Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO LOCAL 018 DE 2022
(Septiembre 19)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE PUENTE ARANDA
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010 y,
CONSIDERANDO:
Que en virtud de lo establecido en el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, el Alcalde Local mediante Decreto puede realizar los traslados presupuestales dentro del mismo agregado.
Que se hace necesario efectuar un traslado en el Agregado de Funcionamiento del Presupuesto de Gastos de la Alcaldía local de Puente Aranda para la vigencia fiscal 2022.
Que en virtud de lo establecido en el parágrafo único del artículo 10 del Decreto 192 de 2021, “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, (…) Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
Que la administración Local requiere efectuar un traslado presupuestal de DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 2.250.000) M/CTE, al rubro presupuestal O2120202008078714199 “Servicio de mantenimiento y reparación de vehículos automotores n.c.p.”, recursos necesarios para adelantar un trámite modificación contractual mediante la adición al CONTRATO DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS No. 270 de 2022 suscrito con CENTRO CAR 19 LIMITADA, con el fin de garantizar la continuidad del servicio cuyo objeto refiere “Contratar el servicio de mantenimiento integral preventivo y correctivo, incluido suministro e instalación de repuestos y accesorios, con mano de obra especializada al parque automotor del FDL de Puente Aranda, a monto agotable.”
Que el Fondo de Desarrollo de Puente Aranda para rubro presupuestal O21202020080585250 “Servicios de protección (guardas de seguridad)”, proyectó la no ejecución presupuestal de recursos; razón por la cual, la Administración Local considera conveniente el traslado presupuestal para financiar la apropiación de otros rubros.
Que el Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda efectuó los estudios técnicos, legales y financieros exigidos para realizar el traslado presupuestal, por valor DOS MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA MIL PESOS ($ 2.250.000) M/CTE. Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese un contra crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese un crédito al Presupuesto de Gastos de Funcionamiento de la vigencia 2022 del Fondo de Desarrollo Local de Puente Aranda, conforme al siguiente detalle:
Artículo 3. Comunicación. Una vez expedido el presente Decreto, comuníquese inmediatamente el contenido del mismo a la Secretaría Distrital de Hacienda – Dirección Distrital de Presupuesto.
Artículo 4. Publicación. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con el artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.
Artículo 5. Vigencia y Derogatorias. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.
COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Dado en Bogotá, D.C., a los 19 días del mes de septiembre del año 2022.
JUAN PABLO BELTRÁN VARGAS
Alcalde Local de Puente Aranda |