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DECRETO 1030 DE 2000 (Noviembre 29) Derogado por el art. 3, Decreto Distrital 519 de 2003 «Por el cual se prorroga la suspensión del ingreso de vehículos por incremento para el servicio público de transporte colectivo de pasajeros al Distrito Capital». EL ALCALDE MAYOR DE BOGOTÁ DISTRITO CAPITAL, en ejercicio de sus facultades legales y en especial las conferidas por la Ley 105 de 1993, Ley 336 de 1996 y el Decreto Nacional 1916 de 1994, y CONSIDERANDO: Que de conformidad con lo preceptuado en el inciso 2 del artículo 6 de la Ley 105 de 1993 y el artículo 66 de la Ley 336 de 1996, las autoridades competentes del orden metropolitano, distrital y municipal, podrán regular el ingreso de vehículos por incremento al servicio público de transporte de pasajeros.Que al tenor de lo dispuesto en el Decreto Nacional 1916 de 1994, son autoridades competentes los alcaldes metropolitanos, distritales y municipales, quienes adoptarán la decisión correspondiente. Que se debe mantener la política actual de ingreso por reposición y suspender el ingreso por incremento. DECRETA: ARTÍCULO PRIMERO.- Prorrogar la suspensión del ingreso de vehículos por incremento para el servicio público colectivo de pasajeros a la ciudad de Bogotá Distrito Capital, hasta el 31 de diciembre de 2003. ARTÍCULO SEGUNDO.- Solamente se podrá ingresar vehículos al Distrito Capital por reposición de conformidad con lo previsto en los Decretos 436 de 1994 y 1094 de 1998. ARTÍCULO TERCERO.- El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación y deroga el Decreto 595 de 1998. PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE. Dado en Bogotá, D.C., a los veintinueve (29) días del mes de noviembre del año dos mil (2000). ENRIQUE PEÑALOSA LONDOÑO Alcalde Mayor CLAUDIA FRANCO VÉLEZ Secretaria de Tránsito y Transporte NOTA: Publicado en el Registro Distrital No. 2280 de Noviembre 29 de 2000. |