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Resolución 423 de 2023 Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

Fecha de Expedición:
16/06/2023
Fecha de Entrada en Vigencia:
Medio de Publicación:
La Secretaría Jurídica Distrital aclara que la información aquí contenida tiene exclusivamente carácter informativo, su vigencia está sujeta al análisis y competencias que determine la Ley o los reglamentos. Los contenidos están en permanente actualización.


 
 

RESOLUCIÓN 423 DE 2023

 

(Junio 16)

 

Por medio de la cual se ordena la apertura de la “Invitación pública - Comunicación étnica”, de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte

 

LA SECRETARIA DE DESPACHO

 

De la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte –SCRD-, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por los artículos 70 y 71 de la Constitución Política de Colombia, los artículos 17 y 18 de la Ley 397 de 1997, el literal b) del artículo 5 en concordancia con los literales a), i) o) y r) del artículo 3 del Decreto Distrital 340 de 2020 modificado por el Decreto 400 de 2022 y,

 

CONSIDERANDO

 

Que los artículos 70, 71 y 72 de la Constitución Política establecen el deber del Estado de promover y fomentar el acceso a la cultura de todos los colombianos en igualdad de oportunidades y otorga la competencia para establecer mecanismos positivos para fomentar el desarrollo artístico, cultural y patrimonial de la Nación.

 

Que el numeral 3 del artículo 1° de la Ley 397 de 1997, Ley General de Cultura, señala que: “El Estado impulsará y estimulará los procesos, proyectos y actividades culturales en un marco de conocimiento y respeto por la diversidad y variedad cultural de la Nación colombiana”.

 

Que la mencionada Ley 397 de 1997 en su artículo 17 señala: “El Estado a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, fomentará las artes en todas sus expresiones y las demás manifestaciones simbólicas expresivas, como elementos del diálogo, el intercambio, la participación y como expresión libre y primordial del pensamiento del ser humano que construye en la convivencia pacífica”.

 

Que así mismo, en su artículo 18 establece: "El Estado, a través del Ministerio de Cultura y las entidades territoriales, establecerá estímulos especiales y promocionará la creación, la actividad artística y cultural, la investigación y el fortalecimiento de las expresiones culturales. Para tal efecto establecerá, entre otros programas, bolsas de trabajo, becas, premios anuales, concursos, festivales, talleres de formación artística, apoyo a personas y grupos dedicados a actividades culturales, ferias, exposiciones, unidades móviles de divulgación cultural, otorgará incentivos y créditos especiales para artistas sobresalientes, así como y para integrantes de las comunidades locales en el campo de la creación, la ejecución, la experimentación, la formación y la investigación a nivel individual y colectivo...”.

 

Que el Decreto Distrital 340 de 30 de diciembre de 2020, "Por el cual se modifica la estructura organizacional de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte y se dictan otras disposiciones" señala que la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte tiene por objeto “orientar y liderar la formulación concertada de políticas, planes y programas en los campos cultural, patrimonial, recreativo y deportivo del Distrito Capital en coordinación con la Secretaría Distrital de Planeación y con la participación de las entidades a ella adscritas y vinculada la sociedad civil”.

 

Que el artículo 3º, literal (j) del Decreto ibidem señala que dentro de las funciones de esta Secretaría está la de: “Gestionar la ejecución de las políticas, planes y proyectos culturales y artísticos, con el fin de garantizar el efectivo ejercicio de los derechos culturales y fortalecer los campos cultural, artístico, patrimonial y deportivo”.

 

Que el Decreto Distrital en mención en su artículo 12 literal (h), contempla como una de las funciones de la Subsecretaría de Gobernanza de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte la de "Dirigir estrategias, planes, programas y proyectos orientados a la identificación reconocimiento, fomento, sensibilización, formación, promoción y difusión del arte, la cultura y el patrimonio en los diferentes grupos poblacionales".

 

Que el reconocimiento del fomento a la cultura como elemento central de protección y promoción de los Derechos Humanos ha propiciado la creación de esquemas de política pública que buscan materializar el mandato Constitucional de promover la protección, desarrollo y difusión de la cultura mediante la adopción de medidas que faciliten el ejercicio de sus derechos por parte de todas las comunidades. Así las cosas, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte SCRD establece el proceso misional de Fomento como el conjunto de programas impulsados desde las entidades públicas que conforman el sector, con el propósito de promover, reconocer y fortalecer las prácticas artísticas, culturales y patrimoniales de la ciudadanía; garantizando un impacto integral e incluyente sobre la ciudad y favoreciendo el ejercicio libre y creativo de los derechos culturales.

 

Que el documento CONPES D.C. “POLÍTICA PÚBLICA DISTRITAL DE ECONOMÍA CULTURAL Y CREATIVA 2019-2038” , definió como uno de los objetivos específicos de dicha Política “4.2.3 Ampliar mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo”, para lo cual: “La Secretaría Distrital de Cultura Recreación y Deporte en articulación con entidades públicas y privadas, realizará actividades de gestión y acompañamiento técnico que permitan aumentar el número de los agentes del sector cultural y creativo que acceden a financiación. Para el efecto, se ampliarán los mecanismos de apoyo financiero dirigido a los agentes del sector cultural y creativo, para que puedan apalancar la producción de bienes y servicios, a través del acceso a recursos no reembolsables, y fortalecimiento de servicios de financiación. Esto generará soporte financiero y solvencia económica en las empresas del sector”.

 

Que, con el objetivo de materializar la política de fomento, y de dar cumplimiento al marco normativo antes señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte ha constituido estrategias de fomento del sector cultural, artístico, patrimonial y creativo de Bogotá D.C. entre la que se encuentran las invitaciones públicas que tienen como objeto fortalecer los procesos, proyectos e iniciativas desarrolladas por los agentes culturales, artísticos y patrimoniales de la ciudad.

 

Que la “Invitación pública - Comunicación étnica” busca fomentar la garantía de derechos culturales de  los pueblos étnicos en Bogotá D.C. por medio de incentivos que fortalezcan sus procesos de comunicación comunitaria, como apuesta de la Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte (SCRD) y Canal Capital frente a la implementación del artículo 66 – enfoque diferencial étnico, Plan de Desarrollo Distrital.

 

Que, a esta invitación pública busca que participen únicamente agrupaciones y personas jurídicas pertenecientes a los pueblos étnicos, que cuenten con el aval de las autoridades o representantes de las siguientes instancias distritales que residen en Bogotá D.C. como lo son el Consultiva Afro, Pueblo Raizal, Pueblo Palenquero, Pueblo Rrom o gitano, Consultiva Indígena, Autoridades indígenas en Bakata y Cabildo Muisca de Bosa.

 

Que de conformidad a lo anterior y en cumplimiento del marco normativo señalado, la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte da la apertura a la “Invitación pública - Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

Que las condiciones y requisitos de participación de la Invitación pública - Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte se encuentran establecidas en el documento denominado Invitación pública - Comunicación étnica”, que hacen parte integral de la presente resolución y pueden ser consultadas en el micrositio web: https://invitaciones.scrd.gov.co/

 

Que, en consideración de lo expuesto,

 

RESUELVE

 

ARTÍCULO PRIMERO:  Ordenar la apertura del Invitación pública - Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte a partir de 20 de junio de 2023, así:

 

Categoría

Monto del reconocimiento

N.º de reconocimientos    

Monto total

 

CDP

Consulta afro

$20.000.000

3

$60.000.000

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Raizales

 

$20.000.000

1

 

$20.000.000

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Palenqueros

 

$20.000.000

1

 

$20.000.000

 

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Rrom

 

 

$20.000.000

2

$40.000.000

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Consultiva indígena

 

 

$20.000.000

 

1

$20.000.000

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Autoridades indígenas en Bakata

 

$20.000.000

1

 

$20.000.000

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

Cabildo Muisca de Bosa

 

$20.000.000

1

 

$20.000.000

 

N.º 773 del 8 de mayo de 2023

 

PARÁGRAFO 1: En caso de que no se presenten propuestas a alguna categoría, o las propuestas presentadas en alguna categoría no alcancen el puntaje mínimo establecido (70 puntos) para ser seleccionadas, los jurados podrán recomendar la asignación del reconocimiento a una propuesta de otra de las categorías.    

 

ARTÍCULO SEGUNDO: Los requisitos y condiciones de participación de la “Invitación pública - Comunicación étnica” de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, se encuentran establecidas en el documento denominado “Invitación pública - Comunicación étnica”, que forman parte integral de la presente resolución.

 

ARTÍCULO TERCERO: Los recursos para el desarrollo y ejecución de la invitación pública relacionada en el artículo primero, serán atendidos con cargo del Certificado de Disponibilidad Presupuestal 773 del 08 de mayo de 2023.

 

ARTÍCULO CUARTO: La Dirección de Fomento será responsable de realizar los trámites correspondientes al desembolso del reconocimiento económico de la invitación pública, de conformidad con el artículo primero del presente acto administrativo

 

ARTÍCULO QUINTO: Ordenar a la Dirección de Fomento publicar la presente resolución, así como los requisitos y condiciones de participación del concurso en el micrositio https://invitaciones.scrd.gov.co/ de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte.

 

ARTÍCULO SEXTO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa comunicar el contenido de la presente resolución a través de la herramienta ORFEO a la Dirección de Fomento, a la Oficina Asesora de Comunicaciones y el Grupo Interno de Trabajo de Gestión Financiera de la Secretaría Distrital de Cultura, Recreación y Deporte, para los trámites de su competencia.

 

ARTÍCULO SÉPTIMO: Ordenar a la Dirección de Gestión Corporativa solicitar la publicación del contenido de la presente resolución en la Gaceta Distrital y en el Régimen Legal de Bogotá.

 

ARTÍCULO OCTAVO: El presente acto administrativo rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación y contra este no proceden los recursos en los términos del artículo 75 de la Ley 1437 de 2011.

 

Dado en Bogotá D.C, a los 16 días del mes de junio del año 2023.

 

COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE

 

CATALINA VALENCIA TOBÓN

 

Secretaria de Despacho

 

Secretaría de Cultura, Recreación y Deporte

 

Nota: Ver norma original en Anexos.