Cargando el Contenido del Documento | |
Por favor espere... |
DECRETO LOCAL 009 DE 2022
(Diciembre 14)
Por medio del cual se efectúa un Traslado Presupuestal en el Presupuesto de Gastos e Inversión del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos para la vigencia fiscal 2022
EL ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS
En ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales y en especial las que le confiere el artículo 10 del Decreto 192 de 2021 y el artículo 31 del Decreto 372 de 2010, y
CONSIDERANDO:
Que a partir de la Ley 45 de 1990 el Gobierno Nacional liberó las tarifas que las compañías de seguros pueden cobrar en cualquiera de los ramos de seguros que ofrezcan. Por lo tanto, el costo de cualquier seguro está influenciado por múltiples factores entre los cuales podemos citar: las condiciones de reaseguro de los riesgos amparados, las políticas de suscripción de las aseguradoras, el tipo de riesgo a cubrir, la experiencia en siniestros general del ramo y específica del cliente, las tarifas existentes en el mercado para riesgos similares, los cálculos actuariales efectuados para la explotación del ramo y los costos administrativos, entre otros.
Que de acuerdo con la información suministrada por el intermediario de seguros se tiene proyectado para la adquisición de los seguros necesarios en la Alcaldía Local, un valor de $83.594.943. Dentro de los rubros que se cuenta con superávit de recursos se encuentran: O212020200701030571351 Servicios de seguros de vehículos automotores, O212020200701030571354 Servicios de seguros contra incendio, terremoto o sustracción, O212020200701030571359 Otros servicios de seguros distintos de los seguros de vida n.c.p. Este exceso de recursos se acredita a los rubros que no tienen la apropiación suficiente para la adquisición de los seguros, los cuales son: O212020200701030471347 Servicio de seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT), O212020200701030571355 Servicios de seguros generales de responsabilidad civil. La modificación presupuestal se realiza para redistribuir los recursos de acuerdo con las necesidades y el estudio de mercado realizado por el intermediario de seguro, por la suma total de $24.050.202
Que el artículo 9 del Decreto 777 de 2019, parágrafo estipula:
“Se exceptúan del concepto previo y favorable de la Secretaría Distrital de Hacienda - Dirección Distrital de Presupuesto, las modificaciones en Gastos de Funcionamiento de los traslados presupuestales al interior de cada uno de los rubros que componen Factores constitutivos de salario, Contribuciones inherentes a la nómina, Remuneraciones no constitutivas de factor salarial siempre que correspondan al mismo tipo de vinculación, Honorarios, Activos Fijos, Materiales y suministros, Adquisición de servicios, FONPET, Obligaciones por Pagar (Adquisición de Bienes, Adquisición de Servicios y Otros Gastos Generales)”.
DECRETA:
Artículo 1. Efectúese el siguiente contra crédito al Presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 2. Efectúese el siguiente crédito al presupuesto anual de funcionamiento del Fondo de Desarrollo Local de Barrios Unidos de la vigencia fiscal 2022, de conformidad con el siguiente detalle:
Artículo 3. El presente Decreto Local rige a partir de la fecha de su publicación.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.
Se expide en Bogotá D.C, a los 14 días del mes de diciembre del año 2022.
ANTONIO CARRILLO ROSAS
ALCALDE LOCAL DE BARRIOS UNIDOS |