesos ($249.000.000) Moneda Corriente, según el siguiente detalle:

CONTRACRÉDITOS

111

SECRETARÍA DE HACIENDA

 

249.000.000

02

DIRECCIÓN DISTRITAL DE PRESUPUESTO

   

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3

TRANSFERENCIAS PARA FUNCIONAMIENTO

   

3.1.3.02

OTRAS TRANSFERENCIAS

   

3.1.3.02.01

Fondo de Compensación Distrital 249.000.000

   
 

SUMAN LOS CONTRACRÉDITOS

 

249.000.000

CRÉDITOS

106

UNIDAD EJECUTIVA DE SERVICIOS PÚBLICOS

 

249.000.000

3

GASTOS

   

3.1

GASTOS DE FUNCIONAMIENTO

   

3.1.1.

ADMINISTRATIVOS Y OPERATIVOS

   

3.1.1.01

SERVICIOS PERSONALES

   

3.1.1.01.09

Honorarios

   

3.1.1.01.09.01

Honorarios Entidad

249.000.000

 
 

SUMAN LOS CRÉDITOS

 

249.000.000

ARTÍCULO 2o.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

Dado en Bogotá, D.C., a los once (11) días del mes de diciembre de dos mil tres (2003).

ANTANAS MOCKUS SIVICKAS

Alcalde Mayor

ISRAEL FAINBOIM YAKER

Secretario de Hacienda

Nota: Publicado en el Registro Distrital 3005 de Diciembre 11 de 2003.