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Decreto Local 010 de 2022 Alcaldía Local de Kennedy

Fecha de Expedición:
02/11/2022
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/11/2022
Medio de Publicación:
Registro Distrital No. 7586 del 29 de noviembre de 2022.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

DECRETO LOCAL 010 DE 2022

 

(Noviembre 02)

 

Por medio del cual se efectúa un traslado presupuestal en el presupuesto de gastos de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Kennedy para la vigencia fiscal 2022

 

LA ALCALDESA LOCAL DE KENNEDY

 

En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial la que le confiere el Decreto 372 de 2010, y

 

CONSIDERANDO:

 

Que, el Artículo 31 del Decreto 372 de 2010, establece: “Cuando fuere necesario aumentar o disminuir la cuantía de las apropiaciones, cancelar las aprobadas o establecer otras nuevas, podrán hacerse las correspondientes modificaciones al presupuesto mediante traslados, créditos adicionales, reducciones y suspensión temporal de apropiaciones (…)”

 

Que, de igual manera, el inciso 2 establece: “(…) Los traslados presupuestales dentro del mismo agregado se harán mediante Decreto expedido por el Alcalde local. Estos actos administrativos requerirán para su validez del concepto previo favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto (…)”

 

Que, mediante Circular Externa No. DDP-000008 del 31 de diciembre de 2020 proferida por la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, se dieron lineamientos para los traslados presupuestales en gastos de funcionamiento, señalando que los mismos deberán ser presentados de manera individual, cuando se requieran modificaciones presupuestales que afecten otros niveles de desagregación, conforme a lo establecido en el manual operativo presupuestal.

 

Que, el Artículo 10 del Decreto 192 de 2021, establece: “Las modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación de los órganos y entidades que hacen parte del presupuesto anual, incluidos los organismos de control, y los Fondos de Desarrollo Local que no modifiquen en cada sección presupuestal el monto agregado de sus apropiaciones de funcionamiento, servicio de la deuda e inversión aprobados por el Concejo de Bogotá D.C. y las Juntas Administradoras Locales, se harán mediante resolución expedida por el representante de la entidad respectiva o por Decreto del Alcalde Local. En el caso de los establecimientos públicos del Distrito estas modificaciones al anexo del Decreto de Liquidación se harán por resolución o acuerdo de las Juntas o Consejos Directivos.

 

Que, el parágrafo único del precitado artículo, menciona que: “Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen factores constitutivos de salario, contribuciones inherentes a la nómina, remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, honorarios, activos fijos, materiales y suministros, adquisición de servicios, FONPET, obligaciones por pagar (adquisición de bienes, adquisición de servicios y otros gastos generales)”

 

Que, después de realizar las contrataciones planeadas y establecidas en el Plan Anual de Adquisiciones -PAA- para la vigencia actual, se concluye que se encuentran disponibles recursos sin comprometer en el rubro: O21202020080484110 “Servicios de operadores (conexión)” por valor de $97.450.000, de los cuales se acreditarán parcialmente los recursos financieros requeridos para el presente Decreto.

 

Que, después de realizar el análisis presupuestal para cada uno de los rubros, se evidencia que es necesario acreditar recursos sin comprometer en los rubros: O21202020080686330 “Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)” por valor de $9.000.000.

 

Lo anterior, para el cumplimiento de las necesidades y obligaciones de la entidad.


Que, en mérito de lo anteriormente expuesto,

 

DECRETA:

 

Artículo 1. Efectúese un contra crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal 2022 de la siguiente manera:

 

CONTRACRÉDITOS

 

CÓDIGO

RUBRO

VALOR

O2

Gastos

$ 9.000.000

O21

Funcionamiento

$ 9.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 9.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 9.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

$ 9.000.000

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 9.000.000

O212020200804

Servicios de telecomunicaciones, transmisión y suministro de información

$ 9.000.000

O21202020080484110

Servicios de operadores (conexión)

$ 9.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

9.000.000

 

Artículo 2. Efectúese un crédito al presupuesto de gastos de funcionamiento del FONDO DE DESARROLLO LOCAL DE KENNEDY para la vigencia fiscal 2022 de la siguiente manera:

 

CRÉDITO

 

CÓDIGO

RUBRO

VALOR

O2

Gastos

$ 9.000.000

O21

Funcionamiento

$ 9.000.000

O212

Adquisición de bienes y servicios

$ 9.000.000

O21202

Adquisiciones diferentes de activos

$ 9.000.000

O2120202

Adquisición de servicios

$ 9.000.000

O2120202008

Servicios prestados a las empresas y servicios de producción

$ 9.000.000

O212020200806

Servicios de apoyo y de operación para la agricultura, la caza, la silvicultura, la pesca, la minería y los servicios públicos

$ 9.000.000

O21202020080686330

Servicios de distribución de agua por tubería (a comisión o por contrato)

$ 9.000.000

 

TOTAL CONTRACRÉDITOS

9.000.000

 

Artículo 3. Publíquese el presente Decreto en la Gaceta Distrital, de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la Ley 1437 de 2011.

 

Artículo 4. El presente Decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

 

COMUNIÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dado en Bogotá, D.C., a los 02 días del mes de noviembre del año 2022.

 

YEIMY CAROLINA AGUDELO HERNÁNDEZ

 

Alcaldesa Local de Kennedy

 

NOTA: Ver Anexo.