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Resolución 013 de 2023 Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología - ATENEA

Fecha de Expedición:
31/01/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
31/01/2023
Medio de Publicación:
Registro Distrital No.7639 del 02 de febrero de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 013 DE 2023

 

(Enero 31)

 

Por medio de la cual se modifica parcialmente la Resolución 042 de 2022 de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”

 

EL DIRECTOR GENERAL DE LA AGENCIA DISTRITAL PARA LA EDUCACIÓN SUPERIOR, LA CIENCIA Y LA TECNOLOGÍA “ATENEA”

 

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las contenidas en los artículos 209 y 211 de la Constitución Política, los artículos 11, 12, 25 y 30 de la Ley 80 de 1993, la Ley 1150 de 2007, el artículo 9 de la Ley 489 de 1998, y los numerales 3, 5, 6 y 17 del artículo 11 del Decreto Distrital 273 de 2020, el artículo 9 del Acuerdo No. 02 de 2021 Estatutos de la Agencia y

 

CONSIDERANDO:

 

Que el artículo 209 de la Constitución Política señala que: “La función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento en los principios de igualdad, moralidad, eficiencia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad, mediante la descentralización, delegación y desconcentración de funciones”.

 

Que el inciso primero del artículo 9 de la Ley 489 de 1998, señala que: “Las autoridades administrativas, en virtud de lo dispuesto en la Constitución Política podrán mediante acto de delegación, transferir el ejercicio de funciones a sus colaboradores o a otras autoridades, con funciones afines y complementarias”.

 

Que el artículo 10 de la Ley 489 de 1998, señala que: “En el acto de la delegación, que siempre será escrito, se determinará la autoridad delegataria y las funciones o asuntos específicos cuya atención y decisión se transfieren (…)”

 

Que el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, adicionado por el artículo 21 de la Ley 1150 de 2007, establece que “Los jefes y los representantes legales de las entidades estatales podrán delegar total o parcialmente la competencia para celebrar contratos y desconcentrar la realización de licitaciones en los servidores públicos que desempeñen cargos del nivel directivo o ejecutivo o en sus equivalentes (…)”.

 

Que el artículo 17 del Acuerdo Distrital 257 de 2006, modificado por el Acuerdo Distrital 641 de 2016, faculta a las autoridades administrativas del Distrito Capital para delegar el ejercicio de sus funciones a sus colaboradores, de conformidad con la Constitución Política y la Ley 489 de 1998.

 

Que de acuerdo con lo establecido en el numeral 7 del artículo 13 del Acuerdo No. 03 de 2020 del Consejo Directivo de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, corresponde a la Gerencia de Gestión Corporativa dirigir y controlar los procesos de contratación en sus etapas precontractual, contractual y de liquidación, propiciando la aplicación de métodos y procedimientos que permitan mejorar la gestión de la contratación.

 

Que a través de la Resolución No. 018 del 30 de marzo de 2022, la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, conformó el Comité de Contratación de la entidad, como instancia necesaria para brindar asesoría y recomendaciones al Ordenador del Gasto o sus delegatarios en virtud de los principios que rigen la contratación estatal.

 

Que la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”, en aras de contribuir al ejercicio de funciones bajo los principios que rigen la función pública, expidió la Resolución No. 042 de 2022, “Por medio de la cual se hacen delegaciones de funciones en materia de ordenación del gasto y compromiso de recursos de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología ‘Atenea’ y se dictan otras disposiciones”, estableciendo en su artículo 2 literal g) lo siguiente:

 

ARTÍCULO 2º.- Están excluidas de las delegaciones en materia contractual establecidas en esta Resolución los siguientes asuntos, contratos y convenios, los cuales serán de competencia directa del Director General de la Agencia, sin perjuicio de las delegaciones especiales que disponga para cada caso en particular:

 

(…)

 

 g) Los procesos de contratación que expresamente recomiende el Comité de Contratación”.

 

Que, de acuerdo a lo anterior, en virtud de los principios de economía y eficiencia administrativa, se hace necesario eliminar el literal g) del artículo 2 de la Resolución 042 de 2022, en virtud de las facultades de delegación expresas señaladas en la Resolución 042 de 2022.

 

Que, en mérito de lo expuesto,

 

RESUELVE:

 

Artículo 1. Modificar el artículo segundo de la Resolución 042 de 2022 “Por medio de la cual se hacen delegaciones de funciones en materia de ordenación del gasto y compromiso de recursos de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología ‘Atenea’ y se dictan otras disposiciones”, que quedará así:

 

Artículo 2. Están excluidas de las delegaciones en materia contractual establecidas en esta Resolución los siguientes asuntos, contratos y convenios, los cuales serán de competencia directa del Director General de la Agencia, sin perjuicio de las delegaciones especiales que disponga para cada caso en particular:

 

a. Contratos de empréstito.

 

b. Contratos de asociación para la constitución de sociedades, o constitución de personas jurídicas cualquier orden o naturaleza.

 

c. Contratos de garantía, constitución de gravámenes, derechos reales de cualquier índole con cargo al erario o al patrimonio de la entidad, así como los que impliquen disposición de bienes.

 

d. Contrataciones de urgencia manifiesta.

 

e. Concesiones.

 

f. Suscripción de acuerdos o convenios de cualquier naturaleza, acuerdos simplificados, memorandos de entendimiento, cartas de intención, canje de notas, compromisos, actas de comisión, minutas, arreglos, declaraciones conjuntas, o cualquier instrumento legal que deba suscribirse con Estados o Gobiernos, y con sus agencias, entidades técnicas, empresas u organizaciones, así como organismos de asistencia o ayuda internacional.

 

Artículo 2. La presente resolución rige a partir de su expedición, modifica parcialmente la Resolución 042 de 2022 y deberá divulgarse a través de los distintos canales virtuales de comunicación de la Agencia Distrital para la Educación Superior, la Ciencia y la Tecnología “Atenea”.

 

PUBLÍQUESE, COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá, D.C., a los 31 días del mes de enero del año 2023.

 

JOSÉ MARÍA ROLDÁN RESTREPO

 

DIRECTOR GENERAL