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DECRETO LOCAL 013 DE 2022
(Octubre 12)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE TEUSAQUILLO (E)
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que según los establecido en el párrafo tercero del artículo 31 del Decreto 372 de 2010, estipula: “Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el alcalde Local”.
Que el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, dispone que …“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones o constitutivas de factor salarios siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministritos, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de servicios y Otros Gastos Generales)”.
La Alcaldía Local de Teusaquillo le compete la gestión de los asuntos propios de su territorio de tal forma que se pueda garantizar el desarrollo armónico e integrado de la ciudad y la eficiente prestación de los servicios a cargo del Distrito, para cumplir tales actividades requiere contar con servicios en función de las actividades administrativas.
Por lo anterior, el Fondo de Desarrollo local de la Alcaldía de Teusaquillo, requiere adquirir servicio de internet y telefonía para el desarrollo de las actividades institucionales que contribuyan al fortalecimiento de las funciones propias de cada una de las dependencias.
Que existen saldos de apropiación disponibles en gastos de funcionamiento de los rubros O21202020080383151 “Servicios de alojamiento de sitios Web (hosting)” por valor de $9.083.850 teniendo en cuenta que se firmó contrato con la empresa COLSOF SAS con objeto de “Adquirir licencias Microsoft office 365 E1 para el uso ofimático y correo electrónico de la Alcaldía Local de Teusaquillo.” por valor de $44.216.150, del rubro O21202020080484120 “Servicio de telefonía fija (acceso) por valor de $ 2.473.320, teniendo en cuenta que se suscribirá convenio interadministrativo con la empresa ETB por valor de $2.556.580, del rubro O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)” se suscribió contrato con la empresa ADPORT que presta servicios de seguridad y vigilancia por valor de $326.066.360 y del rubro O21202020060868021 “Servicios locales de mensajería nacional”, por lo tanto según los compromisos, estos rubros no serán ejecutados al 100% en la vigencia 2022.
Que, en consecuencia, dichos recursos serán adicionados al rubro de O21202020080484290 “otros servicios de telecomunicación vía Internet”, por valor de $12.051.904 y al rubro de O21202020060666019 “Otros servicios de alquiler de vehículos de trasporte con operario n.c.p.” por valor de $ 6.363.667 dicha adición le permitirá a la Administración local dar cumplimiento al desarrollo de su misionalidad.
Que, en mérito de lo anteriormente expuesto:
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de acuerdo con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de funcionamiento de la vigencia fiscal 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Teusaquillo de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, deberán ser informadas las Secretarías Distritales de Hacienda, de Gobierno y la Junta Administradora Local, para lo de su competencia. Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNIQUESE, PUBLIQUESE Y CUMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 12 días del mes de octubre del año 2022.
ROSA ISABEL MONTERO TORRES
Alcaldesa Local de Teusaquillo (E) |