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Decreto 213 de 1952 Alcaldía Mayor de Bogotá, D.C.

Fecha de Expedición:
15/03/1952
Fecha de Entrada en Vigencia:
15/05/1952
Medio de Publicación:
N.E.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO 213 DE 1952

(Mayo 15)

Derogado por el art. 3, Ley 2085 de 2021

"Por el cual se crea la Facultad de Administración Pública del Municipio

El Alcalde de Bogotá",

En uso de sus facultades legales, y

DECRETA:

Ver Resolución Ministerio de Educación 403 de 1952.

ARTÍCULO 1 En desarrollo de los programas de tecnificación del trabajo oficial a que se aplicara la Oficina de Planificación Municipal, crease la Facultad de Administración Pública como organismo dependiente de la Universidad Municipal "Francisco José de Caldas"

ARTÍCULO 2 La Facultad de Administración Publica tendrá bajo su cuidado la preparación moral, científica y técnica de quienes aspiren a ingresar o a permanecer en el servicio público oficial.

ARTÍCULO 3 Esta facultad será orientada por un Concejo Académico integrado así: Ministerio de Educación Nacional; Ministro de Hacienda; Ministro de Gobierno; Alcalde mayor de Bogotá, y Secretario de Hacienda del Municipio

PARÁGRAFO Será Secretario de la Facultad el Prefecto General de Estudios de la Universidad Municipal "Francisco José de Caldas".

ARTÍCULO 4 El Decano de la Facultad de Administración Pública deberá estar en posesión de un titulo universitario, ser experto en Finanzas Públicas y administración y será nombrado para periodos de dos años por el Concejo Académico de la Facultad.

ARTÍCULO 5 Para atender a los gastos que demanden la instalación y funcionamiento de la Facultad de Administración Pública, crease un fondo rotatorio que estará a cargo del Secretario de Hacienda de Bogotá y que se integrará, entre otros, con los aportes de las entidades que utilicen los servicios de capacitación científica que prestara la Facultad.

ARTÍCULO 6 Facultase al secretario de Hacienda de Bogotá para que, por Resoluciones aprobadas por el Alcalde Mayor, adopte las reglamentaciones convenientes y necesarias para el adecuado funcionamiento de la Facultad de Administración Pública.

Comuníquese y publíquese. Cúmplase.

Dado en el Palacio Municipal de Bogotá, a 15 de mayo de mil novecientos cincuenta y dos.

SANTIAGO TRUJILLO GÓMEZ- El secretario de Gobierno, MANUEL BRICEÑO PARDO El Secretario de Hacienda ALBERTO COMBARÍZA VARGAS El Secretario de Obras Publicas, PEDRO VALENZUELA FRENCH