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Circular Externa 008 de 2023 Ministerio de Salud y Protección Social

Fecha de Expedición:
29/03/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
29/03/2023
Medio de Publicación:
Diario Oficial No. 52351 del 29 de marzo de 2023.
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

CIRCULAR EXTERNA 008 DE 2023

 

(Marzo 29)

 

PARA: ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD, ENTIDADES ADAPTADAS, INSTITUCIONES PRESTADORAS DE SERVICIOS DE SALUD, PROVEEDORES, OPERADORES LOGÍSTICOS, GESTORES FARMACÉUTICOS, COMUNIDAD MÉDICA O CIENTÍFICA, USUARIOS, PACIENTES Y DEMÁS ACTORES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD.

 

DE: MINISTRA DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL

 

ASUNTO: INSTRUCCIONES PARA EL REPORTE DE PRESCRIPCIÓN EN LA HERRAMIENTA TECNOLÓGICA MIPRES DE LOS PROCEDIMIENTOS ODONTOLÓGICOS SEGÚN LO ESTABLECIDO EN LAS RESOLUCIONES 2808 DE 2022 Y 2775 DE 2022.

 

Mediante la Resolución 2808 de 2022, este Ministerio efectuó la actualización de los servicios y tecnologías en salud financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación (UPC) para el periodo 2023 y derogó la Resolución 2292 de 2021, con ocasión a la cual se había expedido la Circular Externa 36 de 2022.

 

Teniendo en cuenta que, en el análisis de los datos del monitoreo durante el año 2022, la información reportada no fue suficiente para evidenciar una tendencia en el uso de los procedimientos de odontología y tomar decisiones a corto plazo, se determinó para el año 2023 dar continuidad a la prescripción de los siguientes procedimientos de odontología por el aplicativo MIPRES, identificados con código y descripción acorde a la Resolución 2775 de 2022 que actualizó la CUPS, así:

 

Imagen en blanco y negro de un periódico

Descripción generada automáticamente con confianza media

 

Ahora bien, la Dirección de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud de este Ministerio continuará con él monitoreo de los procesos odontológicos conforme a la información reportada por las EPS y entidades adaptadas de manera trimestral, no obstante, es necesario contar con la información registrada en tiempo real, que permita tomar decisiones en el corto plazo basadas en el reporte efectivo de las frecuencias.

 

En consecuencia, este Ministerio imparte las siguientes instrucciones para la prescripción y el reporte de suministros a través del aplicativo MIPRES, de los procedimientos de odontología financiados con recursos de la Unidad de Pago por Capitación - UPC incluidos para la vigencia 2022 - 2023, a partir del 01 de enero de 2023, el cual deberá estar disponible en la herramienta MIPRES:

 

1. DE LA PRESCRIPCIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS:

 

1.1. Corresponde a los prestadores de servicios de salud, continuar con el registro de las prescripciones entre el 01 de abril y el 31 de diciembre de 2023, de los procedimientos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de lo previsto en el Titulo II, Capítulo I de las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 o la que la modifique o sustituya.

 

1.2. Las entidades promotoras de salud deberán garantizar a sus afiliados la provisión efectiva de lo prescrito u ordenado por el profesional de la salud, de acuerdo con lo establecido en el Título II, Capítulo III de las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018, en los acuerdos de voluntades y en el artículo 2.5.3.4.7.4 del Decreto 780 de 2016.

 

Además, regirán sus relaciones con los prestadores de servicios de salud de conformidad con lo establecido en los acuerdos de voluntades y normas aplicables y, en todo caso, en los procesos de auditoría de cuentas médicas y de reconocimiento y pago, considerarán la prescripción efectuada en el aplicativo, como equivalente a la orden o fórmula, por lo que no podrán formular glosas por el hecho de haber generado la prescripción a través de tal aplicativo.

 

1.3. Con respecto a las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero y el 31 de marzo de 2023, los prestadores de servicios de salud podrán realizar, a través de MIPRES, la transcripción de los procedimientos de odontología listados previamente en esta circular en aplicación de lo previsto en el Título II, Capítulo I de las Resoluciones 1885 y 2438 de 2018 o la que las modifique o sustituya. Esta transcripción estará disponible hasta el 31 de mayo de 2023.

 

2. DEL REPORTE DE SUMINISTROS:

 

2.1. El reporte de suministros de las prescripciones ordenadas entre el 01 de enero de 2023 y el 31 de marzo de 2023 deberá ser realizado por las entidades promotoras de salud a través del Reporte de suministros versión 1.0.

 

2.2. Las prescripciones ordenadas desde el 1 de abril hasta el 31 de diciembre de 2023 deberán seguir el procedimiento establecido en el Reporte de suministro versión 2.0.

 

PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE.

 

Dada en Bogotá D.C., a los 29 días del mes de marzo del año 2023

 

DIANA CAROLINA CORCHO MEJÍA

 

Ministra de Salud y Protección Social


Nota: Nota: Ver Circular Externa Original en Anexos.

 

Aprobó:

Viceministro de Protección Social

Director de Regulación de Beneficios, Costos y Tarifas del Aseguramiento en Salud

Directora de Regulación de Operación del Aseguramiento en Salud, Riesgos Laborales y Pensiones

Jefe de la Oficina de Tecnologías de la Información y Comunicación - OTIC Director Jurídico